16 junio 2014
Sin embargo, la Fiscalía no tiene intención de recurrir en casación ante el Alto Tribunal, pues considera que “no hay ninguna posibilidad de que prospere el recurso”, aseguraron a LA RAZÓN fuentes fiscales. “Es un problema de valoración de la prueba, puesto que el tribunal ha considerado que ésta no es suficiente para acreditar la pertenencia a Segi de los procesados”, añaden. “Recurrir en casación sería gastar munición en balde”, se resignan.
Los 40 jóvenes absueltos por la Audiencia son integrantes del colectivo Gazte Independentistak, señalado por la Fiscalía como “heredero” de la ilegalizada Segi, definido por el juez Fernando Grande-Marlaska como “la academia terrorista” de ETA cuando los envió a prisión en 2007. Sin embargo, el tribunal que los juzgó –presidido por la magistrada Manuela Fernández Prado– concluyó que, pese a asumir “alguna de las campañas que antes trataba, nunca con exclusividad, Segi” (como la independencia, el trazado del tren de alta velocidad y los derechos de los presos, entre otras), “no consta que Gazte Independentistak dependiera de ETA ni que ésta diseñara su estrategia y actividades”.
Tanto la Fiscalía como Dignidad y Justicia defendieron en el juicio que los militantes de Segi actuaron, tras la ilegalización de su organización por el Tribunal Supremo en 2007, “bajo la cobertura de Gazte Independentistak desdoblados en el movimiento juvenil, para dirigirlo hacia la consecución de sus propios fines y controlarlo”. Uno de los integrantes del tribunal, Nicolás Poveda, comparte ese criterio y, en su voto discrepante, defiende que 35 de los procesados participaron “en el conjunto de actividades ilícitas de Segi” como “satélite” de la banda terrorista. Para este magistrado, el argumento esgrimido por sus compañeros de que desde Gazte Independentistak “no se vinculó, ni planificó, ni promovió, ni dirigió acciones de violencia callejera” no es definitivo, pues “no cabe configurar la actividad delictiva en base sólo a la realización de actos de lucha callejera”. En su opinión, la “militancia activa” en una organización de carácter terrorista abarca también otros comportamientos “que no se corresponden con la actividad armada exclusivamente” pero sí se engloban “dentro de la dinámica de la actividad de esta organización satélite de ETA”.
Opinión:
Solo se me ocurre preguntarme qué habría ocurrido si esta decisión se hubiera tomado antes de las elecciones de noviembre de 2011... ¿qué harán ahora ciertas asociaciones de víctimas? ¿a quién culparán de esta decisión? ¿Dónde están ahora aquellos “representantes de las víctimas” que usaban sus blogs personales o las redes sociales para decicarse 24 horas a insultar a ciertos políticos antes de noviembre de 2011?
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