11 noviembre 2024
El
Supremo archiva definitivamente la causa de 'Tsunami' por terrorismo contra
Puigdemont
La
Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha avalado la decisión de la
magistrada Susana Polo de archivar la causa de 'Tsunami Domocràtic' abierta por
presunto terrorismo contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el
diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg, lo que supone el archivo
definitivo del procedimiento.
En
un auto, al que ha tenido acceso EP, los magistrados han desestimado el recurso
de apelación presentado por Sociedad Civil Catalana y Vox contra el auto que
juez instructora dictó el pasado 9 de julio para decretar el archivo de la
causa.
La
magistrada Polo tomó esa decisión tras recibir el auto por el que el entonces
juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón archivó la causa de
'Tsunami Democràtic', después de que la Sala de lo Penal de la propia Audiencia
invalidara todas las diligencias acordadas en los últimos tres años porque se
prorrogó la investigación el 30 de julio de 2021, 24 horas fuera de plazo.
La
instructora precisó entonces que el 29 de julio de 2021 era el «límite
temporal» para haber realizado diligencias de investigación y que antes de
dicha fecha «no se había acordado ni tomado declaración a ninguno de los
investigados» -tampoco había tenido lugar la de los aforados en la presente
causa- lo que impedía que las actuaciones pudiesen continuar por los trámites
del procedimiento abreviado.
La
magistrada señaló que la «invalidez de diligencias» acordadas por la Audiencia
Nacional a partir del período de instrucción implicaba que no podía continuar
el procedimiento.
Ahora,
el Supremo respalda el criterio de Polo al considerar que ha actuado de acuerdo
a lo que fija la ley. «El artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
(LECrim) contiene un término propio que enmarca el término de preclusión para
la realización de los actos de instrucción. Vencido ese plazo, o sus prórrogas,
(...) y ante la ausencia de indicios que determinan la imputación del
procedimiento, procederá el sobreseimiento y archivo (...) como acordó la
Excma. Sra. Magistrada Instructora», señala.
No hay comentarios:
Publicar un comentario