miércoles, 21 de agosto de 2019

20 agosto 2019 (2) Comunicado de prensa de UAVAT

Barcelona, a 19 de agosto de 2019



Ante las informaciones y opiniones expresadas recientemente en diversos medios de comunicación, entre las que destacamos las pronunciadas por la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior y las del presidente de la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas –ACVOT-, la Unitat d’Atenció i Valoració a Afectats per Terrorisme (UAVAT), emite el siguiente comunicado:
En base al convenio firmado por la UAVAT con el Ajuntament de Barcelona, y atendiendo a su finalización en mayo de 2019, nuestra Unidad hizo públicos en rueda de prensa algunos de los datos obtenidos, análisis y  consideraciones de su memoria de trabajo. Forma parte de nuestros objetivos específicos la difusión y la sensibilización, así como, destilar propuestas de mejora.
Reiteramos que la cifra reflejada de que un 82% de los afectados que han enviado solicitud de reconocimiento por daños psicológicos han obtenido respuesta denegatoria por parte de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior, corresponde únicamente a personas atendidas en nuestra Unidad de las que tenemos esa información; quedando esta cifra objetiva, obviamente, integrada en el número total de denegaciones expresadas por el Ministerio del Interior en su nota de prensa.
Es totalmente errónea la afirmación de que existe contradicción entre los datos presentados por la UAVAT y los datos emitidos por la Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo. A este respecto, se señala que en su nota de prensa, el Ministerio del Interior no aporta la cifra de los heridos –únicamente- psicológicos, sino el número total de víctimas reconocidas. El número de ayudas psicológicas otorgadas (que incluye también las prestadas a heridos físicos y familiares de víctimas) se ha confundido en numerosos medios de comunicación con el número de heridos psicológicos, dato que no ha sido facilitado en ningún caso. Esta información, entre otras, ha sido recientemente solicitada por la UAVAT a la propia Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo en aras de poder analizar, con la mejor perspectiva posible, la atención a todas las personas afectadas por los atentados de Catalunya de agosto de 2017.
Las personas afectadas han tramitado sus solicitudes aportando la información disponible requerida en legítimo ejercicio de sus derechos, no siendo competencia de nuestra asociación determinar su condición de víctima o testigo, sino la de informar de dichos derechos prestando un soporte continuado desde una perspectiva jurídica y psicológica. Para mejor proceder, se estableció comunicación y coordinación previa con la Dirección General. En este sentido, la Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo tenía pleno conocimiento de la tipología de personas afectadas a las que se dirigía fundamentalmente la UAVAT -seguimiento iniciado por el CUESB-, de nuestra labor y objetivos, así como, de la común preocupación porque las personas con afectación psicológica, debido a su mayor dificultad de localización y filiación, pudieran realizar convenientemente y en plazo, sus solicitudes.
Es de pleno conocimiento también, y así se manifiesta, que la UAVAT insta a las administraciones competentes a una reflexión profunda en cuanto a los criterios de valoración del nexo causal de las lesiones psíquicas postraumáticas, por no adecuarse ni al protocolo de filiación (ausencia significativa en los listados de heridos) ni a la naturaleza y curso de las mismas. Aún más, si cabe, atendiendo al hecho de la existencia de casos en los que la Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo del Ministerio del Interior (a través de su Unidad Médica competente) no ha establecido un nexo causal mientras éste sí queda establecido por la valoración forense realizada a instancias de la Audiencia Nacional en algunos de los afectados con respuesta denegatoria. En este sentido, esta contradicción genera gran perplejidad y confusión en las personas afectadas y sintoniza con la reflexión solicitada por nuestra Unidad.
En relación a este último punto, recordamos que una persona afectada, actualmente no reconocida como Víctima del Terrorismo por el Ministerio del Interior, también puede obtener dicho reconocimiento posteriormente en una sentencia judicial. Por ello, instamos a ser prudentes ante los prejuicios y opiniones expresadas ya que pueden causar desprestigio en las personas que ejercen este derecho. La propia sentencia del juicio penal sobre los atentados de agosto de 2017 en Catalunya  además de determinar los hechos probados, puede determinar distintas calificaciones en las víctimas que causaron.
La UAVAT es una asociación de atención al servicio de los afectados. A todas aquellas personas que nos quieren honrar, libre y explícitamente, con su confianza. Exigimos en su nombre el máximo respeto. Tanto a sus opiniones como a su aproximación o rechazo a formar parte de cualquier otra asociación. No figura en nuestros estatutos ningún tipo de exclusión ni tenemos ningún interés en obstaculizar las ayudas que puedan recibir por parte de cualquier otra entidad asociativa o fundación. En este sentido agradecemos enormemente a la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo la gran labor que está realizando con los afectados por los atentados de Catalunya de agosto de 2017.

Firmado,

Junta directiva de la UAVAT







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