20 enero 2025
El
TSJA ratifica casi 15 años de cárcel a un colaborador del 11M que intentó matar
a un guardia civil en Almerimar
Disparó
en dos ocasiones sin éxito a un agente y encañonó a otro al tratar de escapar
de una vivienda a la que entró a robar en esta urbanización de El Ejido
El
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 14
años y ocho meses de prisión para Zohair K., quien ya fue condenado a diez años
de cárcel por ayudar a huir a seis terroristas de los atentados del 11 de marzo
de 2004 en Madrid, por disparar en dos ocasiones sin éxito contra un agente de
la Guardia Civil y encañonar a otro al tratar de escapar de una vivienda de
Almerimar, en El Ejido, a la que había entrado para efectuar un robo.
El
Alto Tribunal andaluz ha desestimado los recursos de apelación del acusado y de
su compinche en el robo, ambos impugnados tanto por la Fiscalía como por las
acusaciones particulares, toda vez que confirma en su sentencia, adelantada por
el diario La Razón y consultada por Europa Press, las penas establecidas por la
Audiencia Provincial.
La
Sala de Apelación considera patente la intención de matar del acusado ante ese
«conato repetido» de disparo que realizó contra el agente que le perseguía
cuando prácticamente le había alcanzado y que finalmente no llegó a producirse
debido a que su «impericia» le llevó a no quitar el seguro del arma.
El
TSJA incide en la «muy pormenorizada y trabajada sentencia» de origen, cuya
ponente fue la magistrada Soledad Balaguer, en base a las declaraciones de los
perjudicados y «el hecho incuestionado de tener en su poder el arma, la misma
pistola que había utilizado para amedrentar a la víctima de robo» que habían
cometido previamente.
Incide
así en la precisa versión ofrecida por el agente, representando por Miranda
Asesores, quien detalló que cuando estaba apenas a tres metros del acusado,
este sacó su pistola de la zona de la cadera, apuntó contra él y apretó el
gatillo llegando a oír el «click», sin que se produjera la detonación. Fue
entonces cuando miró el arma e intentó realizar un segundo disparo, también sin
éxito.
A
esta versión se unió la pericial técnica de balística que confirmó el correcto
estado de funcionamiento de la pistola de la que se llegó a accionar el
disparador, si bien el seguro impidió que se detonara. Así, determina que el
acusado no consumó su intención homicida porque «no pudo reconocer la
existencia del seguro que a lo mejor ni siquiera sospechaba que forma parte de
su mecanismo».
El
tribunal de origen impuso al acusado ocho años y ocho meses de prisión por un
delito de homicidio intentado, un delito de atentado y dos delitos leves de
lesiones, todos ellos en concurso ideal, así como cuatro años más de prisión
por un delito de robo con violencia e intimidación, además de dos años
adicionales por un delito de tenencia ilícita de armas. También le condenó a
tres meses de multa por un delito leve de lesiones.
Un
robo planificado
La
Sección Tercera de Almería ya dio por demostrado que el acusado, en compañía de
un compinche condenado tres años, dos meses y siete días de prisión por el robo
con violencia, acudió durante la madrugada del 24 de febrero de 2022 a una
vivienda situada en el núcleo costero de Almerimar, en El Ejido, con el
propósito de cometer un robo.
Los
condenados habían seleccionado la vivienda y planificado el golpe previamente,
puesto que para lograr su propósito utilizaron un dispositivo electrónico de
inhibición canina a fin de evitar que los perros de guardia que poseía la
propietaria de la casa pudieran actuar contra ellos.
Una
vez tranquilizados los perros, ambos saltaron el muro perimetral de la vivienda
ataviados con guantes y pasamontañas para evitar ser reconocidos. En este
sentido, la condena aplicaba la agravante de disfraz, que endurece la pena.
Del
mismo modo, iban provistos de varias herramientas con las que fracturaron una
puerta de la vivienda y pasaron al interior. Los procesados subieron al
dormitorio de la víctima, quien fue apuntada por una pistola «cargada y apta
para disparar» por Z. K., toda vez que le exigían «de forma violenta» el dinero
y las joyas diciéndole en repetidas ocasiones que «en caso de no hacerlo la
matarían».
Los
acusados llegaron a sujetar a la mujer en un momento dado con una manta en la
cabeza y en cuerpo, ocasionándole lesiones. Finalmente, tras registrar varias
de las habitaciones, se hicieron al menos con 80 euros en efectivo, varias
piezas de joyería, las llaves de la casa y un teléfono móvil, si bien en un
momento dado saltó la alarma.
En
su huida, Z. K. saltó el muro perimetral de la vivienda mientras que era
perseguido por un agente de la Guardia Civil, quien le dio el alto «de forma
repetida» mientras se identificaba. Así, cuando el agente estaba a unos tres
metros de él, Z. K. extrajo de la zona de la cadera la pistola e hizo que el
agente se detuviera.
El
arma no disparó
«El
procesado apuntó al agente al pecho, adoptó una postura firme de disparo y
accionó el gatillo de la pistola, con la intención de acabar con la vida del
agente que le perseguía», recoge la resolución judicial en la que se especifica
que el arma no se disparó, por lo que Z.K. la miró, volvió a apuntar al guardia
civil y volvió a dispararle apuntado al pecho sin conseguir accionar el arma
porque «no se dio cuenta de que el seguro estaba activado».
Ante
tal situación, se volvió a dar a la fuga hasta que fue interceptado por un
segundo agente, al que también trató de apuntar con la pistola si bien este
guardia civil «logró superar la distancia que les separaba y ambos
colisionaron».
De
este modo, se inició un forcejeo tras el cual el procesado escapó «siendo
reducido por los agentes en la carrera que tuvo lugar a continuación al cabo de
pocos metros». Durante su huida, llegó a arrojar alguno de los efectos
sustraídos así como el arma. Ambos agentes sufrieron lesiones de carácter leve
a consecuencia de los hechos.
Por
su parte, el segundo implicado, que se había ocultado en el interior de un
arbusto tras saltar el muro perimetral de la casa, fue localizado por los
agentes de la Guardia Civil y detenido, sin que llegara a oponer resistencia.
Además
de las penas privativas de libertad, el tribunal impone a los acusados una
orden de alejamiento por cinco años con respecto a la víctima, a la que deberán
indemnizar con 3.400 euros por las lesiones y los daños morales sufridos.
Z.
K. deberá, además, indemnizar a los agentes con 700 euros. Para él, la Sección
Tercera estipula que una vez cumplidos dos tercios de la condena, o cuando le
sea concedido el tercer grado penitenciario, el resto de la pena sea sustituido
por diez años de expulsión del territorio nacional.
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