lunes, 2 de diciembre de 2024

02 diciembre 2024 (29.11.24) (2) El País (opinión)

02 diciembre 2024 (29.11.24) 



 

02 diciembre 2024 (29.11.24) El País

Interior desoye a hoteles y agencias de viajes y activará el lunes el nuevo registro de viajeros sin cambios

Las empresas estarán obligadas a facilitar hasta 42 datos de los viajeros y las reservas. El Ejecutivo prioriza la seguridad ciudadana y asegura que en los dos años que lleva en vigor ha permitido activar más de 18.000 órdenes de busca y captura sobre delincuentes

La rebelión de hoteles y agencias de viajes contra el nuevo registro de hospedaje y alquiler de vehículos y la amenaza de llevarlo a los tribunales no ha surtido ningún efecto en el Ministerio del Interior, el organismo encargado de desarrollarlo. Fuentes de ese departamento han precisado esta mañana que las nuevas obligaciones que tendrán que asumir hoteles y agencias de viajes, en las que tendrán que facilitar hasta 42 datos de los viajeros, se activarán el próximo lunes 2 de diciembre al entrar en vigor el real decreto que las desarrolla y que ya había sufrido tres prórrogas. Esas mismas fuentes han confirmado que a partir del lunes se abrirá un plazo de audiencia pública, estimado en dos semanas, para someter a consultas el borrador de orden ministerial con el que se desarrolla el real decreto.

En el otro lado, hoteles y agencias de viajes se sienten ignorados por el Ejecutivo al que critican por su falta de interlocución, mientras que desde Interior aportan una versión diametralmente opuesta. “Tres prórrogas y dos años para adaptarse al nuevo marco es tiempo más que suficiente. Se han mantenido muchas reuniones con las empresas, se les ha escuchado y se ha tratado de atender sus reivindicaciones con las distintas moratorias”.

Frente a las alertas del sector del turismo sobre el impacto negativo que estas nuevas obligaciones tendrán en las empresas y sobre la imposibilidad de aportar datos de los que no disponen, Interior ha priorizado la seguridad ciudadana para poner en marcha el nuevo registro. “Este registro es un instrumento policial, de cara a la lucha contra el terrorismo y la comisión de delitos. Conocemos que en el modus operandi de las organizaciones criminales es indispensable la logística de vehículos a motor y del alojamiento”.

El departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska justifica las nuevas obligaciones por los importantes resultados que se han obtenido en los dos años en los que lleva en vigor la plataforma para que los propietarios de alojamiento y las plataformas que los comercializan compartan datos de forma voluntaria y que a partir del lunes se convertirá en una obligación. “En ese tiempo se han identificado 61.540 establecimientos hoteleros, 1.094 agencias de viajes, 222 plataformas digitales y 1.720 empresas de alquiler de vehículos a motor, mientras que se han registrado 4,7 millones de datos de usuarios. Todos estos datos se han traducido en operativa policial que ha permitido identificar a 18.584 personas que figuraban en bases de datos o en el sistema de información Schengen para activar órdenes de búsqueda y captura”.

Desde el Ejecutivo se rebaten toda las denuncias de hoteles y agencias de viajes y rechazan que las empresas vayan a perder competitividad, que vayan a tener que asumir costes adicionales por aportar datos “que forman parte de su operativa” y que vayan a tener que afrontar multas millonarias por su “incapacidad” para aportar datos. “En el registro solo se contemplan infracciones graves y leves y se han obviado las muy graves incluidas en la Ley de Seguridad Ciudadana. Las leves se castigaran con sanciones de 100 a 600 euros solo si son irregularidades continuadas, mientras que las graves, con multas desde 601 a 30.000 euros se impondrán por la carencia de registro y por la omisión completa de información. No tenemos finalidad recaudatoria y queremos mantener unos parámetros de seguridad que nos permita ser uno de los países más seguros del mundo”.

Ante la falta de cambios, hoteles y agencias de viajes preparan su ofensiva legal para frenar el nuevo registro. La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos, que representa a 15.000 unidades alojativas en España, ya ha avanzado cuál será su estrategia de defensa. Y su principal argumento es la sentencia C-817/19 del Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE), fechada 21 de junio de 2022, en la que se incide en que las medidas de tratamiento masivo de datos personales previstas en el real decreto vulneran las normativas comunitarias sobre protección de datos y privacidad, entre los que se encuentran los incluidos en los medios de pago.

La segunda línea de defensa se centra es que la norma se quiere aprobar por la vía del decreto ley. “Nuestros asesores ya nos han asegurado que es ilegal aprobar por la vía del decreto ley una norma que suprime derechos fundamentales como la privacidad y que debe hacerse mediante una norma de rango superior”, señala Ramón Estalella, secretario general de la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (Cehat). “Esas dudas están disipadas en el que momento en el que contamos con un informe del Consejo de Estado y otro de la Agencia de Protección de Datos, en los que se confirma que no hay afectación de derechos fundamentales”, concluyen desde Interior.

Por su parte, la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) también confirma que va a acudir a los tribunales para defender sus intereses, tanto para que las agencias de viajes como del turismo corporativo y de negocios (MICE por sus siglas en inglés) queden excluidos del ámbito de aplicación del decreto. “Se considera jurídicamente defendible la exclusión de las agencias, ya que la ley orgánica de la que emana el real decreto no las incluía y que su posterior inclusión vulnera el principio de jerarquía normativa, al no mencionarse ni a intermediarios ni a las agencias de viajes ni a operadores turísticos en el artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana de la que emana”. La patronal exige una nueva moratoria del decreto, “hasta que se desarrolle una orden ministerial que incluya las reivindicaciones del sector”.

Opinión:

Cuando leí esta noticia hace unos días pensé en las limitaciones que nos aplica la Ley de Protección de Datos y más concretamente la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales de 5 de diciembre de 2018.

Alguien podrá pensar qué relación tiene esta legislación con el fenómeno del terrorismo. Para mí la tiene, y mucha. Me explico.

Tas los atentados yihadistas de agosto2017 en Catalunya, hubo que realizar una filiación de las personas afectadas, filiación que se ha demostrado no fue lo exacta que hubiera tenido que ser porque, entre otras causas, no había (ni hay) un protocolo específico de aplicación previa para esa labor.

Luego esperamos a que se celebrara el juicio e noviembre de 2020 y que apareciera la primera sentencia de la Audiencia Nacional en mayo de 2021. Tras esa sentencia, ya aparecía el PRIMER listado oficial de víctimas, pasando de los poco más de 160 heridos del Auto de Procesamiento de octubre de 2018 a los 345 heridos que, gracias  a labor de búsqueda y asesoramiento de la UAVAT, pudieron aparecer en la mencionada sentencia.

Un estudio de las más de 68.000 páginas del sumario y una revisión pormenorizada de las más de 12.000 páginas en las que se habla de LAS víctimas, nos aportan 125 víctimas más que no aparecen en la sentencia, la cual refleja en la página 992 (antes incluso de ese estudio realizado por UAVAT) que “las víctimas han sido las grandes olvidadas” en la instrucción y la investigación realizada tras el atentado por parte de la administración competente.

Importante: cabe destacar que en la sentencia solo aparecen los nombres y apellidos (y en algunos casos la nacionalidad) de las víctimas. Reitero: solo nombres, apellidos y lesiones reconocidas en los primeros días tras el atentado.

Pero el estudio del sumario aporta, entre otros datos, descubrir la dirección, el teléfono, el correo electrónico que las víctimas aportaron al tener que ingresar en centros hospitalarios o ser atendidos en centros médicos.

Es decir ¿se pueden obtener los datos personales de cada una de las víctimas? Sí, claro que sí. Pero ¿quién tiene la responsabilidad de efectuar esa labor? ¿Una entidad privada que asesora a las víctimas? ¿Las diferentes partes personadas, léase abogados en representación de una víctima? ¿Los sindicatos profesionales personados? ¿Alguna asociación de víctimas personada?

No. La respuesta aparece en el artículo 11 de la Ley 29/2011 que legisla los siguiente según puede consultarse en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-15039

Artículo 11. Información específica sobre ayudas, indemnizaciones y demás prestaciones.

1. Las Administraciones Públicas competentes establecerán, de forma coordinada, en sus respectivos ámbitos y competencias, los mecanismos de información que permitan conocer los procedimientos para obtener las ayudas, indemnizaciones y prestaciones que correspondan.

2. Dicha información será personalizada y adaptada a las características y a las situaciones que padecen las personas afectadas por un atentado terrorista, y estará orientada al reconocimiento del régimen previsto en esta Ley y al conjunto de prestaciones que se contienen en el Sistema Nacional de Salud.

3. Se articularán los medios necesarios para que las víctimas del terrorismo que, por sus circunstancias personales y sociales, puedan tener una mayor dificultad para acceder íntegramente a la información, tengan asegurado el ejercicio efectivo de este derecho. A tal efecto, se garantizará que las personas a las que la presente Ley es de aplicación, y que se encuentren en una situación de discapacidad, o desconocimiento del idioma, puedan obtener, de forma inteligible, información sobre sus derechos y sobre los recursos existentes para cubrir sus necesidades.

Y ahí empieza el motivo del presente escrito que presento en mi blog como opinión, aunque mejor debería ser presentado como DENUNCIA: si el Ministerio de Interior legisla ahora que las “empresas estarán obligadas a facilitar hasta 42 datos de los viajeros y las reservas”… ¿no incluye ésta nueva legislación el riesgo a que personas que, en nada tienen derecho ni potestad, puedan acceder a nuestros datos de manera “oficial”? El trabajador de la recepción, el director del hotel, el trabajador de la agencia de viajes… ¿puede tener acceso a esta información? ¿Qué seguridad existe, al 100 por cien, de que esos datos no puedan expandirse, venderse u ofrecerse a otros ámbitos?

Y ahora la pregunta del millón. Si estas personas, desempeñando su trabajo, pueden acceder a estos datos y actuar de manera delictiva ¿Por qué SE IMPIDE QUE CIUDADANOS HONESTOS PUEDAN LOCALIZAR A VICTIMAS DE ATENTADO TERRORISTAS PARA OFRECERLES AYUDA Y ASESORAMIENTO?

Sí, eso ocurre ahora mismo, a las 13:30 del lunes 2 de diciembre. Aquellos que hemos trabajado durante meses para revisar el sumario y así poder ayudar a otras víctimas de los atentados de agosto2017 NPO PODEMOS EFECTUAR ESA LABOR DE BUSQUEDA Y POSTERIOR INFORMACION porque la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales LO PROHIBE.

Resumiendo, cuando se trata de ayudar a personas que han sufrido un atentado y que, obviamente, no conocen la legislación… la administración no hace la labor y además, obstaculiza que lo hagan ciudadanos voluntarios. Pero también, de manera “voluntaria”, tenemos que aportar nuestros datos personales a gente que ni tan siquiera conocemos ya sea en la recepción de un hotel, de un camping, de un albergue o en la web de una agencia de viajes.

Y luego hablan de la lógica de la legislación…

Termino. El próximo 13 de diciembre se cumple el año de la firmeza de la sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2023, notificada el 13 de diciembre siguiente. Y por culpa de una Ley de Protección de Datos inmisericorde y estúpida, creemos que más de 200 víctimas de esos atentados no habrán sido informadas de sus derechos por nadie.

Porque la versión de que es la Audiencia Nacional quien debe hacerlo cae al día siguiente de que nos la expliquen. Un correo electrónico lo demuestra sin duda alguna. Lo tengo.


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