miércoles, 18 de octubre de 2023

18 octubre 2023 (3) ABC

 

18 octubre 2023 


 

Enaltecer el terrorismo sólo es un ilícito si incita a cometer delitos

El artículo 578 del Código Penal castiga el enaltecimiento del terrorismo o la humillación a sus víctimas con entre uno y tres años de cárcel en función de la gravedad del hecho y del alcance del mismo.

Sobre el papel, el delito está diseñado para perseguir a quienes «justifican» o enaltecen a los que perpetran actos terroristas, si bien su alcance ha sido acotado por el Tribunal Constitucional por la difusa línea entre la libertad de expresión y la apología.

La doctrina impone que será perseguido quien incite realmente a otros a recurrir a la violencia, en línea con la pauta marcada en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Una conducta muy alejada de las declaraciones públicas sobre la Franja de Gaza que han realizado la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, en España – pese a la percepción de la embajada de Israel – o el diputado de la izquierda radical francesa Jean- Luc Mélenchonn, a quien el ministro de Interior de su país ha pedido denunciar. Esta acotación del delito como incitación real a la violencia ha llevado a que la Fiscalía General del Estado haya reconocido que el enaltecimiento de ETA es ya casi imposible de perseguir, pues poco se incita a una organización terrorista cuando está disuelta. Se pone por encima el derecho fundamental de reunión y manifestación, como la libertad de expresión en estos casos. De ahí que tampoco ya se prohiban cautelarmente actos como los ' ongi etorris'.

Escenario distinto es el yihadismo, donde sí puede concurrir un riesgo cierto de estar llamando a la acción. Abundan las causas judiciales sobre apología, generalmente asociadas al delito de adoctrinamiento: quien por cualquier medio (generalmente propaganda) se radicaliza y/ o intenta radicalizar a otros, que es el paso previo a entrar en acción. En el caso de Hamás, siendo una organización terrorista incluida como tal en la lista negra de la UE, – en una decisión avalada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, aunque Bildu quiera obviarlo –, ensalzar su barbarie es delito. Lo recogen numerosas sentencias de la Audiencia Nacional que castigan por apología y/ o adoctrinamiento el consumo y la difusión de propaganda de este grupo y sus milicias con llamadas a la lucha armada y el martirio.

 

 

 

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