lunes, 28 de mayo de 2018

28 mayo 2018 Heraldo de Aragón

28 mayo 2018



Condenan a la DGA a pagar 120.000 € a la familia de la guardia asesinada en Sallent
El TSJA ya falló en su contra en 2017 por una reclamación idéntica de los padres del otro agente fallecido.

El tribunal Superior de Justicia de Aragón, en una sentencia casi idéntica a la que dictó a finales del año pasado condenando a la DGA a pagar una indemnización de 120.000 euros a la familia de José Ángel de Jesús, uno de los dos guardias civiles asesinados por ETA el 20 de agosto de 2000 en Sallent de Gállego, ha vuelto a fallar en contra del Gobierno aragonés. Esta vez deberá resarcir con la misma cantidad a la madre de la guardia que murió en el atentado, Irene Fernández. Ambos litigios han sido defendidos por el abogado Florentino Martínez Alonso.
La sentencia reconoce el derecho de la madre de la guardia a recibir una indemnización por daños personales por un importe correspondiente al 30% de los 400.000 euros que le dio ya el Estado, el cual asumió de forma subsidiaria este importe incluido en la condena de 75 años de prisión impuesta por la Audiencia Nacional a los etarras Javier García Gaztelu, alias Txapote, Aitor Agirrebarrena y Asier Arzalluz como autores del atentado.
Además, el TSJA vuelve a anular uno de los artículos del decreto 89/2014 de 10 de junio que aprobó el Gobierno de Aragón regulando las medidas a favor de las víctimas de terrorismo por considerar que no se ajusta a derecho al vulnerar el principio de jerarquía.
Al igual que hicieron los padres de José Ángel de Jesús, la madre de Irene Fernández también solicitó una indemnización por daños personales a las víctimas y afectados por actos terroristas fijada en la Ley 4/2008, aprobada por las Cortes de Aragón. El 30 de agosto de 2016, la DGA le concedió 29.746,31 euros. Para calcular este importe, argumentó que, según el artículo 3.1 de la citada ley, equivalía al 30% del que hubiera otorgado ya el Estado, aunque excluyendo la indemnización abonada en concepto de responsabilidad civil, que en su caso fue de 328.210,50 euros. Al restar esa cantidad a los 400.000 euros aprobados en total, quedaba un importe de 71.789,50 y de él, la DGA fijó un 30%, que correspondió a la ayuda aprobada al final.

La madre de la guardia civil recurrió ante el TSJA defendiendo que la ley aragonesa era "contraria a derecho" ya que todas las indemnizaciones percibidas eran consecuencia del daño personal que tuvo su origen en el asesinato de su hija. Los servicios jurídicos de la DGA, como en el primer litigio, alegaron que la ley autonómica fija una ayuda del 30% de la concedida por el Estado, pero excluyendo la indemnización por responsabilidad civil.
Sin embargo, la Sala de lo Contencioso estima el recurso de la madre de Irene Fernández al concluir que la el reglamento aragonés "excede de lo establecido en la norma y restringe el concepto de ayuda o indemnización por daño personal, sin que existe ningún precepto legal que lo autorice". Al igual que hizo con la primera sentencia, la DGA también ha recurrido ante el Supremo.


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