12 agosto 2018
Deniegan a 80 presos de ETA la progresión al
segundo grado «por falta de arrepentimiento»
La decisión de los presos de
ETA de acogerse a las vías legales para tratar de mejorar su situación y
progresar de grado -la inmensa mayoría se encuentran aún en el primero, el más
restrictivo- se está topando con la exigencia de un desmarque comprobable del
pasado violento tanto por parte de Instituciones Penitenciarias como de la Audiencia Nacional.
En plena tormenta política por el primer traslado del Gobierno Sánchez de dos
reclusos disidentes de la organización terrorista, ambos a Basauri, un tercio
de los 243 internos encarcelados en España que contabiliza el Ejecutivo han
presentado ya sus solicitudes para pasar de estar calificados en primer grado
al segundo. Según fuentes conocedoras de los escritos consultadas por este
periódico, las juntas de tratamiento de las prisiones las han rechazado todas
-cerca de 80- y el juez de Vigilancia de la Audiencia solo ha
admitido las impugnaciones en tres de los casos.
Las fuentes citadas resumen la argumentación
utilizada para denegar las peticiones de los reos en «la falta de
arrepentimiento» y de «constancia de su alejamiento» de lo que ha representado
la banda. Esta tesis y el alineamiento entre las juntas de tratamiento que
penden de Instituciones Penitenciarias -es decir, del Gobierno- y el Juzgado
Central de Vigilancia de la
Audiencia permiten concluir tres cosas. Una, que si los
expertos que tratan a diario con los reclusos no observan razones de peso para
informar favorablemente sobre su resocialización, se pone muy cuesta arriba que
el juez encuentre una motivación para revocar ese 'no' inicial. En segundo
lugar, el precedente de estos 80 recursos apunta a que a sus autores no les va
a bastar con citar su disposición a acogerse a las previsiones legales para que
resulten creíbles a ojos de la Administración y de la justicia. Y tercero, estas
últimas están abiertas a los procesos individuales de reinserción, pero serán
exigentes sobre la verificación de las condiciones en que se emprende ese
camino. El Juez de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, ha mantenido una
estrecha relación durante años con Fernando Grande-Marlaska, quien dirigió la Sala de lo Penal de la Audiencia antes de ser
ministro de Interior.
Según el recuento que publicó este periódico a
mediados de mayo, en ese momento una veintena de reclusos había reclamado a las
juntas de tratamiento la progresión de grado y, ante todas las negativas
recibidas, había elevado su causa ante el Juzgado de Vigilancia. Entonces solo
había prosperado una de las impugnaciones: la de Iñaki Garcés Beitia, quien
reconstruyó en los 90 el comando Araba. Si se tiene en cuenta que ETA
escenificó su disolución en Kanbo el 4 de mayo, parte de esas primeras
solicitudes se registraron antes de que la organización hubiera bajado
definitivamente la persiana de su medio siglo de trayectoria terrorista. En
julio, el juez autorizó el cambio a segundo grado de Marta Igarriz,
excolaboradora del comando Amaiur que ya ha cumplido tres cuartas partes de su
pena.
La desaparición de la banda no es una circunstancia
baladí, admiten los medios consultados, pero resulta insuficiente a tenor de
los casi 80 'noes' cosechados en las juntas de tratamiento carcelarias y en el
juzgado. Un volumen que augura una nueva batalla jurídica ante las instancias
superiores de la
Audiencia Nacional. Y aunque las vías de reinserción y el
acercamiento de los reos a sus lugares de origen no tienen que ir
necesariamente de la mano, el Gobierno va a tentarse mucho la ropa a la hora de
elegir a qué condenados traslada. Olga Sanz y Javier Moreno habían accedido al
tercer grado y han pedido perdón a las víctimas.
Pulso sin precedentes
El pulso resulta inédito en cualquier caso,
porque nunca antes los presos de ETA -ahora encuadrados en el EPPK- se habían
acogido de manera individualizada a la legalidad vigente para intentar mejorar
su situación penitenciaria. Y jamás lo habían hecho, lógicamente, con la
organización ya disuelta. La vía libre para que cada interno explore sus
propias alternativas -aun dentro de una estrategia colectiva patrocinada por la
representación oficial del colectivo en las cárceles- se encuentra, a tenor de
la información disponible, con dos obstáculos principales. Por una parte, la
táctica de tierra quemada de ETA ha hecho que más del 90% de sus presos siga en
primer grado, una calificación que prolonga la estancia forzosa en la celda y
que constriñe sobremanera tanto las opciones de participar en tareas
resocializadoras como de acceder a permisos. Por otra, las 'líneas rojas' que
vetan el arrepentimiento y la delación -entendida como colaboración con la
justicia- se están demostrando barreras poco menos que infranqueables, al menos
en esta etapa, para ganar credibilidad.
Ante este contexto, hay reclusos que se van
incorporando al programa que ofrece Interior a todos los encarcelados en primer
grado, hayan estado relacionados con ETA o no, para que puedan pasar al segundo
a través de una serie de trabajos rehabilitadores y del examen sobre cuál va
siendo la posición del reo ante los delitos cometidos. El artículo 100.2 del
Reglamento Penitenciario permite flexibilizar la calificación del interno en
función de su evolución personal, siempre sobre la base de que el
encuadramiento en una organización criminal supone un agravante. Agravante
ahora en cuestión una vez desaparecida ETA.
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