jueves, 15 de enero de 2026

14 enero 2026 El Correo (link)

14 enero 2026 



Declaraciones del jefe de la Ertzaintza sobre el menor detenido por «terrorismo yihadista» en Salvatierra

https://www.elcorreo.com/alava/declaraciones-jefe-ertzaintza-sobre-menor-detenido-terrorismo-20260114132133-vi.html


 

 

12 enero 2026 Antena3TV

12 enero 2026 



Detenido un chico de 16 años por vínculos yihadistas en Agurain, Álava

Encontraron en el interior de su mochila armas blancas y una pistola simulada.

Un menor de 16 años ha sido detenido en el municipio alavés de Agurain por su presunta vinculación con el yihadismo, según informó a EFE el Departamento vasco de Seguridad. Fue el pasado lunes por la noche cuando se llevó a cabo de manera conjunta la operación entre la Ertzaintza y la Policía Nacional.

De acuerdo con las fuentes consultadas por la agencia de noticias, el joven, de origen asiático, estaba "supuestamente radicalizado hacia el yihadismo". Su arresto tuvo lugar en las inmediaciones de un instituto de la localidad, donde se encontraba con una mochila. Según avanza 'El Correo', en su interior, los agentes encontraron varias armas blancas y una pistola simulada.

La investigación permanece bajo secreto de sumario y está dirigida por la Audiencia Nacional, competente en este tipo de delitos relacionados con terrorismo y radicalización.

martes, 13 de enero de 2026

11 enero 2025 (2) La Razón

11 enero 2025 



A juicio una española que planeó viajar a Siria para combatir con el Estado Islámico

La acusada, que juró lealtad al Daesh tras convertirse al islam, se enfrenta a casi seis años de cárcel

Una española convertida al Islam, que juró lealtad al Dáesh y que fue detenida cuando planificaba viajar a Túnez para encontrarse con un hombre con el que mantenía una relación sentimental y con el que pretendía "morir juntos y ser martirizados", se enfrenta este martes en un juicio en la Audiencia Nacional a una petición del fiscal de casi 6 años de cárcel.

La acusada, Marta R. M. C., con residencia permanente en Noruega desde 2007, se encontraba afincada en Oslo cuando se convirtió al Islam, relata la Fiscalía en sus conclusiones provisionales, en las que pide para ella 5 años y 9 meses de cárcel por un delito de adoctrinamiento, o una pena alternativa de 3 años de prisión por adoctrinamiento, o bien 2 años y 3 meses por enaltecimiento del terrorismo.

Tras verse inmersa en un proceso de radicalización, se adhirió "a los postulados más extremos que justifican el uso de la violencia como defensa de su religión" y acabó haciendo el juramento de lealtad (el Bayah) hasta en dos ocasiones al líder de Dáesh, "ritual que realizan habitualmente los autores de atentados terroristas antes de llevar a cabo acciones directas", destaca el escrito.

"De forma consciente y voluntaria"

Así, prosigue el fiscal, "actuando de forma consciente y voluntaria al servicio del aparato de propaganda del Dáesh en el entorno virtual, al menos desde el mes de noviembre de 2022" administró múltiples perfiles en diferentes redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea, en los que ocultaba su identidad bajo diferentes alias, informa Efe.

De esta forma accedió "de forma habitual y con gran intensidad" al material de propaganda editado por las productoras oficiales del Dáesh, que compartió con terceros en foros en los que manifiesta su adhesión ideológica a los postulados de la organización terrorista yihadista.

En una de sus cuentas en TikTok llegó a tener 1.442 seguidores y se detectaron hasta 22.500 me gusta en algunas de sus publicaciones, "hecho del que se infiere la capacidad de influencia", subraya el fiscal.

"Morir juntos y ser martirizados"

En agosto de 2023, apunta, compartió un vídeo en el que se ve un mapa de la península Ibérica con España y Portugal nombrados en el mismo, de fondo se escuchan disparos a la vez que se escucha una Nasheed yihadista y se superpone a la imagen un letrero de Al-Andalus.

A finales de ese mismo mes, la acusada planificó viajar a Túnez el 5 de septiembre para encontrarse con quien al parecer mantenía una relación sentimental, un individuo que ya había sido detenido en Túnez en 2016 por delito de terrorismo, debido a su intención de desplazarse a Siria como combatiente del Dáesh.

La acusada había manifestado su complacencia al deseo de esta persona de "morir juntos y ser martirizados por el amor de Dios", expone el escrito

Finalmente fue interceptada el 27 de agosto de 2023 en el aeropuerto de Asturias, en la escala que por breves días pretendía realizar en territorio español.

Fue entonces puesta a disposición del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional y quedó en libertad provisional con medidas cautelares.

Contraviniendo esas medidas, fue detectada en noviembre en Noruega y, pese a los reiterados requerimientos judiciales, permaneció allí, por lo que se tuvo que pedir su entrega.

En enero de 2024 ingresó en prisión preventiva hasta hace casi un año, que se la volvió a poner en libertad provisional. Por este motivo el Ministerio Público le reclama también una multa de 3.240 euros por un delito de quebrantamiento de medida cautelar.

11 enero 2026 eldebate.com (opinión)

11 enero 2026



Terrorista y funcionario

Carlos de Urquijo

Y como última pregunta, ¿por qué la Fiscalía de la Audiencia Nacional no investiga y persigue el patrimonio de los condenados por delitos de terrorismo para recuperar la responsabilidad civil abonada de manera subsidiaria por el Estado?

Han pasado más de quince años del último asesinato de la banda terrorista de ETA y casi ocho desde su disolución. Si al transcurso del tiempo añadimos el interés del actual gobierno de España por convertir a su brazo político en pilar de su estabilidad, es normal que hayan dejado de escandalizar algunas noticias relacionadas con los que protagonizaron su historia criminal. Comprendo el escaso interés que pueda derivarse de su conocimiento, pero cuando uno ha dedicado algunos años de su vida pública a combatir esta lacra, queda la costumbre de hacerlo.

Muchos presos de la banda terrorista obtuvieron sus títulos académicos en la Universidad del País Vasco de manera fraudulenta. Tan solo algún diputado del PP se atrevió a denunciarlo hace más de veinte años en el Parlamento Vasco, aunque de poco sirvió, pues continuaron regalándose. Como continuación de ese fraude, la mayoría de los presos de ETA, declarándose insolventes, eludieron el abono de la responsabilidad civil a sus víctimas. El Estado, de manera subsidiaria, hizo frente al abono de las indemnizaciones previstas en la ley. En su momento, la dirección general de atención a las víctimas del terrorismo cuantificó el importe de las mismas en 886 millones de euros. Cantidad que pagamos entre todos los españoles mientras los asesinos se iban de rositas económicamente.

La mayoría de aquellos terroristas se encuentran hoy en libertad, algunos han sido incluso ayudados por el Gobierno vasco a encontrar una colocación, otros perciben salarios o subvenciones de la administración pública y todos, insisto, coinciden en no haber hecho frente a la deuda que en su día asumió en su nombre el Estado. Terroristas como Ainhoa Ozaeta o Joseba Permach son hoy profesores en la Facultad de Económicas de la Universidad del País Vasco. Otros colaboradores de la banda, como Miren Azkárate, ocupan cargos de dirección en ONGs –como 'PausuMedia Elkartea' dedicada a la promoción de medios de comunicación en vascuence– y reciben fondos de los gobiernos de España, País Vasco o Navarra –más de 120.000 euros en este caso–. Por último, otros como Mikel Albisu –Mikel Antza– son contratados por ayuntamientos de Bildu como animadores culturales de lectura en vascuence.

Toda esta vergüenza es posible porque o la ley no lo impide o la Justicia hace la vista gorda. El código penal se modificó en 2015 para incluir en su artículo 35 la prisión permanente revisable. Si aquella reforma fue posible para reservarla a delitos especialmente graves –asesinato de menores, terrorismo, genocidio– ¿Por qué no plantear la inhabilitación permanente revisable para cargo o empleo público de los condenados por terrorismo? Así no se repetiría el oprobio de Ozaeta o Permach. También podemos preguntarnos por qué la ley no impide a los condenados por este delito recibir subvenciones públicas o prestar ningún servicio en la Administración. De este modo no se repetiría la vergüenza de Azkárate.

Y como última pregunta, ¿por qué la Fiscalía de la Audiencia Nacional no investiga y persigue el patrimonio de los condenados por delitos de terrorismo para recuperar la responsabilidad civil abonada de manera subsidiaria por el Estado? Así como la inhabilitación tiene una duración limitada al tiempo fijado en la sentencia, la obligación de abonar la responsabilidad civil no prescribe. Si un defraudador de Hacienda es perseguido de manera implacable, con más razón debe hacerse con un terrorista que fraudulentamente ha evitado asumir sus obligaciones económicas con las víctimas por él causadas.

Comprendo que lo acabo de plantear tiene serias dificultades para llevarse a la práctica. Todo lo relacionado con el terrorismo se considera ya asunto cerrado, liquidado y superado. Siendo así y convertidos sus responsables en hombres de paz y de gobierno, a nadie interesa remover el pasado. Por otra parte, estas reformas legales, que obviamente no tendrían carácter retroactivo, requerirían de un consenso imposible en la actualidad. A pesar de ello, me parecen tan vergonzosos los ejemplos relatados, que me ha parecido obligado recordarlos y proponer estas soluciones. Se lo debemos a las víctimas del terrorismo, pero también a la dignidad y el respeto que merece el Estado de derecho.

Opinión:

Desde el respeto que me merecen tantas personas que sufrieron las amenazas por parte de la banda terrorista ETA, me gustaría aportar mi granito de arena al artículo del señor de Urquijo.

Como víctima de ETA entiendo perfectamente las propuestas que plantea, pero hay datos que parecen quedar en el olvido.

Cuando dice que “tan solo algún diputado del PP se atrevió a denunciarlo hace más de veinte años en el Parlamento Vasco” parece olvidar cómo desde la ANTIGUA AVT dedicamos muchos esfuerzos en esa misma denuncia. Justo en aquellos años tan jodidos unas pocas víctimas, abogados y psicólogos kamikazes hicimos TAMBIEN esa labor.

¿Quién pudo plantear muchas de esas propuestas mientras tenía mayoría absoluta en el gobierno central?

¿quién es el responsable de que la legislación permita que hayan tantas sentencias contra terroristas dictaminando que el delincuente debe recuperar sus derechos civiles tas cumplir la condena en prisión?

¿Tenemos claro que la sacrosanta e intocable Constitución Española prohíbe la retroactividad? ¿Qué, alguien se atreve a cambiar una coma en ese asunto?

¿Existen pruebas de que no se lleva un control sobre la posibilidad de embargar sueldos a los miembros de la banda terrorista ETA que tienen pendientes las responsabilidades civiles con sus víctimas?

¿Existe la posibilidad de que reciban sus emolumentos divididos en diferentes contratos que, uno a uno, no llegan al mínimo legal que permitiría el embargo de la cantidad excedida?

Estas y otras muchas preguntas ya le fueron planteadas, hace unos 30 años, a todo un vicepresidente del gobierno que luego montó su propio partido en su “Asturias patria querida”. De hecho, es muy probable que información sobre aquellos complicados y duros tiempos vean la luz en un próximo libro.

Para terminar: ¿alguien recuerda a un alto cargo que fue miembro y dirigente de una banda terrorista y que estuvo condenado, ya como exconsejero de la Generalitat Valenciana, por malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad documental?

viernes, 9 de enero de 2026

09 enero 2026 RM Teatre Barcelona ‘Bonobo 2.0’

09 enero 2026 



Teatre Barcelona

‘Bonobo 2.0’

Bonobo 2.0 escrita y dirigida por Josep Julién, explica, como si fuera una road movie, la fuga accidentada y desesperada de Fadi por todo el Estado. Moha Amazian protagoniza esta historia con la tensión de un thriller.

Sinopsis

Fadi tiene un objetivo. Ha llegado a la cabeza de la calle. El proceso que arrancó hace unos años está a punto de culminar en un desenlace que puede significar no sólo su desaparición física sino también una tragedia de las que el chico, hasta ahora, sólo ha visto en los medios de comunicación.

Sin embargo, algo le está pasando. Le tiemblan las piernas y por primera vez en muchos meses de entrenamiento, se ve incapaz de conducir la furgoneta hasta su espantoso objetivo.

Un evento imprevisto en una gasolinera a partir del encuentro con una joven trabajadora sexual, no sólo trastocará sus planes, sino que también abocará a la inusitada pareja a una huida adelante en forma de road movie a través de buena parte de la geografía del estado.

Al final del relato de los hechos, nuestro protagonista se dará cuenta de que, tanto en su peripecia como en la sala de interrogatorios donde la historia nos está siendo revelada, las cosas no son ni han sido nunca lo que podían parecernos desde el principio.

NOTA DEL DIRECTOR

La tarde del veintiuno de agosto del 2017, Younes Abouyaaqoub, un chico de 22 años y vecino de Ripoll, fue abatido a tiros por los Mossos d’esquadra en un viñedo en el término municipal de Subirats, en el Alt Penedès. Recuerdo muy bien ese día por varias razones. La principal es el extraordinario estado de alarma social que tanto él como sus compañeros de pelotón habían causado en todos nosotros desde el día anterior, cuando en las Ramblas de Barcelona fueron protagonistas del atentado de raíz yihadista más sangriento jamás cometido en nuestro país. La otra razón por la que aquella tarde de agosto me quedó clavada es porque mi familia y yo vivimos a escasos doscientos metros de la viña donde Younes acabó su delirante viaje. Sí, fuimos testigos involuntarios de todo: del despliegue de las fuerzas especiales de la policía, del estado de sitio, de una angustia que parecía no tener que acabar nunca y, finalmente, del sonido de los rasgos que pusieron fin a ese episodio de dolor y de extraordinaria frustración por nuestro país. De ese día hasta hoy, todos juntos, como sociedad y también como ciudadanos individuales, hemos tenido oportunidad de digerir aquellos hechos y de sacar diferentes tipos de conclusiones. Personalmente, mi reflexión al respecto ha adoptado diversas formas. Como ciudadano comprometido con la evolución del contexto sociopolítico de mi comunidad, como padre, como agnóstico, y también como artista, como dramaturgo.

Esta herramienta, la dramaturgia, ha puesto en mis manos durante todo el tiempo que este texto teatral lleva madurando, un elemento incomparablemente potente de reflexión. Durante ese tiempo, Yunnes, el yihadista, el asesino, el monstruo, ha evolucionado de la condición de persona a la de personaje. Lo he despojado de su identidad, de su nombre y de sus alucinados objetivos para convertirlo en otro. En el protagonista de un viaje diferente, conectado al suyo, pero también, por obra y gracia del poder de la ficción, encaminado a formular preguntas que me parecen angulares en el contexto moral y sociopolítico de esa primera mitad de siglo. En el viaje físico, pero también interior –iniciático– de ese chico, le acompañan otros personajes. Todos ellos extraídos, como el protagonista, de una realidad con la que convivimos a diario pero que en muchas ocasiones escogemos obviar o hacer invisible. Los conflictos que se generarán entre ellos son los que, si todo va como debe ir, nos abrirán el hueso de la función. La posibilidad de redención, la pulsión de odio como motor, la piedad como valor intrínseco de los humanos, la fragilidad de nuestras convicciones, de nuestra identidad, y la existencia o no de segundas oportunidades en la vida de las personas, son los temas troncales que deben vertebrar el texto de esta pieza. La forma escogida para desarrollar todo ello es la de una fuga, la de una road movie hacia un desenlace incierto. No he querido renunciar en ningún momento a hacer un texto ameno, distraído incluso, con elementos tomados del trhiller y volcando bastantes referentes cinematográficos con el objetivo de llenarlo de imágenes que, en última instancia, deberán ser descodificadas por el receptor de la historia para que pueda llegar a sus propias conclusiones.

Opinión:

No me consta que hayan consultado con ninguna víctima sobre el “argumento” de la obra pero claro… ¿quién soy yo para parlamentar sobre arte, teatro y dramaturgia. Lo que sí puedo decir es que la frase “todos juntos, como sociedad y también como ciudadanos individuales, hemos tenido oportunidad de digerir aquellos hechos y de sacar diferentes tipos de conclusiones” no es cierta en absoluto. ¿Con cuántas víctimas, que son también parte de esa sociedad, ha hablado? ¿A cuántas conoce? ¿Ha intercambiado alguna palabra con la señora a la que Younnes Abbouyaqoub agredió pocos minutos antes de que fuera “abatido a tiros por los Mossos d’Esquadra”? De no haberlo sido y viviendo el director a solo 200 metros del lugar de los hechos ¿se imagina que lo que no consiguió el asesino de 15 personas (y de cientos de heridos) en ese ataque a Montserrat lo hubiera conseguido 200 metros más allá?

Creo, sin temor a equivocarme, que las “conclusiones” que habría sacado no serían las mismas.

Pero, repito ¿quiénes son las víctimas de los atentados de agosto2017 y que hoy están anonadadas por la noticia de esta obra para opinar?

Lástima que los responsables de esta obra no hayan hecho lo mismo, ni siquiera algo parecido, a lo que hicieron los excelentes profesionales de la productora Ganga en “Cuéntame cómo pasó”.

08 enero 2026 Crónica Vasca (opinión)

08 enero 2026 



Sortu propone a Xabier Iraola como líder y mantiene en la dirección al exjefe de ETA David Pla

El sustituto de Arkaitz Rodríguez fue uno de los creadores de Ernai y, según la formación, "su recorrido militante se ha basado en la trayectoria y la tradición política de la izquierda abertzale"

Xabier Iraola ha sido propuesto para ocupar el puesto de coordinador general de Sortu tras la salida de Arkaitz Rodríguez, tal y como adelantó el diario Naiz.

La nueva dirección de Sortu, partido que controla EH Bildu, incluye más cambios, porque habrá hasta seis caras nuevas. En cambio, otros ocho dirigentes continuarán en sus cargos. Uno de los que continuará al frente de la formación es David Pla, el último jefe de ETA, conocido por leer el comunicado del cese de los atentados. 

La lista que liderará el partido está compuesta por ocho mujeres y siete hombres. Según sus hacedores, se caracteriza por ser "intergerneracional" y porque mantiene el "equilibrio territorial".

Según ha informado el partido en un comunicado, la votación sobre la candidatura tendrá lugar del 21 al 23 de enero y al día siguiente concluirá el IV Congreso de Sortu que se celebrará, en Ficoba (Irun), donde dará a conocer el equipo completo de 15 personas que el Consejo Nacional presentará para la dirección.

Nuevo líder

Xabier Iraola (San Sebastián, 1993) fue uno de los creadores de Ernai, la organización juvenil de la formación independentista y miembro de su dirección, precisa el comunicado.

Graduado en Educación Primaria, Iraola es natural de la Entidad Local Menor de Igeldo, donde inició "su trayectoria militante desde muy joven".

Además, es secretario de Herrigintza de Sortu desde 2021, cargo que asumió al tomar el relevo de Pello Otxandiano.

Trayectoria en la izquierda abertzale

Sortu remarca que Iraola alcanzó la edad adulta "en los inicios de un escenario sin lucha armada de ETA" y afirma que "forma parte de una generación que ha crecido y se ha formado en el nuevo ciclo de Euskal Herria".

"Desde la organización juvenil hasta Sortu, su recorrido militante se ha basado en la trayectoria y la tradición política de la izquierda abertzale. Ha contribuido al trabajo para convertir el independentismo de izquierdas en un proyecto político sólido, atractivo y transformador para este país", concluye.

El pasado mes de junio Sortu decidió adelantar un año el IV Congreso, previsto para enero de 2027, y en septiembre los militantes aprobaron el reglamento, el cronograma y la Comisión de Garantías.

El pasado 22 de octubre el Consejo Nacional de Sortu presentó la ponencia base Herri gogoa, que fue respaldada por la militancia a finales de diciembre.

 

La elección de la dirección y de otros órganos constituye la segunda fase congresual que concluirá con la celebración del IV Congreso de Sortu el 24 de enero en Ficoba.

Opinión:

Por un tema personal, ayer por la tarde tuve que desplazarme fuera de Barcelona y coincidí con alguien a quien no veía desde unos dieciséis años atrás.

En un ambiente muy cordial estuvimos recordando aquellos tiempos en los que sufrir un atentado terrorista era poco menos que una lacra social y, por lógica, hablamos sobre la actualidad informativa. Y me comentó sobre la noticia que acabo de publicar.

Escuché con mucha atención sus argumentos en los que culpaba a los políticos (a algunos más que a otros) de la situación que se está viviendo y cuando me permitió aportarle mi opinión, solo tuve que recordarle aquello de que “es preferible que tomen posesión de un escaño que de una pistola”, que “en ausencia de la violencia, se podía hablar de todo” o que “sabría ser generoso con aquellos que abandonaran la violencia”.

Fue curioso que, ya que atacaba a ciertos políticos, al preguntarle si sabía quien y cuando había dicho eso me respondiera con los nombres de seis políticos pero no acertara ninguno. Cuando le mostré quien lo había dicho, sonrió y me dijo “contigo no se puede, tienes muchos datos en la memoria”.

Luego hablamos sobre la salida de los etarras que habían salido de las cárceles y entendió que los motivos no son políticos sino jurídicos, que dependiendo del año de la comisión del atentado se aplicaba el Código Penal correspondiente y que no son los gobiernos sino los jueces los que proceden a poner en libertad a los delincuentes. Los datos eran concluyentes.

Coincidimos plenamente en que es muy doloroso ver cómo terroristas hacen una vida normal, como si nada hubiera ocurrido. Pero la legislación permite que recuperen lo que algunos llaman “vida social” y sus derechos civiles.

 Al final,  como en los viejos tiempos, me invitó a tomar unas cervezas y unas patatas bravas fuera del lugar del encuentro. Las patatas muy buenas, por cierto.

jueves, 8 de enero de 2026

07 enero 2025 El Periódico de Catalunya (opinión)

07 enero 2025 



El Supremo condena a penas de entre año y medio y 7 años y medio a cuatro miembros del frente jurídico de ETA

La mayor pena es para una abogada en cuyo despacho se encontraron croquis para acceder a tres zulos en el sur de Francia con armas y explosivo

El Tribunal Supremo ha condenado a penas de entre año y medio y 7 años y medio de cárcel a cuatro miembros del calificado como frente jurídico de ETA. La mayor pena, que ha sido ahora confirmada por el alto tribunal, recayó en la abogada habitual de presos de la organización terrorista Arantza Zulueta por integración en organización terrorista y depósito de armas y explosivos con finalidad terrorista. La Sala de lo Penal destaca que en su despacho se encontraron croquis de zulos en los que se guardaban esas armas.

El Supremo, que también ha ratificado la pena de 4 años de cárcel impuesta por el primero de los delitos a Jon Enparantza, ha estimado en parte los recursos de los otros dos condenados en la causa, Naia Zuriarrain e Iker Sarriegui, al considerar que su responsabilidad era de menor gravedad y se producía de forma subordinada en la estructura investigada, sin que se haya constatado conexión fáctica con actividades violentas. Por ello rebaja su condena por integración en organización terrorista de 3 años y medio de prisión a 2 años para Zuriarrain, y de 3 años a año y medio para Sarriegui.

Salvo en ese punto, el Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que estableció que los acusados, al margen de la defensa jurídica de miembros de ETA, mantenían la vinculación de los presos con la dirección de la organización terrorista y les transmitían sus directrices, entre 2005 y abril de 2010, cuando se produjo la detención de los acusados y el registro de los despachos en los que operaban en Bilbao y Guipúzcoa. A los cuatro se les aplicó la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

El alto tribunal desestima íntegramente el recurso de Zulueta y Enparantza que, entre otros extremos, también pedían que se les aplicase la reducción de pena que permite el artículo 579 bis.4 del Código Penal cuando el hecho sea objetivamente de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido.

Tres zulos

Sin embargo, en el caso de Zulueta, el Supremo recuerda que la Audiencia Nacional fijó como hecho acreditado que poseía los archivos informáticos precisos para acceder o facilitar que otros pudieran acceder a depósitos de armas y explosivos de ETA. Los archivos estaban en un pendrive oculto detrás de un cuadro de su despacho profesional, y contenía croquis y documentación de tres zulos en el sur de Francia.

Añade que “no se trataba de un acopio inocuo o marginal, pues los documentos detallaban que los tres zulos contenían precursores explosivos, fusiles de asalto, cargadores, munición, cordón detonante y dinero. Y, cumplimentada la comisión rogatoria, la policía francesa localizó efectivamente los zulos e intervino, entre otros efectos, 92 kg de clorato sódico, azufre, cordón detonante, un Kalashnikov y un G3/Cetme, munición y dinero, hallándose las armas en perfecto estado de uso y funcionamiento”.

Con esos elementos, para el alto tribunal, es imposible predicar la “menor gravedad objetiva” por el medio empleado, pues el hecho delictivo de su integración en la organización terrorista se proyecta sobre armas de guerra, munición y precursores explosivos, esto es, instrumentos típicamente ordenados a la ejecución de atentados, como lo son también las colaboraciones tendentes de la fijación de objetivos que se detallan en los hechos probados. Se trata de información sobre vehículos oficiales, así como un informe sobre la seguridad de la Audiencia Nacional o, incluso, funciones en la creación y dirección de una extensa red de información para la definición de futuros objetivos.

“En suma, por los medios (armas/explosivos) y por la función (custodia/aseguramiento del acceso a los instrumentos para la comisión de atentados o suministro de información que facilitara la ejecución de otros), la conducta queda fuera del perímetro del artículo 579 bis 4 del Código Penal”, subraya la Sala.

Coaccionar por dinero

Respecto de Enparantza, el Supremo explica que el relato y la prueba de la sentencia recurrida describen una intervención que rebasa con mucho el plano de mera militancia periférica o de “apoyo ideológico”, en particular la remisión de correos para obtener por coacción recursos económicos destinados a facilitar la subsistencia de la organización y la ejecución de atentados, llegando a recibir algunos de los pagos derivados de esta extorsión.

Asimismo, señala que en la documentación intervenida se reflejan remisiones de información operativa a la dirección de ETA para su aparato de información, con selección de diversas personas como posibles objetivos y proponiendo medios de ataque que aseguraran una mayor eficacia, llegando a ofrecer detalles para asesinar a una persona concreta. Por ello, considera que su contribución es de entidad incompatible con la rebaja de la pena que solicita.

La sentencia no aprecia ninguna irregularidad en la actuación del Centro Nacional de Inteligencia, y en la investigación de inteligencia que realizó, verificándose la cobertura judicial de la misma y su sujeción a los principios de necesidad y proporcionalidad. También rechaza los argumentos contra las entradas y registros practicados en abril de 2010 en los despachos de abogados, porque respondió claramente a las sospechas fundadas en la responsabilidad en los investigados.

Tampoco admite el Supremo que la sentencia de la Audiencia Nacional vulnerara el principio ‘non bis in ídem’ (no ser juzgado dos veces por los mismos hechos) por haber sido condenados en 2019 por integración en organización terrorista también, pero en ese caso por su participación en el entramado jurídico-carcelario de ETA, porque se trata de distintos periodos temporales. Los magistrados explican que se trata de dos condenas por actuación en dos periodos distintos de tiempo entre los que hubo una detención e ingreso en prisión.

También descarta que puedan anularse pruebas por las denuncias de torturas y tratos inhumanos o degradantes por parte de la Guardia Civil realizadas por Naia Zuriarrain, ya que no hay corroboración objetiva suficiente de que se produjeran.

Opinión:

Puede parecer una casualidad pero que ahora tengamos noticias sobre la abogada Arantxa Zulueta servirá para hacer pública una información que vivimos en directo muy pocas personas.

Justo hoy jueves día 8 de enero se cumplen 34 años del atentado cometido por la banda terrorista ETA en la que resultó asesinado el comandante de aviación Arturo Anguera Vallés y heridos el teniente Luis Javier Ballota y el soldado conductor del vehículo Jaume Amposta Masdeu.

Como delegado en Catalunya de la ANTIGUA AVT, acudí al Hospital Clínic al día siguiente del atentado para conocer a los heridos y a sus familiares y me sorprendió saber que ya habían sido avisados desde el ministerio para “que no hablaran con nadie, y tampoco con nadie de la Asociación Víctimas del terrorismo”. Textual.

Obviamente aclaré a los familiares esos consejos de la administración y ello llevó a que, pasado el tiempo, pudiéramos ejercer las acciones penales correspondientes contra los terroristas Fernando Díez Torres y otro declarado en rebeldía (no capturado).

¿Saben ustedes quien era la abogada que representaba la defensa del mencionado terrorista? Efectivamente, Arantxa Zulueta Amuchástegui.

He explicado todo lo anterior por dos razones. La primera, porque ahora aparecerán los de siempre hablando de una época en la que ni estaban, ni se les esperaba ni tan solo se les conocía pero que hablarán de vivencias que jamás han experimentado arrogándose una representatividad y una opinión que nadie les ha dado ni mucho menos pedido.

Y segundo y más importante, porque a las víctimas presentes en aquel juicio no se nos olvida lo que me decía Jaume hace unos minutos: “aún recuerdo como nos desafiaba la abogada con la mirada en el juicio”, “justo hoy, 34 años después de nuestro atentado, se vuelve a hacer un poco de justicia”, “la recuerdo como una mala persona a esa abogada, nos intimidaba con su mirada a mi y a mis padres, y lo conseguía, nos hacía muy “pequeños” ,suerte de estar acompañados por Roberto en esos viajes a Madrid”…

Otra cosa será el cumplimiento de esa condena a la que han sido castigados. Pero eso ya corresponde explicarlo a los jueces y al Código Penal aplicado.