15 agosto 2014
El agente fue
quien entregó el teléfono móvil al dueño del bar Faisán
Interior
blinda la pensión del inspector del chivatazo
Prejubila a
Ballesteros por su 'pérdida de condiciones psicofísicas'
Así evita los
efectos de su inhabilitación por el Supremo
El Ministerio del Interior ha blindado la jubilación
de uno de los policías condenados por el caso del chivatazo a ETA justo cuando
debía ser expulsado. En concreto, la Dirección General de la Policía ha
dado el visto bueno a la solicitud de pasar a situación de jubilación
solicitada por el inspector José
María Ballesteros. Este agente fue quien entregó el teléfono
móvil a Joseba Elosua,
dueño del bar Faisán,
donde le alertaron de que iba a producirse una actuación policial contra el
entramado de extorsión de ETA.
El chivatazo se produjo el 4 de mayo de 2006, cuando
el Gobierno de Zapatero estaba en pleno proceso de diálogo con los etarras y el
día en que el entonces líder del PNV, Josu Jon Imaz, iba a arropar al presidente del
Gobierno en estas gestiones.
Este inspector presentó el 20 de julio un escrito de
11 folios ante el Ministerio
de Justicia. Una petición de indulto en la que reconocía los
hechos y aseguraba que el jefe superior de Policía del País Vasco nunca le
explicó que la gestión que le encomendó era para dar un soplo a ETA.
"Me limito a cumplir un cometido policial, la
orden de un superior; no sólo de un superior, sino del jefe superior de Policía
del País Vasco, pero evidentemente sin conocimiento alguno del cometido",
dijo José María Ballesteros en su escrito de 11 folios. La defensa del policía
pidió a la Audiencia Nacional
que suspendiera la ejecución de la condena hasta que el Gobierno se pronuncie
sobre el indulto.
Según explicaron fuentes policiales, Ballesteros
"causó baja médica del servicio" al día siguiente de presentar el
escrito en Justicia, el 21 de julio; 11 días después de que el Supremo
ratificara su condena. Ballesteros está destinado en la Jefatura Superior de Policía de La Rioja.
Una semana después, el 28 de ese mismo mes, el
inspector entregó una instancia en el Registro General de la
Policía en la que solicitaba la apertura de
un procedimiento para su jubilación "por incapacidad permanente".
Aportaba varios informes médicos. Al día siguiente, su instancia entró en el
registro general de la División de Personal de la Policía ,
área competente para tramitar estas peticiones.
A partir de ese momento, según explicaron fuentes
conocedoras del proceso, se iniciaron los trámites para estudiar la solicitud.
Se remitieron copias de los informes médicos aportados por el inspector.
Al día siguiente, el día 30, con una celeridad
destacable, el inspector fue recibido por el tribunal médico que tenía que
evaluar los informes aportados y contrastarlos con su estado de salud. Ese mismo
día, el tribunal dictaminó "la incapacidad total para desempeñar las
funciones en la Policía Nacional "
de este funcionario.
El día 1 de agosto se gestionó ya la "propuesta
de jubilación". Los responsables de la decisión se basaron en la
legislación sobre el empleado público y los decretos sobre clases pasivas del
Estado.
El 4 de agosto, la decisión del tribunal médico
llegó a la Jefatura
Superior de Policía de La Rioja , donde la recibió el inspector afectado.
Éste, tras no poner objeción alguna, la remitió a la Jefatura de Personal de la Policía ,
adonde llegó el 8 de agosto.
Cuatro días después, el 12 de agosto, el jefe de la División de Personal
firmó la resolución por la que se concedía la situación de jubilación a
Ballesteros "por incapacidad permanente".
En menos de un mes, Ballesteros pasó de estar de
baja médica a jubilado. Un tiempo récord, según explicaron fuentes policiales
que entienden que este proceso, en la gran mayoría de los casos, lleva una
cadencia mucho más lenta. Se sorprenden de que esta celeridad, además, se haya
podido llevar a cabo en pleno periodo estival.
Algunas fuentes cercanas al proceso apuntan la
posibilidad de que Ballesteros causara baja en el momento en que le fue
comunicada la sentencia firme por parte del Tribunal Supremo.
El Alto Tribunal avaló el pasado 10 de julio la
condena impuesta por la
Audiencia Nacional contra ambos funcionarios por un delito de
revelación de secretos. Fueron condenados a un año y medio de prisión (que no
cumplirán al no contar con antecedentes) y cuatro años de inhabilitación. Esta
última pena conllevaba la expulsión inmediata del Cuerpo de la Policía una vez que la
sentencia fuera firme, circunstancia que se produjo ya el citado 10 de julio
pasado.
Sin embargo, fuentes de la Dirección General
explicaron que esta sentencia aún no ha sido notificada, lo que supone que
oficialmente la
Policía Nacional no tiene acreditada la firmeza de la
sentencia.
Sin embargo, el pronunciamiento del Alto Tribunal se
produjo hace ya un mes. Tras conocerse, desde el Ministerio del Interior, se
informó de que el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz cumpliría con la
legislación vigente en lo que afecta a las consecuencias aparejadas a las
faltas y sanciones en las que incurren los agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Su conducta está regulada por la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario del Cuerpo
Nacional de Policía de 2010, el Código Penal y el Estatuto Básico del Empleado Público,
que establece que «la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta,
cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga, produce la
pérdida de condición de funcionario».
La condena de inhabilitación supone, así, la
inmediata expulsión del Cuerpo de los agentes, aunque es necesario que la
sentencia sea firme. La firmeza se produce en el mismo momento en que es
notificada.
El hecho de haber sido condenado en virtud de
sentencia firme por un delito doloso está tipificado como falta muy grave y
grave en el régimen disciplinario. Será muy grave cuando el ilícito esté
relacionado con el servicio o cause grave daño a la Administración o a
las personas, y tendrá carácter grave en el resto de casos.
"Cuando sea firme porque se han agotado los
recursos a los que tengan derecho los interesados y los ejerzan, cuando ese
fallo sea definitivo y se nos haya notificado, se cumplirá. Hasta que no llegue
ese momento no vamos a tomar ninguna decisión en el Ministerio", dijo el
ministro del Interior tras la sentencia de la Audiencia Nacional.
La decisión de Interior se produce después de que
Ballesteros, que durante el toda la investigación y el juicio había negado
haber dado el teléfono al dueño del Faisán aquel 4 de mayo de 2006, admitiera
por fin que sí había sido él.
Según fuentes cercanas a las defensas de los
condenados, a ambos se les abrió la puerta para solicitar esta jubilación antes
de que el Supremo diera firmeza a la sentencia. Tan sólo Ballesteros, que dio
un giro radical a su línea de defensa, apostó por esta vía. Enrique Pamies se negó a
solicitarla.
La jubilación a policías inmersos en procedimientos
judiciales antes de que las sentencias fuera firmes no es una novedad. De
hecho, era una herramienta muy criticada por los policías al considerar que se
había convertido en un mecanismo político para ayudar a los afines.
Ya en 2007, el Ministerio del Interior concedió la
jubilación a otro comisario que fue condenado por detener a dos afiliados del PP
a los que acusó de intentar agredir al que fuera ministro de Defensa José Bono, tras una
manifestación de víctimas del terrorismo. La Justicia le condenó en
primera instancia a cuatro años de cárcel por detención ilegal, al considerar
que no había base alguna para ello. Antes de que la sentencia fuera firme, este
comisario fue jubilado aduciendo los mismos motivos que ahora se han utilizado
para jubilar a Ballesteros: alteración psicofísica.
Malestar de las víctimas
Dignidad y Justicia, la asociación liderada por
Daniel Portero, se convirtió en el martillo acusador en este caso. La
infatigable labor de su equipo letrado, liderado por Vanessa Santiago, permitió
avanzar en muchas ocasiones cuando el camino se llenaba de obstáculos. Por eso,
porque conoce todos esos obstáculos, Portero no se mostró ayer excesivamente
sorprendido por la decisión sobre el condenado. «Me parece que la Dirección General
de la Policía
debería haber evitado la jubilación de un policía condenado por un asunto tan
grave y doloroso para las víctimas del terrorismo», declaró a EL MUNDO.
«Pretende lavar el nombre de la
Policía en un asunto tan escabroso cometido en tiempos de
Rodríguez Zapatero». Portero aseguró que Dignidad y Justicia tuvo conocimiento
de esta iniciativa de la
Policía a través del abogado de Ballesteros; «pero nunca
pensamos que pudiera materializarse porque es una forma de evitarle la expulsión
del Cuerpo policial, ya que está jubilado». «Lo increíble es que un Gobierno
del PP se haya prestado a estos enjuagues que no demuestran más que el PSOE
trasladó la pelota de la negociación con ETA a un PP que pensamos que atendía
una herencia envenenada, pero queda claro que es mucho más», finalizó.
Opinión:
La información que presenta Fernando Lázaro da la
oportunidad a recordar ciertas opiniones que he ido dejando en este blog y que,
me consta, compartimos otras víctimas que llevamos media vida (o mas) en estos
temas.
Para empezar, nuestra disconformidad en relación a
la campaña que desde alguna asociación de víctimas se ha llevado, seguramente
apoyando a otras siglas en esta caso políticas, contra dos policías que han
tenido un gran protagonismo en la lucha antiterrorista, ergo final de la
actividad terrorista de ETA. Que, con miembros de la Policía Nacional entre sus
afiliados, existan asociaciones de víctimas dedicadas a atacar a policías que
son ejemplos de “jugarse la vida por nuestra seguridad y bienestar” ha sido una
circunstancia de la que siempre he querido desmarcarme.
Por otro lado, es curioso que al hablar del asunto
Bono se haga la diferencia tratando aquella manifestación como de “víctimas del
terrorismo” y al hablar del caso Faisán se hable de “malestar de LAS víctimas”.
La realidad, por mucho que se empecine el periódico El Mundo es que no somos
”LAS” víctimas las que estamos molestas sino solo algunas siglas que dicen
representarnos. Y ya puestos, algún día el amigo Fernando Lázaro podría
explicar a muchos lectores a cuántas víctimas reconocidas como tales representa
la AVT y la
asociación de Daniel Porteto, Dignidad y Justicia.
Conste que he escrito que podría explicarlo a
“muchos” lectores y no a “los” lectores, porque yo soy lector pero a mi no
tiene nada que explicarme, porque tras 27 años de trabajo tengo la información
que muchos no quieren publicar. Y a algunas otras víctimas o abogados que
trabajaron para nosotros tampoco.
Y, rizando el rizo, también podrían explicar la
extraña y surrealista situación que se presenta cuando hay asociaciones de víctimas
que exigen la condena contra Pamies y Ballesteros mientras que otras piden el
indulto sabiendo que muchas de esas víctimas constan en los listados de las
asociaciones de en ambas opciones. ¿Quién las representa realmente?
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