miércoles, 23 de octubre de 2013

21 octubre 2013 (2) 20 minutos

21 octubre 2013

Roberto, víctima de ETA: "Si Europa dice que la doctrina Parot no vale, hay que cumplir la ley"

Este lunes el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo derogará la doctrina Parot en el caso de la presa etarra Inés del Río.


Daniel Portero, otra víctima de ETA, se resigna: "Ya hemos hecho todo lo que hemos podido. La pelota está ahora en el tejado del Gobierno".
Algunas voces aseguran que la doctrina es una interpretación errónea y violenta del principio de seguridad jurídica.

La sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que acaba de derogar la 'doctrina Parot' en el caso de Inés del Río, va a abrir muchas heridas. Las de las víctimas del terrorismo, que desde febrero el año 2006 ven como un triunfo esta interpretación de la ley hecha por el Tribunal Supremo (avalada por el Constitucional) que alargaba las condenas de los presos de ETA más sanguinarios. Pero al mismo tiempo que abre heridas, y profundas, puede cerrar otras, en este caso jurídicas, ya que para muchas voces, una minoría, "la parot es un intento de la Justicia española de hacerse trampas al solitario", señala una fuente de la Audiencia Nacional que prefiere mantener el anonimato.

El asunto es espinoso. La doctrina del Supremo (que se aplicó por primera vez al etarra Henri Parot) reinterpretaba la ley que regulaba las rebajas de pena cuando los presos ya estaban cumpliendo condena en prisión. Se trataba pues de una interpretación sobre los beneficios penitenciarios de las penas que con arreglo al Código Penal de 1973 no se hacía sobre todas y cada una de las condenas de un sujeto, sino sobre el máximo de 30 años en prisión. La reforma del Código en 1995 suprimió esas rebajas de pena, pero no aclaró la forma de seguir llevando el cómputo de esas rebajas anteriores a 1995.

Por eso el Supremo dictó en 2006 que los beneficios se descontaban del máximo cumplimiento efectivo de una condena, no de los 30 años. Antes de 1995, la redención de pena (un día menos por dos de condena), dejaba los 30 años máximos de prisión en 20. Pero desde 2006 el Supremo fijó que las redenciones se debían calcular sobre el total de las condenas que tenía un reo. Si le caían 3.000 años, las redenciones de pena no tenían mucho efecto y cumplía la pena máxima: los 30 años.

"A nivel jurídico la doctrina Parot es un error. Fue una interpretación política de una ley, una interpretación errónea, una interpretación del Supremo que ni siquiera planteaban ninguna de las partes del caso de Henri Parot", explica Pepe Castilla, abogado y experto en mediación, que ha participado en los encuentros que han tenido presos de ETA y víctimas del terrorismo. "Violenta el principio de seguridad jurídica. El sistema de redención de penas es uno, no se puede interpretar luego una vez que se ha juzgado ni condenado", explica Castilla, que aboga porque se cambie el Código Penal si se quiere otro sistema de redención, "pero que no se interprete una ley según convenga".

"Es responsabilidad del poder ejecutivo y del judicial"

Hay unos 50 presos de ETA que tiene que ir a Estrasburgo con recursos individuales Daniel Portero, hijo de Luis Portero García, el fiscal andaluz asesinado por ETA el 9 de octubre de 2000, tiene una visión distinta, aquella que tiene una víctima que las balas de ETA han cambiado la vida. Pero se muestra resignado. "Nosotros no podemos hacer ya nada. Nuestro camino ya lo hemos recorrido. Es ahora una responsabilidad del poder ejecutivo y judicial". El caso de Inés del Río, por ejemplo, está en manos del Ministerio de Justicia, que es quien debe gestionar que se cumpla la sentencia de Estrasburgo.

"Luego hay otros 50 presos de ETA que han agotado en España todas las vías judiciales y tienen que ir a Estrasburgo presentando recursos individuales. Y otros 20 casos pendientes en la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional, que dependen ahora de los tribunales españoles, y que decidirán si acatan o no la sentencia europea", señala Portero. Muchas víctimas creen que la pelota está en el tejado del Gobierno, que puede decir cuando ejecutar la sentencia.

"En Reino Unido, por ejemplo, el Gobierno británico hace un informe razonado sobre las sentencias de Estrasburgo que le atañen. Y rechaza algunas y argumenta el motivo. España debería hacer lo mismo. Creo que la sentencia de Estrasburgo va contra el interés general", señala Portero, que explica que la doctrina Parot no fue un parche, sino una interpretación legítima. "Mi padre ya en 1990 hablaba de las redenciones de pena en asesinos múltiples. No debe tener la misma redención un asesinato que 23".

Víctimas manipuladas

Roberto Manrique es una de las 66 víctimas (21 de ellos muertos) de aquella fatídica tarde del 19 de junio de 1987 en la que ETA colocó una coche bomba en el aparcamiento del Hipercor de Barcelona. Ahora, con 50 años, es una de las pocas víctimas que ha decidido dar el paso de reunirse con uno de los terroristas que intentó asesinarle. Estudia Derecho, para comprender mejor las leyes y explicarlas mejor a otras víctimas. Manrique solo defiende que se cumpla la ley. "Si Estrasburgo dice que la doctrina Parot no es legal, hay que acatarlo, por muy mal que caiga lo que estoy diciendo".

Manrique no quiere que se manipule políticamente a las víctimas. "No somos un grupo de presión". Y tampoco que los mismos nombres se erijan siempre en portavoces de las víctimas. "Hay hasta 60 colectivos de víctimas, y siempre hablan los mismos en representación de los demás". Para Manrique, la doctrina Parot es una utopía jurídica hasta que no se diga lo contrario. "Los terroristas que intentaron matarme fueron condenados a 794 años de cárcel y no cumplirán los 30. Porque la ley así lo dice". También lamenta que el PP no cambiara la ley cuando estuvo en el Gobierno. "Pudo hacerlo y no lo hizo. Y no estaríamos ahora con la polémica de la doctrina Parot", sentencia.



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