martes, 29 de octubre de 2013

28 octubre 2013 (10) Blog Manuel Gimenez Abad (opinion)

28 octubre 2013

Doctrina Parot

Publicado por manuelgimenezlarraz


Hay algunas cosas sobre las que cuesta más reflexionar y escribir. Todo lo que nos rodea nos empuja en una única dirección de la que no siempre es fácil desviarse. Nuestros sentimientos más profundos y los de quienes están más cerca de nosotros confabulan de forma natural para complicar ese ejercicio.

La derogación de la doctrina Parot por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es uno de esos asuntos que te obligan a mirar detenidamente dentro de ti, tratando de hacer abstracción de todo lo demás, de todo aquello que no es tu familia y el recuerdo de tu padre. Y tu responsabilidad como ciudadano anónimo pero directamente afectado y, por tanto, especialmente sensibilizado.

La doctrina Parot trataba de reducir la brecha – intolerable para la sociedad española – entre la justicia material y la justicia que proveía la aplicación de la legislación penal vigente entre 1973 y 1995. El Código Penal de 1973 establecía el cumplimiento máximo de pena en 30 años y, sobre ella, la aplicación de reducciones muy significativas por cosas tan absurdas como cursar carreras universitarias o apuntarse a talleres formativos. Este sistema provocaba que muchos de los criminales más abyectos y sanguinarios de nuestro país pudieran ser puestos en libertad tras 21 años de condena. A los efectos de cumplimiento efectivo de la pena, era indiferente que el criminal hubiera asesinado a una o a veinticuatro personas (aunque en realidad esto no se aleja demasiado de la situación actual tampoco). El caso de Inés del Rio se ha llevado hasta el paroxismo. Esta sujeta no ha llegado a cumplir ni siquiera un año por cada uno de los asesinatos de gente inocente por los que la condenaron.  Matar salía extremadamente barato con el código penal de 1973.

Sin embargo, y a pesar de que los primeros 15 años de la España constitucional fueron los que
más víctimas del terrorismo se cobraron, las Cortes Generales no fueron capaces de aprobar ninguna modificación en la legislación penal que corrigiese la lacerante situación actual. Es un ejemplo más de la falta de sensibilidad humana con las víctimas del terrorismo y la alarmante ausencia de una visión política que identificase la importancia del combate legal y judicial contra el terrorismo que más tarde se libró con éxito.

En el año 2006 el Tribunal Supremo, tratando de conjurar la alarma social que se empezaba a despertar por la próximas excarcelaciones de muchos de los asesinos que habían cometido sus crímenes entre 1973 y 1995, avaló la doctrina Parot interpretando que las eventuales reducciones de condena no se debían aplicar sobre el cumplimiento máximo de condena (30 años), sino sobre la condena efectivamente impuesta (en muchos casos más de 3000 años). Eso suponía que, de facto, estos criminales estarían en prisión 30 años.

Esta jurisprudencia – novedosa en la práctica desarrollada hasta esa fecha – se aproximaba más al concepto de justicia material, agravaba la pena por semejantes crímenes y aproximaba (sólo, en parte) el tratamiento penal del terrorismo y de otros delitos muy graves a los países europeos.   

No es precisamente insignificante lo que se conseguía. Creo que pocos serán los que no vean con buenos ojos esos resultados.

Sin embargo, el hecho de que no se realizase una reforma del Código Penal en el momento en que se debería haber hecho y por la vía legislativa que convenía, ha provocado que los destacables objetivos que perseguía esta jurisprudencia del Tribunal Supremo hayan colisionado con las normas formales a que exige un estado de derecho, y más en concreto con el principio constitucional que establece la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables.

Este principio establece que nadie puede ser sancionado en virtud de disposiciones que no estuvieran en vigor en el momento en que se realizó el ilícito. No significa que los etarras no pudieran haber cumplido, 30, 40 o 50 años en prisión sino que exige que para que los cumplan, tales penas deberían haber estado previstas ya en la ley. De ahí el monstruoso error, consecuencia de una flagrante falta de sensibilidad, de quienes ostentaron mayorías parlamentarias en nuestro país hasta el año 1995.   

La decisión del TEDH es insufrible para quienes no ven satisfecha su imperiosa necesidad de justicia, de amparo del estado, para quienes ven que esta señora – y los que vendrán después – ha cumplido solamente un año en prisión por el asesinato de un familiar. Es muy dolorosa y nos pone nuevamente frente a la ineptitud política de quienes tenían que haber reaccionado en el momento preciso y por las vías a que venían exigidos.  Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, el contenido de esa sentencia no es descabellado ni imprevisible. Estrasburgo no nos ha dicho que no condenemos a los terroristas con las penas que consideramos oportunas, sino que lo hagamos respetando los procesos de un estado de derecho.

Siendo una decisión inapelable, sólo quedaría como opción el incumplimiento de lo dispuesta en la sentencia. El Gobierno ya ha dicho que va a cumplir con aquello a que le obliga el fallo. Y yo estoy de acuerdo. Y no lo estoy porque sienta la más mínima compasión por esas alimañas, como podréis imaginar. Creo que éste debe ser un hito más en la constante lucha deslegitimadora del terrorismo.

Los ciudadanos españoles, las instituciones que les representan, han sido ejemplo de lucha democrática contra el terrorismo. Hemos mantenido una firmeza de convicciones y un respeto a nuestros principio constitucionales que nos han situado a una altura moral en la que no han sido capaces de mantenerse ninguno de los países –tan admirados – que han sufrido el terrorismo (EE.UU, Francia, Israel, Reino Unido, Alemania…). Gracias a ello, hemos deslegitimado a Eta, en España y fuera de ella, la hemos asfixiado socialmente, la hemos aislado internacionalmente.

Hemos sumado a nuestra lucha a países que, en un tiempo no muy lejano, no estuvieron con
nosotros. Les hemos derrotado.

Nuestros familiares han muerto defendiendo los valores democráticos que garantizan nuestra convivencia, que nos permiten habitar juntos, crecer, mejorar, vivir mejor. Cuando los terroristas les disparaban, lo hacían porque representaban nuestros derechos y libertades, las de todos los ciudadanos. No podemos vaciar el contenido de su sacrificio.

En las próximas semanas veremos imágenes que nos van a revolver todo, tendremos náuseas, sentiremos impotencia, ganas de llorar o de gritar, pero – en el fondo – sabremos que  nuestro mensaje sigue siendo el mismo y que el relato sobre lo que ha pasado en nuestro país los últimos 40 años será el nuestro, el de los demócratas. Cuestión de altura moral y ética. Un abrazo a todos.

Opinión:

Me tranquiliza ver que otras victimas también se dedican a dar la cara y opinar, pese al riesgo de recibir criticas por ello desde el sector que el mundo partidista ha elegido como “sus” victimas.
Pese al dolor que nos causa el ver salir por la puerta de la cárcel a tanto asesino, el escrito que tengo el honor de presentar en este humilde blog demuestra, una vez mas, que entre las victimas del terrorismo no existe una ideología única... y mas en lo relacionado con el bien común, tanto el nuestro como el de la ciudadanía.
Manuel, gracias por tu coherencia y bienvenido al grupo de las victimas valientes que no tragamos con el discurso único.
Por cierto ¿a ti te ha preguntado desde alguna asociación la opinión?
Un abrazo

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