miércoles, 30 de octubre de 2013

30 octubre 2013 (3) RTVE

30 octubre 2013



La etarra Inés del Río reclama la indemnización que la Audiencia bloqueó para sus víctimas

Estrasburgo condenó a España a indemnizar a la etarra con 30.000 euros
La Audiencia acordó su excarcelación pero rechazó que se le pagara este dinero

La etarra Inés del Río ha recurrido a la Audiencia Nacional la decisión de bloquear la indemnización de 30.000 euros que, según fijó la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la doctrina Parot, tiene que recibir del Gobierno español por haber permanecido privada de libertad de forma irregular desde 2008.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó la semana pasada la excarcelación de Inés del Río en cumplimiento de la sentencia de Estrasburgo que condenó a España por aplicarle la doctrina de forma retroactiva, pero rechazó que se le pagase a la etarra la indemnización y ordenó que esa cantidad se destinara a las víctimas de sus atentados. La etarra debe miles de euros a sus víctimas.

La antigua miembro del comando Madrid de ETA fue condenada a 3.828 años de prisión por 24 asesinatos, entre ellos los de 12 guardias civiles en la plaza de la República Dominicana de Madrid. La recurrente también participó en el asesinato del comandante Sáenz de Ynestrillas y otros dos militares y en el del vicealmirante Escrigas.

El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decidió el pasado 22 de octubre acatar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que obligaba a poner en libertad a Inés del Río, al entender que era "clara y contundente" y de obligado cumplimiento para España. Ordenó su excarcelación pero bloqueó la indemnización.

Del Río ha presentado este miércoles un recurso de súplica contra esta última decisión decisión, según han confirmado a Servimedia fuentes de la Audiencia Nacional.

Indemnización por daños morales

El TEDH condenó a España a indemnizar a la etarra con 30.000 euros por los daños morales sufridos por la prórroga de su estancia en prisión a partir del 2 de julio de 2008, fecha en la que la terrorista debería haber sido excarcelada si no se le hubiera impuesto la doctrina Parot. Su aplicación aplazó su salida de prisión hasta el 27 de junio de 2017.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional señaló en su resolución que la indemnización que España debería pagar a Del Río según la sentencia del tribunal con sede en Estrasburgo (Francia) no se abonará finalmente a la etarra si no que irá destinada "al pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas".

"El principio de la libertad está por delante"

El magistrado del Constitucional Enrique López ha señalado este miércoles respecto al caso de la etarra Inés del Río que "el principio de libertad" está por delante de las razones de oportunidad, aunque también ha reconocido que determinadas resoluciones, aunque sean acertadas, deben ser explicadas.

López ha hecho estas declaraciones en un desayuno con periodistas en el que se ha referido a la doctrina Parot y a la sentencia del Tribunal de Estrasburgo contraria a ella en el fallo sobre la citada etarra. En este contexto ha señalado que "los órganos judiciales están sometidos a principios que no pueden soslayar por razones de oportunidad".

"La Audiencia Nacional se ha encontrado con un mandato del Tribunal de Estrasburgo que ordenaba la inmediata libertad de una persona", ha señalado en relación con el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contrario a la doctrina Parot en el caso Inés del Río.

Y la Audiencia "hizo lo que creía que tenía que hacer en el tiempo para ello debido: todo lo demás es hablar del principio de oportunidad y el principio de la libertad está por delante", ha añadido este magistrado, nombrado para el Tribunal Constitucional por el Gobierno y exportavoz del Consejo General del Poder Judicial.

Aún así, ha añadido, "es necesario explicar algunas resoluciones que siendo acertadas no son entendidas, porque la sociedad tiene derecho a que se las expliquemos".



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