sábado, 29 de mayo de 2021

27 mayo 2021 (7) diariosigloXXI.com (opinión)

27 mayo 2021

 

La Audiencia Nacional denuncia que las víctimas del 17-A han sido las "grandes olvidadas" durante la investigación

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha recriminado a los jueces que se encargaron de investigar los atentados perpetrados el 17 de agosto de 2017 en Barcelona y Cambrils, que se saldaron con 16 personas fallecidas, que "las víctimas han sido las grandes olvidadas durante la instrucción", reivindicando que merecen tal reconocimiento, en su vertiente tanto económica como por el "esencial derecho a la memoria histórica".

Los magistrados de la Sección Tercera han lanzado este reproche en las más de mil páginas de la sentencia conocida este jueves sobre los atentados del 17-A, que condena a los tres acusados --Mohamed Houli Chemlal, Driss Oukabir y Said Ben Iazza-

- a penas de 53 años y 6 meses, 46 años y 8 años de cárcel, respectivamente, por delitos que no incluyen el de asesinato terrorista que reclamaban la Asociación de Víctimas del Terrorismo y la Asociación 11-M.

"En el presente sumario las víctimas, no obstante el amparo que merecen a la luz de la Ley 29/2011 (de Reconocimiento y Protección Integral a las víctimas de Terrorismo), han sido las grandes olvidadas durante la instrucción", han lamentado.

Para los firmantes del fallo, "independientemente de que el auto de procesamiento dictado respecto a los ahora enjuiciados no impute a los mismos los hechos acontecidos en Barcelona y Cambrils", por considerar que colaboraron en su preparación pero no participaron directamente en el ataque terrorista, "las víctimas merecen el reconocimiento de dicha condición".

A este respecto han recalcado que la consideración de víctima "conlleva, además del resarcimiento económico por vía administrativa, el todavía más esencial derecho a la memoria histórica". "Tienen derecho a conocer la verdad, por lo que tienen legitimación aun cuando no exista sanción penal al haber quedado extinguida la responsabilidad del o de los autores directos por su fallecimiento", han defendido.

Por ello, según han explicado, el tribunal ha tratado de mitigar este olvido reconociendo a las víctimas la legitimación para personarse y ejercitar las acciones penales y civiles, "otorgando así al menos su derecho a la verdad y el derecho a que se les tenga como 'víctimas del terrorismo' a todos los efectos comprendidos en la referida ley".

“Memoria, dignidad, justicia y verdad”

Los magistrados han reivindicado que "la justicia penal, dentro de los límites impuestos por la condición humana, comprende la respuesta a la acción delictiva mediante la atribución de responsabilidad criminal individualizada a los autores y partícipes, con la consiguiente sanción en su caso", pero también "el reconocimiento del dolor y del daño, casi siempre irreparables en su integridad, infligidos a las víctimas".

En concreto, han recordado que "la Ley 29/2011 proclama en su preámbulo que "memoria, dignidad, justicia y verdad son las ideas fuerza que fundamentan dicha ley, buscando en última instancia la reparación integral de la víctima del terrorismo, que lo son de violaciones de Derechos Humanos y a las que debe darse el merecido respeto, justicia y solidaridad".

Una instrucción caótica

Han cargado igualmente contra los instructores por la tramitación de las piezas separadas que se abrieron, una para fallecidos y otra para heridos, ya que --a su juicio-- "ha carecido de sistemática" hasta el punto de que ha impedido conocer "el verdadero número de personas lesionadas en los distintos escenarios" y determinar el alcance de los perjuicios sufridos, ya que "faltan informes periciales forenses, tanto de lesionados extranjeros, como de residentes en España".

"Los 30 tomos de la pieza de lesionados se han tramitado de forma meramente acumulativa de denuncias, partes médicos, etc, mezclándose los de las distintas víctimas, lo que se ha tratado de paliar por las acusaciones al formular sus conclusiones provisionales solicitando, muchas de ellas, pruebas periciales anticipadas", han señalado.

En el mismo tono se han referido a los daños materiales, respecto a los cuales "el olvido del juzgado ha sido absoluto" al no haber hecho "ningún ofrecimiento de acciones fuera del que se realizó por Mossos d'Esquadra en el atestado unido a la pieza de daños, ni se practicó tasación alguna".

Opinión:

Pues con toda sinceridad, no me gustaría estar en la piel de Fiscalía ni del Juez responsable de la instrucción del sumario… ni tampoco del Ministerio de Interior.

Me explico: la opinión del Tribunal de la Audiencia Nacional en relación a la labor desempeñada por ciertos estamentos del Estado podría ser el equivalente a una patada de Sergio Ramos en la boca o a una ostia de Mike Tyson con la mano abierta.

En mas de 33 años leyendo y estudiando sentencias no había leído nunca una reprobación a la labor de las administraciones competentes. Y jamás había tenido el placer de leer que la asistencia a las víctimas no ha sido la esperada ni la merecida. Es más, ahora queda claro que cuando en agosto de 2018 se me acusó desde el Ministerio de Interior de mentir al decir que la asistencia a las víctimas de los atentados de agosto de 2017 en Catalunya era absolutamente mejorable y que no se había realizado de la manera correcta ¿quien tenía la razón? ¿Me presento mañana con la sentencia ante las personas que decían que toda la asistencia había sido excelente? ¿Se lo digo al ministro Grande-Marlaska cuando en un encuentro me dijo que la asistencia era in-me-jo-ra-ble?

Pues eso. No me alegro de que las cosas se hayan hecho mal para tener la razón ante tantos años denunciando esta situación pero, sinceramente, es halagador apreciar que tras tantos años de pelea y de trabajo, tres jueces nos dan la razón a los pocos que nos atrevemos a denunciar las cosas y llamar a las por su nombre.

¿Irá de nuevo alguien de la Fundación de Víctimas del Terrorismo a la ONU a contar cuentos y milongas y decir que la española es la mejor asistencia del mundo a las víctimas del terrorismo?


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