lunes, 12 de mayo de 2014

12 mayo 2014 El Mundo del Siglo XXI (opinion)

12 mayo 2014



La violencia machista se indemniza 10 veces menos que la terrorista
Dos informes comparan leyes desde 1979 y señalan un 'trato contrario a la Constitución'




La indemnización del Estado a la familia de una mujer andaluza, casada, en paro y con dos hijos que muriese en atentado terrorista rondaría los 650.000 euros. La que se pagaría si esa persona falleciera por violencia de género rozaría los 57.000. Y es que la legislación indemniza la vida perdida o dañada una media de 10 veces menos (entre 6 y 16) si la causa es la violencia machista u otros delitos que si se trata de terrorismo.
El ejemplo y la conclusión pertenecen a dos estudios que han comparado toda la reglamentación española que en los últimos 30 años (desde el Real Decreto para víctimas de terrorismo de 1979 o el Reglamento de la ley de 2013, hasta la norma de indemnizaciones por delitos violentos de 1997 o la Ley contra la Violencia de Género de 2005) ha abordado las ayudas públicas que reciben las víctimas de las diferentes violencias.
El primero es Compensación a las víctimas de delitos violentos en España: distintos raseros, elaborado por María del Mar Daza Bonachela, abogada y experta en Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Granada, y María José Jiménez Díaz, profesora titular de Derecho Penal de esa universidad. El segundo, obra de Daza Bonachela, es Paralelismos entre terrorismo político y terrorismo machista e incorpora una equiparación conceptual entre violencia terrorista y machista para poder reclamar un mismo tratamiento legal.
«Al igual que el terrorismo, la violencia de género es directa, impacta en la memoria de la víctima, usa una amenaza creíble del uso de la violencia y persigue que las mujeres tengan miedo y sean relegadas al espacio privado. Los actos de violencia de género no se producen por causas individuales, sino porque los respalda la mayor organización de todas: el patriarcado, organización que tiene por objeto delimitar roles sociales por sexos», argumenta Daza.
Tras comparar la legislación sobre delitos violentos y terrorismo, las autoras sostienen que «la gran diferencia de tratamiento y valoración que las víctimas reciben en un programa o en otro puede ser contraria a la Constitución». Citan los artículos 1.1 y 9.2 y afirman que «esta desproporción vulnera el valor superior de igualdad que, según la Constitución, debe impregnar nuestro ordenamiento jurídico». La tesis final es que «se atienda equitativamente a todas las víctimas en función del daño recibido y sus necesidades», un sistema similar al del Reino Unido.
A la baja
La investigación señala que las ayudas por terrorismo incluyen indemnizaciones no limitadas por los ingresos de la víctima y exentas de impuesto personal, «pensiones extraordinarias de viudedad» y compensaciones extra de las leyes autonómicas (por ejemplo, un 30% en Andalucía), aportaciones estatales que la sentencia judicial puede aumentar pero nunca disminuir.
En cambio, las ayudas por las demás violencias se someten a un cálculo en función del Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, una figura que sustituye al Salario Mínimo Interprofesional en los cálculos que no afecten al mundo laboral) y a coeficientes correctores por hijos y situación económica, algo que puede rebajar la ayuda final hasta en un 30%. Según los estudios, en estos delitos la sentencia no cambia nada: si la cantidad que fija el juez es más alta que la que se deriva de los cálculos, éstos son los que priman.
El fallecimiento por acto terrorista tiene una indemnización mínima de 250.000 euros más otras cantidades por hijos. La sentencia máxima es de 500.000 euros, pero puede ser rebasada por las compensaciones. El sepelio lo sufraga el Estado hasta 6.000 euros. El asesinato por violencia de género tiene una ayuda máxima de 120 por el Iprem mensual (532,51 euros). O sea, 63.840 euros. A esa cantidad se le pueden aplicar a la baja coeficientes correctores. El entierro sólo se cubre si es de un menor. Y no podrá pasar de 2.660 euros.
La invalidez permanente puede ser absoluta, total o parcial. Si es por acto terrorista, oscila entre 75.000 euros y 180.000 más ayudas por dependientes o hijos. Y las sentencias pueden llegar a los 300.000 euros. Si es consecuencia del machismo y causa más del 33% de discapacidad, el dinero bascula entre 21.280 y 47.880.
Las lesiones no invalidantes por terrorismo se compensan con un baremo de ayudas por contingencias laborales y de accidentes de tráfico. Las sentencias pueden llegar a los 100.000 euros. Las lesiones por violencia de género -decenas de miles, según el CGPJ- no se indemnizan.
Las pensiones por terrorismo son de 1.596 euros al mes en 14 pagas vitalicias. Por violencia machista, nada. La Ley contra la Violencia de Género marca una ayuda a víctimas «no empleables» de 6, 12, 18 o 24 mensualidades por el 75% del Iprem: entre 2.532 y 9.408 euros. Pero no al mes, sino en una única paga.

Opinión:

Aunque me gustaría equivocarme, no creo que aparezca ninguna voz que se atreva a contradecir la información que publica hoy el diario El Mundo, información que, a todas luces, tergiversa la realidad. Y digo que la tergiversa porque en ningún momento he podido leer en este estudio que hay cientos de víctimas (cientos, no dos ni tres) de atentados anteriores a 1998 que tuvieron que esperar a ese año para recibir las indemnizaciones a las que resultan condenados los terroristas y a las que nunca hacen frente.
Casos como los de las víctimas de la extrema derecha, GRAPO o ETA anteriores a la entrada en vigor de esa ley que tuvieron que esperar 15, 20 o 25 años para recibir esas indemnizaciones que a todas luces eran exigüas… con un máximo de 23 millones de las antiguas pesetas aunque hubieran transcurrido lustros desde el asesinato y la consiguiente sentencia (si la había)…

Es muy curioso que ahora, cuando ETA ya no mata y está vencida, haya quien se dedica a hacer estos estudios… ¿por qué no se hicieron cuatro años atrás? ¿es que la legislación no era la misma? ¿por qué no explican que la nueva legislación de finales de 2013 revisa a la baja las indemnizaciones tanto por asesinato como por los diferentes grados de incapacidades?
Dicho esto, me queda el orgullo de decir bien alto y bien claro que el único que sacó este tema en la reunión del ¡¡¡ 20 de octubre de 2011 !!! fue un servidor y solamente obtuve el respaldo de la asociación “11M Afectados por Terrorismo”. El resto se dedicaron a increparme por el mero hecho de decir públicamente que los problemas del colectivo de víctimas (y de las víctimas anónimas especialmente) eran otros, pero jamás el económico… entre otras cosas porque el único que estuvo presente en las reuniones de 1998/1999 y de 2013 fue un servidor.
Los demás hablaban de oídas, sin haber movido un solo dedo nunca en beneficio de nadie, excepto de si mismos. El problema es que ciertos representantes de “las” víctimas solo tienen un discurso fundamentado en la supuesta problemática económica cuando los problemas de la mayoría de víctimas del terrorismo son otros, en especial el reconocimiento de las secuelas como consecuencia de atentado terrorista o las diferencias entre sufrir el atentado dentro o fuera de España por ejemplo…

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