22 diciembre 2014
El PP elude
con una reforma penal exprés el consenso antiterrorista
El PSOE acusa
al Gobierno de romper el pacto con 90 enmiendas al Código Penal que cambian la
regulación sin consulta previa ni informes y con trámite rápido
El Gobierno, a través del PP, cambiará toda la
regulación penal de los delitos de terrorismo. Lo hará mediante 90 enmiendas
que ha presentado al Código Penal que se estudia en el Congreso, sin consulta
previa al PSOE como es habitual en este asunto y para tramitarlas y aprobarlas
de forma exprés. Su propuesta unilateral cambia por completo la concepción de
la lucha penal contra el terrorismo al penalizar más comportamientos individuales
que los de grupo organizado y al tipificar la intención de formar parte más que
la comisión de hechos.
El PSOE considera que el
Gobierno del PP ha roto todos los consensos en la lucha contra el terrorismo al
haber presentado una propuesta de nueva regulación penal, sin consulta previa,
para aprobarla en solitario en las Cortes. El Grupo Popular lo aprobará sin
informes técnicos.
“De estas enmiendas no tenía conocimiento alguno ni
la dirección del PSOE ni la del Grupo Parlamentario, habiéndose presentado
rompiendo lo que ha sido una constante durante los últimos 30 años, y era la
consideración del terrorismo como cuestión de Estado, de manera que todo
Gobierno antes de presentar reformas en esta materia las hablaba con el partido
de la oposición, negociándolas en su caso y pactando el consenso, e incluso los
disensos”, asegura el ponente del PSOE en la reforma del Código Penal, Manuel
de la Rocha.
“Por primera vez en la democracia,
el Gobierno, el del PP, se salta esta regla de oro y actúa unilateralmente, lo
que de por sí es grave”, explica el diputado socialista. Estas enmiendas serán
tramitadas a toda prisa, de forma que se abordarán en una reunión de la
ponencia prevista para el 8 de enero, para que salga del Congreso tras el pleno
convocado para el 20 de ese mes. El PP explica que pretende buscar acuerdos en
ponencia y Comisión. Pero está dispuesto a ir solo, como con la ley de
seguridad ciudadana.
El proyecto de Código Penal ha
estado bloqueado en el Congreso durante más de un año y, sin embargo, las
enmiendas a este capítulo esencial se presentan ahora. Pese a ser uno de los
capítulos que prevé penas más altas y que exige mayor sensibilidad para no
afectar a derechos, el Gobierno ha vuelto a legislar al margen de los órganos
institucionales que emiten informes preceptivos aunque no vinculantes. El Consejo
General del Poder Judicial, el Consejo de Estado y el Consejo Fiscal ya
emitieron informes en su momento sobre el anteproyecto que hizo el anterior
ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, pero sin tener en cuenta,
lógicamente, las 90 enmiendas que presenta ahora el Gobierno a través del PP.
Ese proyecto de ley dio lugar en el
Congreso a comparecencias de varias docenas de expertos en derecho penal, pero
tampoco pudieron valorar las intenciones del Gobierno para los delitos de
terrorismo, más allá de la crítica a la prisión permanente revisable prevista
para conductas muy graves. “En cuanto al contenido, el Gobierno da la vuelta al
modo como aborda el Código, hasta ahora, esta cuestión, que parte de la
consideración de las organizaciones y grupos terroristas, con un artículo casi
final referido a los terroristas que actúan sin pertenecer a una de ellas. En
las enmiendas presentadas, esto último es el centro de toda la regulación y la
pertenencia a una organización una cuestión marginal. Probablemente en razón
del fenómeno yihadista. Nosotros estamos estudiándolas para analizarlas y en su
caso negociarlas, si el Gobierno se deja”, explica De la Rocha.
Se refiere a que la regulación cambia para eliminar
la exigencia de banda armada y dirigirse a nuevos fenómenos terroristas como el
del yihadismo en el que la actuación es individual y se va más allá tipificando
la intención, el solo hecho de entrar en contacto con esos grupos o estar en
disposición de ser captado. La justificación de una de las enmiendas del PP
asegura que se dirige a “quien ha mostrado su disposición a cometerlos o
colabore con un grupo que conspire para cometerlos o haya iniciado preparativos
para ello o bien, colabora. No con un grupo, sino con un individuo que va a
cometer el delito terrorista”. Respecto a otro artículo el PP asegura que “se
tipifica la recepción de entrenamiento (adiestramiento pasivo). La regulación
incluye la recepción de adiestramiento por cualquier vía, incluido Internet, y
se desvincula de la intención de cometer un delito posteriormente, para evitar
problemas probatorios”. Es decir, la enmienda castiga con entre uno y ocho años
a quien consulte páginas en las que se incite a incorporarse a una organización
terrorista. El PSOE lamenta que una regulación tan delicada por los medios de
prueba y exigencia de voluntariedad no se someta a informes jurídicos previos.
Según el PP, esa regulación se inspira en la
legislación de Estados Unidos, concretamente, en el artículo 2339 del Código
Penal de ese país y “tiene por finalidad adaptar la regulación en materia de
terrorismo a las nuevas formas de terrorismo de tipo yihadista”. En las dos
reuniones de la ponencia sobre el Código Penal se ha puesto de manifiesto la
dificultad de llegar a un acuerdo con el PP, por el rechazo de todos los grupos
al calendario impuesto por el Gobierno y a puntos concretos como el de la
prisión permanente revisable o la sustitución de las faltas por delitos menos
graves o sanciones administrativas. El Gobierno solo ha renunciado a las
medidas de seguridad posteriores a la condena que tenían carácter indefinido y,
por tanto, suponían condena a perpetuidad.
La oposición, además, pone en relación estas
propuestas para el Código Penal con otras regulaciones del Gobierno como la Ley de Seguridad Ciudadana que
absorbe con sanciones administrativas parte de las faltas y el anteproyecto de
Ley de Enjuiciamiento Criminal que se encuentra ya en fase de informes. De este
último destacan el artículo que amplía a “circunstancias graves” sin mayor
definición la posibilidad de que el ministro del Interior lleve a cabo escuchas
e intervenciones telefónicas sin orden judicial previa.
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz,
asegura que ese artículo ha sido propuesto a Justicia para hacer frente a
delitos cometidos en la Red,
especialmente los relacionados con tramas de pedofilia y pornografía infantil
en los que los hechos ocurren de forma instantánea, sin tiempo a solicitar
orden judicial.
Dos propuestas legales polémicas de
Interior
Enmienda al Código Penal. Artículo 573 bis: “Será castigado con una pena de prisión de uno a ocho
años quien consulte habitualmente uno o varios servicios de comunicación
accesibles al público en línea o adquiera o tenga en su poder documentos que
estén dirigidos o, por su contenido, resulten idóneos para incitar a otros o
reforzar la decisión adoptada de incorporarse a una organización o grupo
terrorista, a un grupo que conspirase para cometer alguno de los delitos del
artículo 571 (los de terrorismo) o que hubiera iniciado preparativos para ello,
o de colaborar con cualquiera de ellos o con sus fines”.
Anteproyecto de Ley de
Enjuiciamiento Criminal. “En caso de urgencia,
cuando las investigaciones se realicen para la averiguación de delitos
cometidos en el seno de organizaciones criminales, delitos de terrorismo,
delitos contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente y
otros delitos que, en virtud de las circunstancias del caso puedan ser
considerados de especial gravedad, y existan razones fundadas que hagan
imprescindible la intervención de comunicaciones, el ministro del Interior
podrá acordar la medida de investigación pertinente. En el plazo máximo de 24
horas lo comunicará al juez”.
Legislar sin informes técnicos
El Gobierno de Mariano Rajoy ha utilizado
reiteradamente la vía de las enmiendas a proyectos de ley en trámite en el
Congreso para legislar sobre asuntos trascendentes, en ocasiones vinculados a
derechos fundamentales. Evita de esta forma los informes preceptivos técnicos
en los que pueden recibir sugerencias o críticas y elude también la polémica
del debate y la controversia.
Así lo hace con el capítulo de
terrorismo del Código Penal, con 90 enmiendas tramitadas a toda prisa, y
recientemente lo hizo con la legalización en la ley de seguridad ciudadana de
las devoluciones en caliente de inmigrantes que saltan la valla de Ceuta o
Melilla. En ese caso lo hizo con una enmienda que se incluyó en una disposición
final en el último momento.
También se eliminó con esta forma
de legislar la Justicia
universal con una enmienda a otra ley y, antes del verano, lo repitió con el
aforamiento de toda la
Familia Real, tras la abdicación del rey Juan Carlos.
Hace un mes lo hizo de nuevo para
matizar con una enmienda la entrada en vigor de la ley que traspone la decisión
europea que ha supuesto la excarcelación de etarras. Pretendía el Gobierno
frenar así las excarcelaciones y está a la espera de la decisión del Tribunal
Supremo.
En breve, enviará el Gobierno el
proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial a las Cortes sin pedir informes
técnicos porque ya los pidió hace meses para el anteproyecto de Alberto
Ruiz-Gallardón que ha quedado ahora en una reforma muy parcial. Es decir, no
tiene nada que ver el proyecto que remita ahora con el texto sometido en su
momento a estudio técnico en el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder
Judicial y el Consejo Fiscal.
Es legal esta forma de legislar,
pero la oposición entiende que es un fraude de ley, porque omite esa exposición
pública que supone garantías sobre el contenido. En la mayoría de los casos
citados es aún más problemático porque se refiere a leyes que afectan a
derechos fundamentales y, por tanto, serán sometidas a escrutinio futuro en
recursos ante el Tribunal Constitucional, pero cuando ya estén sobradamente en
vigor