03 diciembre 2014
Los magistrados de la Audiencia Nacional no se ponen de
acuerdo sobre si las penas cumplidas en Francia por miembros de ETA deben ser descontadas del
cumplimiento de las condenas en España en aplicación de la normativa de la Unión Europea.
Mientras que los jueces de la Sección Primera de lo Penal han decidido hoy
descontar a cuatro históricos de la banda terrorista -Alberto Plazaola, Rafael Caride
Simón; Santiago Arrospide Sarasola, Santi Potros y Francisco Mujika Garmendia, Pakito- el tiempo que pasaron en prisión en
Francia, la Sección
Segunda ha optado por lo contrario. Esta sala, presidida por
Concepción Espejel, ha denegado al etarra Iñaki Bilbao Beaskoetxea, Iñaki
de Lemona, la acumulación de las condenas, lo que implica un
acortamiento de su estancia en prisión. Esta discrepancia, que deriva de la
decisión del Pleno de la Sala
de lo Penal de la Audiencia
de dejar que fueran las secciones y no el propio Pleno las que decidieran sobre
la acumulación, supone que será el Tribunal Supremo el encargado de zanjar la
cuestión.
La acumulación de las penas por
delitos similares deriva de una decisión marco de la Unión Europea de
julio de 2008. Esta normativa comunitaria no fue incorporada a la legislación
española hasta el pasado 13 de noviembre, aunque no entra en vigor hasta este
miércoles 3 de diciembre por la llamada vacatio legis (el tiempo entre la publicación de la
ley y su eficacia jurídica). En virtud de la norma europea, el pasado 24 de
noviembre salió de la cárcel la etarra arrepentida Carmen Gisasola, al
descontarse los 10 años de cárcel que pasó en Francia por asociación de
malhechores. Esta decisión tiene que ver también con una sentencia del Tribunal
Supremo que obligó a la
Audiencia Nacional el pasado marzo a revisar la condena
impuesta a la pareja de Gisasola, el etarra José Luis Urrusolo Sistiaga.
Por este motivo, a Alberto Plazaola
se beneficia de un descuento de siete años. Rafael Caride Simón, coautor del
atentado más sangriento de la banda, el coche bomba contra el Hipercor de
Barcelona con 21 muertos en julio de 1987, descuenta una pena de seis años.
Santi Potros, jefe de la banda en los años más duros, abona una pena en Francia
de diez años, los mismos cumplidos por Pakito. El tribunal pide un nuevo
cálculo sobre las sentencias a Instituciones Penitenciarias, para que la
fiscalía se pronuncie sobre la acumulación.
El criterio de la Sección Segunda de
lo Penal de la
Audiencia Nacional es distinto. La sala presidida por
Concepción Espejel rechaza aplicar el abono de las tres condenas a Iñaki Bilbao
en Francia, que suman 16 años. La sala, con el voto particular discrepante del
magistrado José Ricardo de Prada, considera, de acuerdo con el ministerio
fiscal, que las decisiones marco comunitarias no traspuestas al derecho nacional
–lo que no se produce hasta el miércoles 3 de diciembre- no tienen efecto
directo. En cualquier caso, el tribunal recuerda que la ley que entra en vigor
este miércoles dispone que “en ningún caso” serán tenidas en cuenta para la
acumulación las condenas dictadas por un tribunal de otro Estado miembro de la UE “con anterioridad al 15 de
agosto de 2010” .
El tribunal afirma además que los
hechos por los que fue condenado Bilbao en España sucedieron “con bastante
anterioridad” a ser dictadas las sentencias francesas, concretamente entre seis
y doce años antes. Este desfase cronológico “desdibuja”, según la sala
presidida por Espejel, el “requisito de conexidad” que hubiera permitido
acumular las condenas impuestas en Francia a Iñaki Bilbao a las penas españolas.
Opinión:
Me remito a lo que ya escribí
ayer y he comentado con mas de 30 víctimas desde ayer por la tarde y con varios
medios de comunicación.
Es un acuerdo político entre los
Ministerios de España y Francia y, por tanto, si los políticos hacen las leyes
los jueces están obligados a cumplirlas y hacerlas cumplir.
Por esta razón entiendo que
deberían ser ESTOS políticos, los que han sido responsables de este acuerdo,
los que deberían “dar la cara” y aparecer en los medios de comunicación para
explicar su decisión a la opinión pública. Aunque dudo que lo hagan porque
jamás he visto a uno solo atreverse a tal labor informativa.
En cuanto a las explicaciones que
las víctimas afectadas por los atentados terroristas cometidos por estos
individuos, entiendo que deberían ser las Oficinas de Atención a las Víctimas
del Terrorismo (o del Delito) dependientes del Gobierno Central o autonómico
las que debrían haber informado de este tema. Parece una broma que se esté
moviendo este tema desde hace muchos meses y nadie haya tomado la decisión de
informar (nos) a los afectados. Lo mismo pienso de la labor que deberían
efectuar las asociaciones correspondientes. De las Fundaciones no espero nada
ya que, por lógica, solo trabajan para la víctima a la que representan.
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