martes, 9 de diciembre de 2014

06 diciembre 2014 vozpopuli.com (opinión)

06 diciembre 2014



El final de la violencia terrorista

Interior ignora el número real de muertos por ETA: sus estadísticas reflejan 26 asesinatos en el limbo





Un informe del Gobierno vasco revela que cinco años y medio después del último crimen de la banda ninguna Administración conoce la cifra exacta de víctimas mortales. Incluso el Ministerio muestra en su web oficial dos cantidades dispares.
Más de cinco años después de que ETA cometiera su último atentado mortal en España, el que costó la vida a dos guardias civiles en Palma en el verano de 2009, la cifra definitiva de víctimas mortales de la banda terrorista sigue siendo un misterio. Un informe del Gobierno vasco hecho público este viernes detalla que, según las fuentes que se consulten, esta cifra varía entre los 829 y los 858, y que ni el Ministerio del Interior tiene claro el número exacto. De hecho, la web del departamento que dirige Jorge Fernández Díaz recoge dos cantidades diferentes en su web con una diferencia de nada menos que 28 víctimas mortales. El ejecutivo de Iñigo Urkullu ha dado ahora la suya, 849, que tampoco coincide con las conocidas hasta ahora.

El documento, elaborado en el marco del Plan de Paz y Convivencia puesto en marcha por el Gobierno vasco para la "clarificación del pasado", analiza al detalle todos los crímenes cometidos entre 1960 y 2014 por ETA y los grupos de extrema derecha dentro de lo que denominan "caso vasco". Su objetivo: conocer cuántos de los mismos se encuentran sin esclarecer. En total, cifra en 927 todos ellos, de los cuales 849 habrían sido perpetrados por la organización terrorista. No obstante, el estudio reconoce que esta cifa no coincide con la que manejan ni el Ministerio del Interior ni las principales asociaciones de víctimas, e, incluso, ni con los estudios realizados hasta ahora y que se han plasmado en dos libros, Vidas rotas y La derrota de ETA: de la primera a la última víctima.

Así, señala que el Ministerio del Interior "consigna en su página web 1.380 víctimas mortales entre 1960 y 2014, de las que 829 fueron provocadas or ETA". Sin embargo, dentro del mismo departamento, la Dirección General de Apoyo a Víctimas de Terrorismo modifica estas cifras y detalla que las víctimas ocasionadas por la organización terrorista fueron 843, a las que suma otras 12 perpetradas "por el radicalismo afín a la banda". En total, 855 fallecidos. Un informe del mismo organismo elaborado en 2010, con motivo de la presidencia española de UE, elevaba incluso un poco esta cifra hasta los 856 muertos.

El incendio del Hotel Corona de Aragón 

La confusión es mayor, según los autores del informe del Gobierno vasco, porque el listado de Interior incluye a 64 de las 78 personas fallecidas en el incendio del Hotel Corona de Aragón el 12 de julio de 1979. En el documento dado a conocer ahora, se resalta que "lo sucedido nunca quedó demostrado ni aclarado totalmente" y que la Audiencia Nacional dictó un auto en 1980 afirmando que no había quedado acreditado que el suceso [...] tuviera carácter terrorista". Los hechos fueron sobreseídos en 1982, aunque en abril de 2013 el juez Fernando Andreu reabrió la causa y pidió un informe a la Policía para determinar si ETA estaba detrás. Los agentes le informaron que "ningún nuevo dato" avalaba dicha hipótesis y el magistrado dio carpetazo al asunto en julio del año pasado.

Tampoco las cifras manejadas por las asociaciones de víctimas sirven para concretar el número exacto de fallecidos a manos de ETA. Así, la Fundación de Víctimas del Terrorismo atribuye a la organización terrorista 829, idéntica a la más baja del Ministerio del Interior. Por su parte, el Colectivo de Víctimas del Terrorismo en el País Vasco (COVITE) eleva esta cifra a 858, la más alta de todas, mientras la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) "no incluye una estadística en su web", señalan los autores del nuevo informe del Gobierno vasco. En total, números situados en una horquilla cercana a la treintena de asesinatos.

Por ello, el estudio hace una análisis de lo que denomina "casos controvertidos". En total, identifica 44, que van desde es que es considerada primera víctima de la banda, la niña Begoña Urroz, muerta el 28 de junio de 1960, hasta una muerte mucho más reciente, la de Ambrosio Fernández, acaecida en marzo de 2007. Así, los autores del documento señalan que pese a que el fallecimiento de la menor fue reconocido oficialmente por Interior como cometido de ETA, "una reciente investigación permitió localizar en mayo de 2013 un informe policial de 1961 que atribuye la responsabilidad del mismo al Directorio Revolucionario Ibérico de Liberación (DRIL)". Por ello, los autores del nuevo informe no lo encuadran entre las víctimas de la banda armada, sino en el listado de "atentados de autoría desconocida y otros".

De ETA al BVE

Las discrepancias entre los listados de Interior, el nuevo del Gobierno vasco, los de las asociaciones de víctimas y los recogidos en los dos estudios convertidos en libros son, en algunos casos, muy llamativas. Así, el departamento de Fernández Díaz no incluye en su relación oficial de víctimas al policía Valentín Godoy, muerto en junio de 1977 en un atentado que entonces reivindicó el desconocido grupo Doble G (Gazte Gudaroste-Ejército Joven). Sin embargo, en 2005 el Consejo de Ministro ascendió a este agente a oficial como víctima del terrorismo. También claras diferencias hay a la hora de adjudicar la muerte del taxista Martín Merquelanz, ocurrida en mayo de 1978. Interior y las asociaciones de víctimas señalan a ETA, mientras que la familia de la víctima y el Ejecutivo de Urkullu apuntan hacia el Batallón Vasco Español (BVE).

Algo similar ocurre con el asesinato de Juan José Lopategi, supuesto militante de ETA fallecido de un disparo en la cabeza en la localidad francesa de Anglet en agosto de 1979. El departamento de Fernández Díaz se lo atribuye a la propia organización terrorista, mientras COVITE y el Gobierno vasco señalan al BVE. La AVT ni siquiera alude a él en sus listados. Parecida situación se plantea con José Antonio Cardosa, cartero de profesión que murió al estallar un paquete bomba dirigido a un militante de la extinta Herri Batasuna (HB). La autoría del crimen nunca fue aclarada pese a que el juez Baltasar Garzón investigó la posible mano de los GAL tras ella. No obstante, Interior lo incluye como víctima de ETA; COVITE se lo adjudica a la 'guerra sucia', y la Fundación de Víctimas del Terrorismo y la AVT ni lo mencionan. El nuevo informe del Ejecutivo de Urkullu ha optado por incorporarlo a su lista de "víctimas de autoría desconocida y otros".

El documento desglosa de igual modo el resto de los 44 "casos controvertidos" y, en algunas ocasiones, incluso destaca que ni los autores del informe se pusieron de acuerdo sobre a qué grupo terrorista había que adjudicar la autoría de la muerte. Es el caso, precisamente, del más reciente de los fallecidos sobre el que hay dudas, Ambrosio Fernández. Este anciano falleció en 3 de marzo de 2007, dos meses después de que un grupo de jóvenes de la 'kale borroka' lanzaran bombas incendiarias contra un cajero situado bajo su domicilio, en la localidad guipuzcoana de Mondragón. El anciano fue desalojado por el incendio posterior y días después fue ingresado en la UCI de un hospital. Un médico certificó que lo sucedido aquella noche había provocado un empeoramiento de la salud del anciano y su posterior muerte. Por ello, Interior lo incluye en su relación de víctimas de ETA. El informe, pese a la discrepancia de algunos de sus autores, no lo hace.

Hoy es posible encontrar en la página web del Ministerio dos cifras diferentes de víctimas de ETA: 829 y 855. Un informe anterior de la Dirección de Apoyo a las Víctimas daba una tercera: 856

El informe del Gobierno vasco analiza 44 "casos controvertidos" de asesinatos cuya autoría es adjudicada a bandas diferentes por el Ministerio, las asociaciones de víctimas y el propio Ejecutivo de Urkullu  

Interior ignora en su listado a un policía asesinado en 1977 a quien, sin embargo, el Gobierno reconoció oficialmente como víctima del terrorismo en 2005

Opinión:

Interesantísimo y muy completo reportaje de Oscar Lopez Fonseca, quien tiene la valentía de adentrarse en ese submundo de las contradicciones existentes en la cuestión de “las” víctimas del terrorismo y que algunos ya hemos planteado en alguna ocasión, en defensa de la dignidad de "las" verdaderas víctimas anónimas. Y digo contradicciones, exponiéndolas de manera esquemática.

1)    La Fundación de Víctimas del Terrorismo no es una asociación, sino el ente que engloba a las numerosas asociaciones de víctimas existentes. Es, de hecho, una creación de la ANTIGUA Asociación de Víctimas del Terrorismo del año 2000 de la que tiempo después se apropió el Gobierno español, llegando con el paso de los años ha ver tergiversada su función inicial. Como una prueba mas, espero ver el próximo número de su revista para ver si se atreven a denunciar a los verdaderos responsables del último desaguisado legislativo o, como siempre, seguirá siendo lo que es desde hace años: un órgano de publicidad partidista.
2)    La Fundación de Víctimas del Terrorismo no es una asociación, sino el ente que engloba a las numerosas fundaciones existentes a nombre de una sola víctima.
3)    Que el Ministerio de Interior no cuadre sus propias cifras no es de extrañar. De hecho, no se puede esperar exactitud de aquellos a los que no les interesa lo mas mínimo la información aportada por un servidor sobre una relación de decenas de nombres y apellidos de ciudadanos susceptibles de haber sido víctimas de atentados en Cataluña, tras el estudio presentado en diciembre de 2010 y que intenté, sin éxito, entregar al propio Ministerio en marzo del presente año. Si no les interesa localizar a posibles víctimas ¿cómo confiar en que tengan los datos exactos de las demás?
4)    En cuanto al tema de las víctimas que presentan las asociaciones, hay que tener en cuanta que cada entidad puede, según los estatutos de la propia asociación, aceptar como miembro a quien crea conveniente. Como consecuencia, el hecho de “pertenecer” como socio o miembro a una asociación de víctimas del terrorismo no es garantía de “ser” una víctima del terrorismo.
5)    Otra cuestión a comentar estriba en la situación en la que se encuentran muchas víctimas del terrorismo ya que pertenecen a varias asociaciones al mismo tiempo, lo cual hace imposible que los listados que se presenten desde diferentes asociaciones cuadren mínimamente con los listados oficiales. Si algún día el Ministerio de Interior se atreviera a cotejar esos datos se llevaría una desagradable sorpresa, incluso al descubrir que muchas personas que se hayan inscritas en asociaciones no cumplen un requisito imprescindible: tener su número de expediente abierto en el propio Ministerio. Duele decir esto pero si algún día se cotejaran esos datos habrían sorpresas que no gustarían a determinadas personas.
6)    En cuanto al tema del Hotel “Corona de Aragón” hay que recordar que las víctimas del mencionado suceso han sido indemnizadas por la Ley de Solidaridad de Víctimas del Terrorismo 32/1999. Conozco de primera mano la situación porque en 2000 tramité diversas solicitudes de indemnización al respecto de ese “suceso”. Por tanto, si fueron indemnizadas al amparo de la legislación aplicable a “víctimas del terrorismo” debe ser que fueron reconocidas en su momento como tales.
Resumiendo… no me extraña que las cifras no cuadren porque ni siquiera los responsables de la cuestión tienen claro quién es víctima del terrorismo. Según la legislación 32/1999… la definición mas aproximada sería 1) Las víctimas de actos de terrorismo o de hechos perpetrados por persona o personas integradas en bandas o grupos armados o que actuaran con la finalidad de alterar gravemente la paz y seguridad ciudadana... 2) En el supuesto de fallecimiento de las víctimas:
a) Las personas que hubiesen sido designadas derechohabientes en la correspondiente sentencia firme o sus herederos. b) Cuando no hubiera recaído sentencia, el cónyuge no separado legalmente o, en su caso, la persona que hubiera venido conviviendo con la víctima de forma permanente con análoga relación de afectividad a la del cónyuge, durante al menos los dos años anteriores al momento del fallecimiento, salvo que hubieran tenido descendencia en común, en cuyo caso, bastará la mera convivencia, y los herederos en línea recta descendente o ascendente hasta el segundo grado de parentesco.

¿Seguimos investigando?


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