08 noviembre 2022
Barrionuevo, ante un posible delito de enaltecimiento del terrorismo
Los GAL están prescritos, pero las palabras del exministro podrían constituir un caso de humillación a las víctimas
Las actividades de los GAL fueron juzgadas a finales de los 90 y hubo una condena que fue ratificada por el Tribunal Constitucional en 2001. Por tanto, las acciones en sí de este grupo se encuentran prescritas y resulta casi imposible que esta causa se pueda reabrir. Sin embargo, las declaraciones de José Barrionuevo abren la puerta a un procesamiento al exministro por un posible delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas.
Así lo entiende el catedrático de Derecho de la UPV/EHU Juanjo Álvarez, que desgrana a este diario los escenarios que se abren tras el terromoto desatado por las declaraciones de Barrionuevo.
“Barrionuevo reconoce en la entrevista su participación en dos delitos, el de Segundo Marey y el de Larretxea Goñi. Por el primero ya fue condenado y el segundo está prescrito”, explica Álvarez, que sí ve más plausible que se abra la vía de una imputación por enaltecimiento.
“Yo creo que, en base al Código Penal, hay un enaltecimiento del terrorismo, que es mucho más que una apología; hay un enaltecimiento y un claro delito de humillación a las víctimas. Porque Barrionuevo se vanagloria de secuestrar y también indirectamente de asesinar. Si hablas de una guerra, te estás vanagloriándose de asesinar a personas, y estas personas tienen familiares que viven y que se sienten humillados cuando alguien no solo no tiene un ápice de arrepentimiento, sino que está diciendo que lo que se hizo estuvo muy bien porque había un contexto de guerra”, argumenta el catedrático, que cree que existe la posibilidad de que la Fiscalía abra diligencias.
A su juicio, es lo que el Ministerio Público “debería hacer” para “evaluar luego si el alcance de esas manifestaciones pueden tener una dimensión punitiva”. Al contrario de las acciones de los GAL, ya prescritas, Álvarez observa que aquí se produce “un delito nuevo” que puede ser juzgado: “El enaltecimiento o la humillación se produce en el momento en que en una declaración estás dando cobertura y haciendo apología de una actuación terrorista violenta”.
Cree asimismo que José Barrionuevo debe ser investigado por una cuestión de “pura dignidad democrática y jurídica”. “Por menos se han abierto diligencias en otros casos. Es un delito de humillación no ya solo en la ausencia de autocrítica absoluta en sus palabras, sino en el decir que estuvo bien porque estamos en las trincheras y yo no voy a decir lo contrario a los que son los de mi lado. Yo creo que ahí cabe tratar de proponer que se investigue y se evalúe el alcance de estas manifestaciones”, argumenta.
En el caso de que finalmente la Fiscalía no actúe de oficio, parece bastante probable que se produzca alguna querella por parte de alguna asociación o de víctimas a título individual. “Si no se actúa de oficio, tanto una entidad como una víctima pueden instar a la Fiscalía a que actúe presentando una querella en el juzgado de guardia”, aclara el jurista.
Opinión:
La idea de una querella por parte de alguna asociación tendrá que depender de
algunas consideraciones. Para empezar, que los responsables de la misma tengan
catalogadas a las víctimas del GAL como víctimas del terrorismo. Lo digo
porque, por experiencia propia, he tenido varias discusiones con responsables (por
ejemplo, allá por 2009) de algunas entidades que ya decían en las reuniones que
manteníamos que no aceptarían como miembros a víctimas del GAL.
Y para seguir, porque presentar una querella representa un gasto económico bastante importante para muchas entidades a los que difícilmente podrán hacer frente.
Hay mas razones, pero me las guardo para más adelante,
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