lunes, 2 de noviembre de 2015

30 octubre 2015 (3) republica.com

30 octubre 2015 

Uno de los jueces que entra en el tribunal justificó el chivatazo a ETA en "un proceso de paz"

El magistrado de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada, uno de los dos jueces que entrará a formar parte del tribunal que juzgará el caso Gürtel tras la recusación de Concepción Espejel y Enrique López, defendió en abril de 2011 que el chivatazo a ETA que se produjo en el bar 'Faisán' en mayo de 2006 tenía "plena justificación" en el marco de "un proceso de negociación política o de un proceso de paz".

De Prada firmó un voto particular, en el que discrepaba de un auto dictado por sus compañeros de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal en el que se rechazaba retirar el delito de colaboración con organización terrorista que el juez Pablo Ruz imputó al ex director general de la Policía Víctor García Hidalgo, el jefe superior de la Policía del País Vasco Enrique Pamies y el inspector de Vitoria José María Ballesteros.
Según dejó escrito el magistrado, el chivatazo a la banda terrorista, por el que fueron condenados Pamies y Ballesteros a un año y medio de cárcel, “pertenece a un sector o lugar del ordenamiento jurídico distinto del estrictamente penal” que permite establecer “acercamientos con grupos terroristas para obtener el cese de su actividad”.
“Es en este plano, en el de posibles negociaciones políticas, donde se encuentran legitimados los gobiernos de los estados a disponer de un determinado ámbito de actuación en el que sin infringir normas jurídicas que impliquen una quiebra del Estado de Derecho les permitan llevar adelante acciones tendentes a obtener resultados que quedan indiscutiblemente bajo lo que son las obligaciones de todos los gobiernos”, señaló.
De igual modo, De Prada opinaba que los gobiernos están obligados a “la utilización de cuantos instrumentos políticos legítimos puedan existir desde la perspectiva de un estado social y democrático para la obtención de la pacificación y el fin de la lacra del terrorismo”.
Asimismo, insistía en que acciones como el chivatazo “encuentran plena justificación en otro sector o lugar del ordenamiento jurídico distinto del estrictamente penal, pero con necesarias repercusiones en éste”. “El mismo que permite y ha permitido históricamente establecer acercamientos y contactos propugnados desde diversos gobiernos democráticos en España y en otros países de nuestro entorno con grupos terroristas para obtener el cese de la actividad terrorista, es decir, de un proceso de negociación política o de un proceso de paz”, sostuvo.
“Actitud claudicante” de sus compañeros
El juez también criticó a sus compañeros de tribunal, Fernando García Nicolás (ya jubilado) y Julio de Diego (que juzgará junto á el y Ángel Hurtado el caso Gürtel), por haber realizado “un análisis sumamente simplista del conjunto de los hechos”, al tiempo que les acusó de “mantener una actitud claudicante” que permitía “la instrumentalización política interesada por parte de aquellos que están aplicados en hacerla”.
El voto particular de De Prada causó un fuerte malestar en el Partido Popular (PP) y dos de los principales sindicatos policiales, el SUP y la CEP. El entonces diputado Ignacio Gil Lázaro llegó a afirmar, en declaraciones a Europa Press, que sus argumentos eran “repugnantes”.
“Repugna escuchar a un juez decir ciertas cosas, el voto particular del magistrado De Prada produce inmenso estupor jurídico y ético y aún más su intento de deslegitimar la actuación de aquellos que desde la judicatura o el parlamento sólo pretendemos que se sepa la verdad y se sustancien las correspondientes responsabilidades penales y políticas”, aseguró.
De Prada, considerado progresista entre sus compañeros, fue uno de los tres magistrados de la Sala de lo Penal que en noviembre de 2008 discrepó de sus compañeros del Pleno y se opuso a apartar al juez Baltasar Garzón de la investigación que había abierto para investigar los crímenes que se produjeron durante la Guerra Civil y el franquismo.
En julio pasado también firmó otra resolución polémica al sostener en otro voto particular que una pintada a favor de la organización terrorista ETA puede no ser constitutiva de un delito de enaltecimiento del terrorismo si se trata de “un texto inacabado de contenido interpretable” y está escrita “en una pared de una casa de una calle no céntrica de una pequeña población”.

La pintada que, según De Prada, no merecía reproche penal ni ser castigada como delito de enaltecimiento del terrorismo, decía así: “Estamos orgullosos de vuestra lucha, viva vosotros, el pueblo está con vosotros”. Sus compañeros de tribunal condenaron al autor, de 21 años, a un año de cárcel.

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