miércoles, 17 de agosto de 2022

15 agost 2022 (9) Ara (entrevista)

15 agost 2022

 


El grueso de víctimas del 17-A descarta ir al Supremo para que se condenen los asesinatos

Alguna acusación particular sí que recurrirá la sentencia, pero el resto lo rechazan por la revictimización y el riesgo de tener que pagar las costas

La última sentencia de la Audiencia Nacional sobre los atentados de Barcelona y Cambrils de agosto del 2017 –que rechaza condenar a los dos supervivientes de la célula de Ripoll por los asesinatos y les rebaja la pena– ha caído como un cubo de agua fría entre las víctimas del 17-A, que arrastran cinco años de lucha, desgaste y revictimización en los tribunales. El pronunciamiento de apelación se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, pero la mayoría de los afectados no lo hará. Según fuentes judiciales consultadas por el ARA, tanto el grueso de la setentena de víctimas representadas por la Unidad de Atención a las Víctimas del Terrorismo (UAVAT), como la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo y la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que ejercían de acusación popular, no han dado el paso.

Esto no quiere decir, sin embargo, que el caso no llegue al alto tribunal. El padre del niño de Rubí asesinado en la Rambla, por ejemplo, sí que ha anunciado que continuará la batalla legal, y sus abogados, Jaume Alonso-Cuevillas y Agustí Carles, presentarán el recurso al Supremo de cara a septiembre. También lo hará el sindicato de los Mossos d'Esquadra USPAC, que representa a los agentes que intervinieron contra los terroristas.

Para las víctimas no hay ninguna duda de que se tendría que condenar a Driss Oukabir, Mohamed Houli Chemlal y Said Ben Iazza por los 16 asesinatos de Barcelona y Cambrils y por los centenares de heridos y afectados por los atentados y la explosión de Alcanar. Pero a la hora de decidir si iban o no al Supremo han pesado tres elementos más que han acabado decantando la balanza hacia el no: en primer lugar, la segunda sentencia de la Audiencia Nacional dejaba pocas rendijas, porque confirmaba todos los extremos del pronunciamiento de la sala que juzgó el caso. De aquí que los abogados vean prácticamente imposible conseguir modificar el relato de hechos probados que hace la resolución ni acreditar una vulneración flagrante de derechos o de la ley que permita sustentar el recurso de casación.

En segundo lugar, que el Supremo no les diera la razón implica el riesgo de una condena en costas que tendrían que asumir los que recurren. En tercer lugar, si el recurso prosperara, el procedimiento judicial continuaría abierto, cosa que impediría a las víctimas durante mucho tiempo abrir la vía civil para reclamar una indemnización por los daños sufridos. "No queremos contribuir a esta injusticia con las víctimas que o bien todavía no han sido reconocidas o bien no han recibido las indemnizaciones", dicen desde la asociación 11-M Afectados por el Terrorismo. La sentencia reconocía a 345 víctimas de los atentados, pero la UAVAT –que representa a 72– alerta que la mayoría (238) las representaba la Fiscalía y que en muchos de los casos se trata de personas que ni siquiera son conscientes de que la sentencia las legitima como víctimas. Y esto sin contar que pueden haber otros afectados por los ataques a quienes tampoco se incluyera ni en la investigación ni en el pronunciamiento judicial.

Priorizar la asistencia

Desde la UAVAT, Robert Manrique subraya que ha llegado el momento de "priorizar la asistencia a las víctimas" de una vez por todas, tanto en cuanto a las que están reconocidas por la sentencia como las que todavía no se han podido localizar. "Ojalá hubiéramos tenido más tiempo y más recursos para localizar a otras víctimas que no hemos encontrado", lamenta Manrique, que explica que seguirán trabajando en esta línea de investigación y critica que ni la Fiscalía ni el gobierno español se hayan preocupado en ningún momento de hacer esta tarea

La primera sentencia de la Audiencia Nacional recordaba que las víctimas han sido “las grandes olvidadas” de la investigación del 17-A y que aunque no se pueda responsabilizar a Driss Oukabir, Mohamed Houli Chemlal y Said Ben Iazza de los asesinatos y heridos de Barcelona, Cambrils y Alcanar, "merecían el reconocimiento de esta condición, la compensación económica que se pueda derivar, por la vía administrativa y el todavía más esencial derecho a la memoria histórica". "Tienen derecho a saber la verdad", decía.

Nuevo juicio por los atentados

En cambio, para las partes que sí que han decidido seguir con el procedimiento en el Supremo han pesado otros motivos. Para los mossos heridos representados por el sindicato USPAC es clave conseguir que se juzgue a los dos supervivientes de la célula de Ripoll por los atentados de la Rambla y de Cambrils. Por eso, en su recurso, al cual ha tenido acceso el ARA, piden que se anule la resolución que puso punto final a la investigación judicial del 17-A y que procesó a Oukabir y Chemlal únicamente como miembros de un grupo terrorista pero no por los asesinatos ni por las personas heridas en los ataques. En este sentido, el abogado José Antonio Bitos, que firma el recurso, considera que se ha vulnerado el derecho a una tutela judicial efectiva de sus clientes. El letrado critica que la sala de apelaciones de la Audiencia Nacional se negara a revisar esta resolución, teniendo en cuenta que "su función precisamente es revisora".

En el caso del padre del niño de Rubí asesinado en la Rambla, el objetivo es el mismo, conseguir una condena por los asesinatos para Oukabir y Chemlal y aclarar algunos de los puntos con más sombras de la investigación, como por ejemplo por qué no se controló debidamente la compra de los materiales precursores de explosivos que utilizaron los terroristas para fabricar el TATP que tenían almacenado en Alcanar y aclarar el papel del imán Abdelbaki es-Satty como confidente o informador del CNI. Los abogados Jaume Alonso Cuevillas y Agustí Carles formalizarán el recurso en septiembre, pero ya han anunciado que se basará en tres elementos: infracción de ley, rotura de forma y vulneración de derechos fundamentales.

 

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