07 diciembre 2015
A última hora de la tarde de ayer, la Guardia Civil no
había logrado localizar al que fuera jefe del aparato político de
ETA, Aitor Elizarán, después de que la Audiencia Nacional Carmen
Lamela ordenara que le localizaran y detuvieran.
El colectivo de apoyo a los presos
Etxerat publicó una foto del dirigente terrorista junto a una mujer,
ayer, en pleno centro de San Sebastián donde recibió un homenaje de los
proetarras.
A última hora de la tarde de ayer, la Guardia Civil no había logrado
localizar al que fuera jefe del aparato político de ETA, Aitor Elizarán. ¿El
motivo de las búsqueda? La juez de la Audiencia Nacional
Carmen Lamela había ordenado que le localizaran y detuvieran.
Y sin embargo, el asesino no se había ido muy lejos.
El colectivo de apoyo a los presos Etxerat publicó una foto del dirigente
terrorista junto a una mujer, ayer, en pleno centro de San Sebastián donde
recibió un homenaje
de los proetarras.
La preocupación de la Guardia Civil , no
obstante, es patente: saben que las primeras 72
horas son fundamentales si
se quiere evitar que un etarra desaparezc, aunque en este caso Elizarán sólo
deberá pasar por el juzgado con el fin de comunicarle su procesamiento por un
delito de lesa humanidad, tras lo cual será puesto en libertad por no pesar
sobre él la aplicación de ninguna medida cautelar.
El anterior titular del juzgado, Juan Pablo
González, dictó auto de procesamiento contra Elizarán y otros cuatro
exdirigentes de la banda el pasado 27 de octubre, sin acordar ninguna medida
cautelar. Sobre el etarra no pesaba ninguna orden de detención
ni se pidió informe alguno a la
Fiscalía que avalara la aplicación de este tipo de medidas.
El juez González acordó en esa fecha el
procesamiento por un delito de lesa humanidad a los dirigentes de ETA José
Antonio Urrutikoetxea Bengoetxea 'Josu Ternera', Garikoitz Aspiazu Rubina
'Txeroki', Mikel Karrera Sarobe 'Ata', Ángel Iriondo Yarza 'Barbas' y Aitor
Elizarán Aguilar como máximos responsables de los asesinatos cometidos por la
banda terrorista desde octubre de 2004.
Elizarán fue excarcelado
en Francia tras
cumplir su condena en
el penal parisino de Fleury Merogis, y expulsado a España el pasado viernes. Al no haber
ninguna orden de detención en su contra ni medidas cautelares en vigor quedó en
libertad tras ser trasladado a España por vía aérea y con escolta policial.
El juez de enlace con Francia, Javier Gómez
Bermúdez, ha desmentido que las autoridades francesas no hayan informado puntualmente de la excarcelación y expulsión
del etarra y ha asegurado que la
Fiscalía conocía su situación.
Cinco
millones de fianza
González requería en su auto a los cinco procesados
para que en el plazo de un día prestaran fianza
de forma solidaria por
dos millones de euros en el caso de Urrutikoetxea, cinco millones en el de
Aspiazu, siete en el de Karrera, seis en el de Iriondo y cinco en el de Elizarán.
Además, el titular del Juzgado Central de
Instrucción 3 acordaba la detención e ingreso en prisión de Urrutikoetxea,
'Josu Ternera', en paradero desconocido, para lo cual libra órdenes de
detención internacional y europea para lograr su extradición. Además, ordena
notificar la resolución a Aspiazu, Karrera e Iriondo y que se les tome
declaración, cosa que no hizo en el caso de Elizarán, que se encontraba aún
encarcelado en Francia.
En su resolución consideraba que estos cinco etarras
eran los máximos
responsables de la banda en el periodo investigado y,
por tanto, de los principales atentados cometidos por ETA con resultado de
muerte, entre ellos los asesinatos del exconcejal del PSE Isaías Carrasco, el
guardia civil Juan Manuel Piñuel, el brigada del Ejército Luis Conde, el
empresario Ignacio Uría, el inspector de Policía Eduardo Puelles y los guardias civiles
Carlos Enrique Sáenz de Tejada y Diego Salvá, además de los dos fallecidos en
el atentado de la T 4,
Carlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio.
Atentado de la T 4
El magistrado analizaba la responsabilidad de la
cúpula de la organización por los delitos cometidos en nombre de la misma y
aseguraba que en este caso "los máximos dirigentes de los aparatos
político y militar de ETA en el periodo investigado tuvieron conocimiento del
plan de los delitos cometidos durante su periodo de dirección, impartiendo a
los autores materiales las correspondientes instrucciones y habiendo podido
intervenir antes de la ejecución para evitar el resultado, lo que aparece con
alta probabilidad respecto de atentados de especial significación”.
Entre ellos, menciona
el de la T 4 de
Barajas, que puso fin a la tregua, el de Isaías Carrasco, días
antes de las elecciones, o el del empresario Uría, vinculado a las obras del
AVE, “que en modo alguno pudieron ser ejecutados sin que los
autores materiales recibieran órdenes concretas y precisas de los máximos
dirigentes de la organización terrorista”.
Concurren, por tanto, en opinión del juez, los
requisitos exigidos para considerar que se está ante un supuesto de autoría
mediata por dominio de la organización, por cuanto las órdenes se ejecutan sin
posibilidad de discusión por los autores materiales, que se limitan a
cumplirlas.
Por lo que se refiere a la calificación jurídica,
los hechos analizados, a juicio del magistrado, serían constitutivos de delito
de lesa humanidad del artículo 607 del Código Penal, que contempla la comisión
de delitos de asesinato, traslado forzoso y deportación, entre otros, cuando “dichos delitos de cometan
como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o
parte de ella y, en todo caso, si los hechos se cometen en razón de la
pertenencia de la víctimas a un grupo colectivo perseguido por razones
políticas, étnicas, religiosas".
"En este caso”, dice el juez, “éste es el elemento que los
convierte en crímenes contra la humanidad de los que serían autores los procesados” Aspiazu, con cinco muertes
alevosas, Urrutikoechea, con dos muertes, Iriondo, con seis muertes, Elizaran ,
con cinco muertes, y Karrera, con siete.
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