lunes, 14 de diciembre de 2020

12 diciembre 2020 noticiasdegipuzkoa.eus (opinión)

12 diciembre 2020 

 Mujika Garmendia queda en libertad tras 28 años en prisión

Pakito fue detenido en la operación contra la dirección de ETA en marzo de 192 en Bidart

Francisco Mujika Garmendia, Pakito, salió ayer de la cárcel aragonesa de Zuera tras 28 años de prisión después de que la Audiencia Nacional aceptara su recurso para la liquidación de su condena y adelantara su puesta en libertad en unos meses. Fuentes jurídicas señalaron que la primera liquidación de su condena fijaba su libertad en marzo de 2021, pero Mujika recurrió y en la nueva liquidación se le han computado los meses que había pasado en Francia como preso preventivo pendiente de ser extraditado.

Pakito fue uno de los máximos dirigentes de ETA hasta que fue detenido el 29 de marzo de 1992 en la operación de Bidart. Junto a Mujika Garmendia fueron arrestados José Luis Álvarez Santacristina, Txelis, supuesto ideólogo de ETA, y José María Arregi Erostarbe, Fitipaldi, responsable del aparato logístico. Los tres formaban el colectivo Artapalo.

Las fuerzas de seguridad atribuyeron a Mujika Garmendia la dirección del comando itinerante o comando Argala, al que las autoridades le imputaron 22 atentados que causaron 37 muertos.

El 18 de junio de 1993 el Tribunal Correccional de París le condenó por su responsabilidad en la organización del comando itinerante. El 19 de junio de 1997 fue condenado de nuevo por pertenencia a banda armada. En febrero de 2000 fue extraditado a España en relación con quince sumarios.

Desde entonces, ha sido condenado por la Audiencia Nacional en numerosas ocasiones. La mayor pena le fue impuesta en 2003 por la Audiencia Nacional (2.354 años de prisión) por el atentado cometido en 1987 contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza, en el que murieron 11 personas, entre ellas cinco niñas, atentado del que ayer, 11 de diciembre, se cumplieron precisamente 33 años.

Más traslados

Asimismo, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias acordó ayer el traslado de otros seis presos de ETA a las cárceles de Iruñea, El Dueso (Cantabria), Soria y Palencia. Así, José Carlos Apeztegia será llevado de Ocaña a Iruñea, Jesús María Altabe de Castellón a Soria, Jon Crespo Ortega de Murcia a Castellón, Juan María San Pedro Blanco de Herrera a Palencia, Ángel Mari Tellería de Estremera a El Dueso y Jon Etxeberria pasará de Castellón II a El Dueso.

 

Opinión:

 

Recuerdo como si fuera ahora mismo aquel 29 de marzo de 1992 y cómo recibimos en la sede de la antigua AVT la noticia de aquellas detenciones en Bidart. Desde el minuto uno empezamos a contactar con las víctimas que los atentados ordenados por aquella cúpula habían causado.

También seguimos con nuestro objetivo, iniciado tras el atentado en Vic de mayo de 1991, en cuanto a la modificación del Código Penal franquista de 1973. Y meses después, tras recoger más de 1.100.000 firmas en toda España, pudimos presentar la propuesta “A FAVOR DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDENAS IMPUESTAS  A LOS TERRORISTAS”.

Durante meses, unes pocas víctimas nos pateamos cada una de nuestras CCAA para recoger aquellas firmes, explicando a la inmensa mayoría de personas que desconocían la realidad judicial y la legislación que se aplicaba a los terroristes (y también al resto de delincuentes).

Cuando la gente se enteraba de que aquellas condenas a cientos o miles de años quedaban reducidas a 30 y CON BENEFICIOS penitenciarios la salida de prisión se producía a los 23, hacían largas colas para firmar. Pero, repito, antes había que explicar casi “persona a persona” en qué consistía aquel Código Penal franquista que ofrecía BENEFICIOS penitenciarios a los terroristas.

Había que explicar minuto a minuto que la legislación que se aplicaba era la vigente en el momento de la comisión de un delito porque la inmensa mayoría de ciudadanos no tenían ni idea de aquella realidad.

En 1995 conseguimos que se modificara el Código Penal (repito para no olvidarlo, Código Penal FRANQUISTA). Aquella modificación consiguió, pese a la continuidad de los 30 años como máxima condena, que al menos NO recibieran ningún tipo de beneficio y, por lo tanto, cumplieran los 30 años exactos.

Pero, cuidado... los terroristas que cometieron atentados antes de aquella modificación seguían disfrutando de la legislación vigente en el omento de la comisión del delito y, pr lo tanto, podían salir gracias a los BENEFICIOS en 23 años...

Resumiendo.

Si atentaron antes de 1995 y su condena superaba los 30 años, podían salir a los 23.

Si atentaron después de 1995 y su condena superaba los 30 años, saldrían a los 30.

Esa es la razón por la que el miembro de la cúpula de la banda terrorista ETA Francisco Mújika Garmendia alias “Pakito” ha podido salir , como tantos cientos que atentaron ANTES de 1995... aunque parezca increíble salen en libertad gracias al Código Penal FRANQUISTA de 1973....

Y ahora, que vengan los políticos a explicarle esto a “las” víctimas  y a “LOS” ciudadanos tal y como hicimos una veintena de víctimas (sí, no más de veinte) en aquella España de 1995. Pero no lo harán porque si lo hacen perderán esos argumentos en los que basan tantos objetivos electorales: conseguir que la masa ni piense ni se plantee nada. Conseguir que la masa continúe en el desconocimiento jurídico y legislativo que tantos millones de ciudadanos ya tenían en 1995.

Porque, no lo olvidemos, las leyes las hacen los políticos en un lugar llamado Congreso de los Diputados. Y, guste o no guste, los jueces están obligados a aplicarlas.

 

 

 

 

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