viernes, 8 de noviembre de 2019

05 noviembre 2019 (2) 20minutos (opinión)

05 noviembre 2019 


La AVT recurre que ACVOT lidere la acusación popular en la causa de los CDR
La Asociación de Víctimas del Terrorismo ha apelado ante la Sala de lo Penal.

La pugna por el liderazgo de la acusación popular en la causa en la que se investiga por terrorismo a siete integrantes de los Comités de Defensa de la República (CDR) llega a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional al recurrir la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) que sea la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT) la que represente a todas las acusaciones.
En un principio, el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón acordó la semana pasada en un auto que fuera la AVT la que llevara la batuta, decisión que revocó días después a favor de la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas al considerar que fue la primera en pedir su personación en este sumario.
Ahora la AVT, en un recurso, apela ante la Sala de lo Penal esta última resolución del juez, que se produjo al resolver un recurso de ACVOT contra la primera decisión de conceder a la AVT la dirección letrada de la acusación popular.
La AVT recuerda que presentó una querella contra uno de los investigados el 26 de septiembre "con la pretensión de personarse en el ejercicio de la acusación popular" tal y como ha venido realizando "en diversos procedimientos referidos a terrorismo", uno de los últimos, el de los atentados del 17-A en Cataluña.
Señala a este respecto que, si bien es cierto que ACVOT pidió personarse dos días antes, el 24 de septiembre, la AVT entiende que según la ley y lo establecido por numerosa jurisprudencia es necesario poner una querella para tener la condición de acusación.
De hecho, destaca que la propia Fiscalía, al informar sobre el recurso de ACVOT contra la concesión a la AVT del liderazgo de la acusación, admitió que hay “esporádicas resoluciones" que determinan como fundamental "la presentación de la querella, en el caso de procedimientos ya iniciados".
Sin embargo, el fiscal finalmente aceptó que la ACVOT se convirtiera "en primera acción popular" por la fecha en que pidió su personación y por "cierta afinidad geográfica".
Según la AVT, el artículo 270 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "establece que todos los ciudadanos españoles, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse, ejercitando la acción popular".
De ello deduce que el ejercicio de la acción popular "debe realizarse, necesariamente, mediante la interposición de una querella, sin que sea posible, a diferencia del acusador particular, su mera personación sin formulación de querella".
"Este argumento -observa- fue el seguido por el juzgado instructor en su primer auto siguiendo el informe inicial del Ministerio Fiscal donde si tuvo en cuenta la exigencia de la necesidad de presentar querella".
Además, "la parte dispositiva de la resolución recurrida dice que se tiene por admitida la querella y por personada a ACVOT cuando dicha asociación no ha presentado querella alguna".
A todo esto añade que cuando ACVOT pidió personarse "las actuaciones se encontraban declaradas secretas, en una fase incipiente donde no figuraba persona alguna con la condición procesal de investigados".
"Por tanto, siquiera puede entenderse que el procedimiento estuviera iniciado en el sentido de existir actividad procesal con intervención de todas las partes", destaca.
También reprocha al juez que no se le diera traslado del recurso de ACVOT, por lo que no pudo formular alegaciones al respecto, y si bien admite que la AVT no tenía aún la condición formal de personada en el procedimiento a la espera de cumplimentar la fianza requerida, "dado el objeto de la resolución recurrida y que nos afectaba de manera notoria, hubiera sido exigible que se nos diera traslado".
"No haberlo efectuado supone la vulneración del derecho de defensa de esta parte", sostiene.
La AVT critica además que se limite el ejercicio de la acusación popular al acordarse litigar todas bajo una sola representación y considera que supone "un cambio respecto de otros procedimientos donde se ha admitido la existencia de varias acusaciones populares".
"Sin ir más lejos, en el procedimiento por los atentados del 11 de marzo se admitieron varias acusaciones populares", así como en "el caso Faisán, caso Batasuna, caso PCTV, caso Red de Extorsión de ETA ", todo ello sin que haya supuesto "dilación alguna".
La AVT, que representa a más de 4.700 víctimas del terrorismo y familiares directos, 233 de ellos en Cataluña, "es la asociación de víctimas con más años de antigüedad y que se encuentra personada en multitud de procedimientos penales en esta Audiencia como acusación popular sin que creamos pueda haber queja o reproche alguno respecto a su actuación procesal que impida de poder intervenir en el procedimiento mediante su propia defensa", concluye.

Opinión:

Cuando en septiembre del 2009 cesé en mis actividades asistenciales en ACVOT no podía ni imaginar que 10 años después leería noticias como la que publica el diario 20minutos.
Quien me conoce sabe perfectamente que si tengo que ser partícipe o colaborar en temas en los que no estoy de acuerdo prefiero, incluso dejando de lado la cuestión económica, marcharme y punto. Asi lo hice en el año 2002 en AVT y en 2009 en ACVOT. Lo mismo hice cuando recibía ofertas desde alguna sigla o plataforma politica en 2006 y 2007.
Por estas razones, cuando leo que hay asociaciones de víctimas que se presentan como acusaciones en temas que pueden afectar a las opiniones de sus miembros, lo primero que pienso es en que deberían pedirnos la opinión antes de dar cualquier otro paso. Lejos quedan aquellos años en los que solo en un domicilio existía un teléfono fijo o, a lo sumo, también un extraño aparato llamado fax.
Ahora, con solo clikar una tecla, se puede hacer llegar la información vía e-mail a quien se desee, ya sea con o sin copia oculta... por no hablar de los grupos de “what’ up”.
Pero hay quien cree tener el derecho a, en nombre de un colectivo, tomar decisiones muy serias. Y por ese mismo derecho, hay quien se niega a que tomen decisiones en su nombre.
Pero que entre asociaciones lleguen a discutir quien lleva una dirección letrada, sinceramente, se escapa a mi comprensión.
¿O quizas  se trate de respaldos que no se ven a simple vista?

Por otra parte, la noticia habla de que la AVT representa a 233 víctimas del terrorismo en Catalunya. Sin ánimo de buscar la polémica ¿podrían informarnos a cuántas víctimas han visitado o asistido desde el año 2003 en Cataluña? Estaría muy bien saberlo....



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