jueves, 28 de julio de 2022

27 julio 2022 (7) Comunicado sentencia apelación (opinión)

27 julio 2022


 

Escrito de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo sobre la Sentencia de Apelación del juicio 17-A

Madrid, 26 de julio de 2022

Después de haber analizado detenidamente la Sentencia de Apelación de fecha 13 de julio de 2022, que, en lo fundamental mantiene la Sentencia de mayo de 2021 con algunas modificaciones, y considerando que recurrir al Tribunal Supremo no tiene visos de prosperar por falta de nuevos argumentos jurídicos, nuestra decisión es no recurrir la Sentencia de Apelación, ya que además de no conseguir más beneficios que los hasta ahora conseguidos para las víctimas, puede darse el hecho de que las víctimas queden perjudicadas porque al recurrir no podrán recibir las indemnizaciones correspondientes hasta que la sentencia no sea firme y además puede que sea devuelta a la Audiencia con lo que una nueva sentencia puede que sea más perjudicial que la actual.

Tres son los motivos que nos han llevado a tomar esta decisión:

1.- Los requisitos de un recurso de casación hacen que su naturaleza sea extremadamente rigurosa y se exige que concurran motivos de casación tasados en la Ley. De ahí que sea prácticamente imposible la modificación de los hechos probados o que deba existir una vulneración flagrante de preceptos constitucionales o de infracción de Ley. Ya la Sección Tercera y ahora la Sala de Apelación han confirmado los hechos probados y su valoración jurídica, que, aunque no la compartimos, hacen muy difícil una modificación vía recurso de casación.

Seguimos pensando que Driss Oukabir y Mohamed Houli Chemlal debieron ser juzgados y condenados como cooperador necesario el primero y como cómplice el segundo de los atentados de Ramblas y Cambrils. Pero todo se torció con el tantas veces denunciado Auto de Procesamiento del Juez instructor, que hizo suyo la Sección Tercera y ahora asume la Sala de Apelación. Es ahora muy difícil que el Tribunal Supremo se aparte de ese criterio.

2.- Los motivos de un eventual recurso de casación se basarían exclusivamente en esta cuestión, es decir la responsabilidad penal por asesinatos y lesiones terroristas de Driss Oukabir y Houli Chemlal. La posible nulidad del Auto de apertura de juicio oral al no incluir los asesinatos y la expulsión de nuestras pretensiones de condenas, ya en Sentencia, sin valorar las abundantes pruebas en su contra que permitían sostener esta acusación.

Como la Sala Segunda del Tribunal Supremo no puede llevar a cabo esa condena, en el caso que estimara los motivos, se nos presentaría un escenario no deseado, que es retrotraer las actuaciones al momento de dictar Sentencia por la Sección Tercera, para que dictara nueva Sentencia contra la que cabría nuevo Recurso de Apelación y contra la sentencia de apelación, nuevo recurso de casación, lo que dilataría en años la firmeza de la Sentencia y el cobro de las indemnizaciones a las víctimas reconocidas en Sentencia y que aún no las han percibido porque el Ministerio del Interior dice esperar la firmeza de la Sentencia para proceder.

3.- Creemos que las víctimas no salen perjudicadas por esta difícil decisión. Al contrario,

no hubiéramos dudado ni un minuto si creyéramos que el recurso de casación les beneficiaría. Una eventual estimación sólo les afectaría en saber que Driss y Houli cumplirían prisión permanente revisable, pero no a su reconocimiento como víctimas del terrorismo ni a las cuantías de las indemnizaciones, que deberían aún esperar varios años más. Y no queremos contribuir a esa injusticia con las víctimas que o bien no están reconocidas o bien no han percibido sus indemnizaciones.

Finalmente, estamos convencidos de que se ha hecho un gran trabajo por tod@s los quede una u otra forma estamos participando en esta larga tarea. Y que queda mucho por hacer, pero ya en otros órganos jurisdiccionales.

Un fuerte y cordial abrazo,

JUNTA DIRECTIVA ASOCIACIÓN 11-M AFECTADOS TERRORISMO

Opinión:

Como mucha gente ya conoce, la colaboración de varios miembros de la UAVAT y la Asociación “11-M Afectados por Terrorismo” se remonta alos atentados de marzo de 2004. No entraré en detalles al respecto pero en este mismo blog ya se han presentado explicaciones y argumentos que confirman esta colaboración. Baste decir que el mismo 18 de agosto de 2017 a las 09.05 de la mañana Pilar Manjón contactó con quien esto escribe para ofrecerse a colaborar en la asistencia jurídico-penal de cualquier víctima que pudiera contactar tanto con Sara Bosch como conmigo… ¿debió ser por la confianza labrada en tantos años de trabajo conjunto? Seguramente… lo que nadie podía ni siquiera imaginar es que llegaríamos a realizar la labor que, hasta la fecha, estamos realizando porque era fácil suponer que, o bien la administración competente (Ministerio de Interior) o bien alguna de las tropecientas asociaciones de víctimas existentes ya haría esa labor…

Pero ante la pasividad o la indiferencia de tanta gente que dice trabajar por “las” víctimas del terrorismo, se presentó la UAVAT en febrero de 2018 y aquel ofrecimiento de Pilar Manjón y su equipo todavía continuaba en pie, lo cual motivó que el área penal de la Asociación “11-M Afectados por Terrorismo” procediera a representar a las primeras 72 víctimas que la UAVAT ya había localizado en sus primeros meses de existencia… dándose la circunstancia de que ninguna otra asociación ni fundación ni nada similar había tomado tal decisión en cuanto a localizar y asesorar a las víctimas que pudieran necesitar ayuda y asistencia integral.

Por ello, los compañeros de la Asociación “11-M Afectados por Terrorismo” representan en el proceso penal a los usuarios de la UAVAT y por ello publico la decisión tomada en relación a la sentencia del Tribunal de Apelación…

¿Qué porqué desde la Asociación "11-M Afectados por Terrorismo" no contactaron con ninguna asociación existente antes que la creación de la UAVAT? Prefiero no responder a la pregunta por lo obvio de la respuesta.

 

 

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