02 junio 2014
La Audiencia rechaza que el asesinato por el que Bolinaga está en prisión esté prescrito
Esta consideración la realiza la sección segunda de la Sala Penal de la Audiencia Nacional en el auto por el que confirma la prisión provisional de Javier Ugarte, rechazando el recurso de la defensa, tal como solicitaron tanto el fiscal como la acción popular, ejercida por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT). En concreto, la resolución destaca que es «razonable que se haya considerado –por el juez instructor de esta causa, Ismael Moreno– con efectos interruptores de la prescripción de este procedimiento la investigación llevada en otro procedimiento».
Junto a ello, la Sala destaca que la prisión acordada por esta causa es «acertada», con independencia de que Ugarte se encuentre cumpliendo otra condena. Pero, además, los magistrados resaltan que acordar su libertad por este procedimiento podría ser incluso «perjudicial para el etarra», ya que, en ese caso, se cerraría cualquier posibilidad a refundir las penas.
De esta forma, sostiene la AVT , el hecho de que el juez Moreno no hubiese dictado resolución judicial en ese procedimiento, no supone que no se hubiesen llevado a cabo determinadas diligencias para esclarecer ese atentado, lo que rompe la prescripción. Además, considera que la prisión de los tres acusados no sólo es necesaria sino «imprescindible», dada la gravedad de los hechos y las penas que llevan aparejadas.
Opinión:
Lo que siempre he dicho y mantengo. Si la legislación otorga derechos a los delincuentes también les impone obligaciones. Si tiene que volver a prisión, es lo que hay...
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