25 septiembre 2015
Escepticismo
ante el acercamiento de presos de
ETA a cárceles vascas
Los abogados de los reclusos se preparan para llegar
hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos previendo una negativa del
tribunal español.
Si las máquinas de apuestas incluyesen temas
judiciales, la cita de este viernes en la Audiencia Nacional
tendría un clarísimo favorito. Siguiendo lo marcado por la ley, el pleno de la Sección Primera de
este tribunal se reunirá para analizar las peticiones individuales realizadas
por 13 presos de ETA que reclaman el acercamiento a la cárcel de Zaballa, en
Vitoria. Son las primeras, pero habrá muchas más. De esta manera, los reclusos
buscan algo que, de momento, parece imposible: un cambio en la política
penitenciaria del Gobierno, lo que supondría el fin de la dispersión
carcelaria.
Estos recursos forman parte de la estrategia trazada
por el denominado Colectivo de Presos Políticos Vascos (EPPK, por sus siglas en euskera), que en
diciembre de 2013 realizó una histórica declaración en la que reconocía “con
toda sinceridad el sufrimiento y daño multilateral generados” y aceptaba que el
“proceso de vuelta a casa” ─en el que situaban de “manera
prioritaria” el traslado a cárceles vascas─ se efectuase “utilizando
cauces legales, aun cuando ello conlleve implícitamente la aceptación de nuestra
condena”.
A partir de entonces, los presos de ETA y de otras
organizaciones de la izquierda abertzale iniciaron el largo recorrido judicial
para tratar de conseguir el cese de la política de dispersión, una medida de
excepción que se impone únicamente a los reclusos condenados por delitos de
terrorismo desde hace ya 25 años. Según datos de este colectivo, en la
actualidad hay 334 presos en cárceles españolas. De ellos, sólo cuatro están en
Euskadi, mientras que los restantes 330 se encuentren alejados del País Vasco.
En aproximadamente 80 casos, las distancias rondan entre los 800 y
los mil kilómetros.
En una primera instancia, 320 presos de este colectivo presentaron recursos individualizados antela
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que
respondió de manera negativa a todas las demandas. Cerca de 30 de ellos
recurrieron entonces al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, donde presentaron
sendas quejas por “vulneración de derechos fundamentales”. Allí también
recibieron un no rotundo por parte del juez de Vigilancia Penitenciaria, José
Luis Castro, quien argumentó que la dispersión no atenta contra ninguno de sus
derechos.
En una primera instancia, 320 presos de este colectivo presentaron recursos individualizados ante
Sin
esperanzas
Ahora
es el turno de la
Sección Primera Audiencia Nacional, donde ya están los
primeros trece recursos. A pesar de que aún no se conoce la resolución que
adoptará este tribunal, en el entorno de los reclusos se niegan a creer en los
milagros. “Estamos ante un debate crucial, pero no tenemos muchas esperanzas”,
indicó a Público el
portavoz de Etxerat –asociación de familiares de presos de ETA-, Urtzi
Errazkin. “Sabemos que la puesta en marcha de la dispersión fue una decisión
política, por lo que su final también lo será”, remarca.
Si estos pronósticos se confirman, los presos
abertzales seguirán su trayecto judicial en el Tribunal Constitucional, aunque
las verdaderas expectativas están a unos 1.600 kilómetros
de Madrid: una vez fracasados los intentos en España, los reclusos tienen
previsto recurrir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en
Estrasburgo. No en vano, fue allí donde en octubre de 2013 se decretó la
anulación del alargamiento de condenas que se aplicaba gracias a la Doctrina Parot.
“Presunción
de inocencia”
En los
recursos que este viernes serán estudiados por la Audiencia Nacional ,
los abogados de los reclusos vascos insisten en la “vulneración de derechos”
que provoca la dispersión, al tiempo que advierten que la propia ley
penitenciaria española reconoce que los presos deben estar en prisiones
cercanas a sus lugares de domicilio. Además, consideran que existe un
“chantaje” contra sus defendidos y remarcan que distintas instituciones vascas
–entre las que figura el Parlamento Vasco- ya se han pronunciado a favor del
reagrupamiento.
“Hay otro dato importante: la
dispersión se está aplicando a presos preventivos, no a gente condenada. De
esta manera, se viola la presunción de inocencia”, indicó a Público el abogado
Iñaki Goioaga, uno de los encargados de la defensa jurídica de este colectivo.
“Tenemos el caso de Idoia Zamakona, una mujer que estuvo cuatro años presa en
la cárcel de Algeciras y posteriormente, cuando se celebró el juicio, fue
absuelta”, subrayó.
Con esos antecedentes, Goioaga no
ocultó su “escepticismo” ante lo que pueda ocurrir este viernes en la Sección Primera de
la Audiencia ,
al tiempo que confirmó la intención de los presos de llegar, si es necesario,
hasta Estrasburgo. Cree que entonces, y sólo entonces, habría ciertas
esperanzas de terminar con la política de dispersión. “Ya existen al menos dos
resoluciones del TEDH contra el alejamiento de presos en dos estados europeos”,
recordó. El abogado se refiere a las sentencias dictadas contra Rusia y Ucrania
por las medidas de dispersión que habían aplicado contra tres reclusos, quienes
tuvieron que ser trasladados a cárceles próximas a sus hogares. De momento,
España sigue siendo una excepción.
Opinión:
Cuando se instauró la normativa de la
dispersión de los miembros de ETA en diferentes cárceles del Estado dije que me
parecía una buena idea, además de ser una idea basada en la legislación. Años
después, cuando algún alto dirigente político decidió acercar a algunos de los
miembros de la banda terrorista a sus “lugares de origen” ya dije que era una
decisión ajusta a derecho y no tenía nada que objetar, que lo importante era
que cumplieran su condena sin importarme en qué cárcel lo hicieran.
Ahora estamos en un momento en el que
ciertos miembros de ETA han mostrado su arrepentimiento e incluso reconocido el
dolor causado y si por ello deben ser acercados, tampoco me importa.
Solo exijo que cumplan hasta el último día
de condena que les corresponda, ya sea con el Código Penal de 1973 o el de
1995... y de momento está siendo así, pese a que haya quien se queje de que las
condenas son cortas.
Evidentemente que a título personal podrán
parecer (nos) cortas pero son las que marca la legislación. El problema es que
hay mucha gente (víctima o no víctima) que hablan de esas condenas sin haberse
leído ni por casualidad los Códigos Penales.
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