01 febrero 2023
El juez ordena realizar un exámen psiquiátrico a Yassine Kajaal para determinar si es inimputable
Las pruebas deberán practicarse con consentimiento previo del detenido
Actuó provocando -consciente e intencionadamente- el mayor daño posible y manteniendo el control de la situación
Según el magistrado, "lleva a cabo su acción en nombre del fenómeno yihadista, al que tantos se adhieren de forma remota"
El juez Joaquín Gadea que investiga el ataque cometido el pasado miércoles en Algeciras en el que fue asesinado un sacristán y heridas varias personas, ha acordado que se proceda a la exploración forense del presunto yihadista en prisión por estos hechos, Yassin Kanjaa a los efectos de informar sobre su imputabilidad.
En un auto notificado este martes por la mañana, el magistrado indica que ese reconocimiento se hará con pleno respeto al derecho de defensa del detenido y con su previo consentimiento. Para ello el juez oficia a la clínica forense de la Audiencia Nacional para que dos médicos realicen un examen psiquiátrico al investigado.
En su resolución , el magistrado acuerda una serie de diligencias como solicitar también la remisión del informe médico forense de la autopsia realizada al sacristán asesinado y la citación como testigos de 16 personas, entre ellas las que resultaron heridas en el ataque del pasado miércoles en Algeciras, a quienes se les realizará el ofrecimiento de acciones como perjudicados.
Este lunes ordenó el ingreso provisional comunicada y sin fianza para el marroquí de 25 años pero ha pasado la noche en los calabozos, sin llegar a entrar en ningún centro penitenciario. Había tenido problemas en Marruecos, donde había recibido tratamiento por problemas mentalesya.
"Dirigió sus ataques tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que, para él, no siguen los preceptos del Corán", señala el auto. Entró en la iglesia de San Isidro, a pocos metros de la casa okupada en la que el joven residía, gritando en nombre de Alá y proclamas a favor del Islam.
Después regresó vestido con una chilaba negra y un machete en la mano y se dirigió hacia unos objetivos claros, con la intención de acuchillarlos. Al no conseguirlo, continuó su recorrido, sin detenerse ni importarle que los viandantes pudieran verle o grabarle.
El magistrado le atribuye los delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas recogidos en el artículo 573 del Código Penal. Podría ser condenado a prisión permanente revisable. Ahora deberán realizarle una valoración para determinar si debe permanecer en un centro penitenciario ordinario o en uno psiquiátrico, como el de Fontcalent (Alicante) o el de Sevilla.
Ataque yihadista
Los indicios recopilados por los investigadores de los Servicios Antiterroristas de la Policía Nacional lo califican como un ataque yihadista. Aún así, no tenía antecedentes penales ni figuraba en las listas de ciudadanos considerados peligrosos. Ni siquiera se había visto inmerso en ningún tipo de altercado o incidente que hubiera ocasionado algún tipo de actuación, tal y como se refiere en el informe que han remitido al juzgado.
Lobo solitario
Yassine actuó solo y el ataque no fue dirigido por otras personas.No ha reivindicado su pertenencia a ninguna organización o grupo terrorista. Los investigadores basan su informe en la declaración de los testigos y el análisis de las redes sociales del detenido.
Han volcado parte del contenido de su teléfono para estudiar qué tipo de contenidos consumía y le sirvieron para autodoctrinarse ideológicamente de forma 'express' y que ha terminado con la comisión de acciones violentas contra otras personas provocando -consciente e intencionadamente- el mayor daño posible y manteniendo en todo momento el control de la situación.
El instructor hace constar que en las dos declaraciones que ha prestado -ante la policía y en el juzgado- es capaz de reproducir en esencia los aspectos más importantes de su acció, salvo algunas contradicciones sobre elementos periféricos del relato.
"La conducta del investigado fue consciente y tiene definidos sus objetivos, teniendo la opción de causar unos daños mayores, focaliza su acción concretamente sobre los sujetos a quienes ataca, a los que elige de forma deliberada. La primera de ellas contra los sacerdotes, reconociendo que su intención era matar a todos los sacerdotes que se encontraban en la iglesia. Y en segundo lugar centra su ataque contra un marroquí al que considera infiel, al creer que no practicaba la auténtica religión y al que agredió con intención de matarle", recoge el escrito.
El magistrado considera, desde la provisionalidad de este momento procesal, que el detenido se identifica con un perfil de terrorista autoadoctrinado que actúa de modo individual no vinculado directamente con una organización terrorista en concreto pero que, en definitiva, lleva a cabo su acción en nombre del fenómeno yihadista al que tantos se adhieren de forma remota, generando un ataque violento que causa terror en la sociedad y desestabiliza la paz social.
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