08 febrero 2023
Las víctimas de ETA creen que se reabrirán otros 55 asesinatos tras no prescribir el de Blanco
Entre los crímenes que podrían verse afectados figuran los de Isidro Jiménez Dual, Manuel Zamarreño o José Francisco Querol
La Audiencia Nacional ha rechazado que el asesinato de Miguel Ángel Blanco en 1997 pueda considerarse prescrito. Lo ha hecho en una resolución que desestima el recurso del ex número uno de ETA Ignacio Gracia Arregui, Iñaki de Rentería, que alegaba que cuando el año pasado se le imputó por ordenar la muerte del concejal popular ya habían transcurrido los 20 años de prescripción vigentes en el momento del secuestro y asesinato.
El extenso auto de la Sección Cuarta, del que ha sido ponente el magistrado Fermín Echarri, profundiza en la aplicación de la prescripción y expone razonamientos que van más allá del caso de Iñaki de Rentería. Lo sostenido en la resolución apoya también que pueda llevarse a juicio al resto de dirigentes de ETA imputados en la causa y que se consideren aún perseguibles otros atentados de la banda terrorista que se daban por prescritos. La decisión supone un revés para el fiscal general del Estado. Siendo jefe de la Secretaría Técnica, Álvaro García Ortiz impuso la tesis de que los hechos estaban prescritos. Lo hizo frente al criterio del fiscal del caso, Vicente González Mota, que interpretaba que el asesinato aún era perseguible.
El fiscal jefe de la Audiencia, Jesús Alonso, secundó a la Fiscalía General e impuso el criterio a González Mota, que acabó apartándose del caso. En las posteriores comparecencias de los jefes etarras imputados pro ordenar el asesinato, el nuevo fiscal rechazó pedir medidas cautelares y anticipó que el asunto se consideraría prescrito en el momento oportuno.
El pasado mes de julio, a raíz de una querella de Dignidad y Justicia, el juez Manuel García Castellón reabrió el caso e imputó a los jefes etarras Javier Arizcuren Ruiz, Kantauri; Miguel Albisu Iriarte, Mikel Antza, y María Soledad Iparraguire, Anboto, por secuestro y asesinato terrorista. Consideró responsable de los hechos también a Iñaki de Rentería, si bien en su caso declaró los delitos prescritos.
El juez instructor corrigió esa decisión inicial por motivos procesales, valorando que ni era el momento de acordar la prescripción ni él era el competente para hacerlo. El jefe etarra recurrió para pedir a la Sala de lo Penal que decretara la prescripción. El tribunal lo ha rechazado con rotundidad. La resolución firmada por Echarri, Juan Francisco Martel y Carmen Paloma González Pastor niega que se trate, como sostenía la defensa de Iñaki de Rentería, de un caso tan claro de prescripción que permita acordarla de inmediato.
Al contrario: «La decisión acerca de la prescripción de los hechos no solo no es clara y diáfana en los términos exigidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, sino todo lo contrario, al existir posturas antagónicas y enfrentadas». Argumenta que, conforme a resoluciones anteriores del Pleno de la Audiencia, debe interpretarse que cuando en 2010 la ley consideró imprescriptibles los asesinatos terroristas, todos aquellos que aún no estaban prescritos ya no lo estarían. Entre ellos el de Blanco. «Para obtener las ventajas que otorga la prescripción, habrá que ganarla primero», dicen los magistrados.
El auto también recuerda que la ley no exige poner nombre y apellido al imputado para estimar que se interrumpe la prescripción respecto a él. Cuando se actúa dentro de organizaciones delictivas, basta ofrecer datos que permitan concretar posteriormente la identidad. Esta interpretación «perfectamente legítima», dice el auto, facilita perseguir a los autores de delitos cometidos por organizaciones terroristas. Los magistrados cierran su resolución afirmando que «dada la trascendencia de la cuestión suscitada (la prescripción), no puede ser sustraída al órgano enjuiciador en cualesquiera de las decisiones que al respecto pudiera adoptar, incluso a instancias superiores». Es decir, que la posible prescripción deberá estudiarla más adelante el tribunal de la Audiencia Nacional que celebre el juicio e incluso pronunciarse posteriormente el Tribunal Supremo.
El asesinato de Blanco no ha prescrito
La Audiencia contradice a la Fiscalía y afirma que se puede seguir investigando. El auto que rechaza declarar prescrito el asesinato de Miguel Ángel Blanco tendrá repercusión en otras investigaciones abiertas en la Audiencia Nacional. El criterio de considerar imprescriptible todo lo que no hubiera prescrito ya en 2010 – cuando la ley declaró que los asesinatos terroristas podrían perseguirse siempre – puede afectar a 55 asesinatos sin resolver.
Ese es el cálculo que hace la Asociación Dignidad y Justicia, cuya querella reactivó el caso de Blanco y que se opuso a declarar ese atentado como prescrito. Conforme al auto referido al concejal de Ermua, no prescribirían los asesinatos cometidos a partir del 24 de diciembre de 1990. Es decir, 20 años antes de la entrada en vigor en 2010 de la reforma que introducía la imprescriptibilidad.
En primero que aparece en la lista es el asesinato el 9 de enero de 1991, en Bilbao, de Isidro Jiménez Dual en Bilbao, vendedor ambulante al que ETA atribuían la venta de drogas. Aparece también otro concejal popular como Blanco. Se trata de Manuel Zamarreño, que se hizo edil de Rentería después de que mataran a un amigo concejal. Él murió en mayo de 1998.
Otro asesinato sin resolver que está entre los 55 es el del magistrado del Tribunal Supremo José Francisco Querol. El caso guarda paralelismos con el de Blanco. También en este caso la Audiencia ha abierto una investigación contra la cúpula de ETA de octubre de 2000, cuando se produjo el atentado en Madrid. El juez Santiago Pedraz imputó a 11 dirigentes terroristas. El conductor y el escolta del magistrado también fallecieron.
Tampoco el asesinato de otro juez, José María Lidón, se ha resuelto todavía. Sucedió el 7 de noviembre de 2001 en Guetxo (Bilbao). La lista la cierran los últimos dos asesinados por ETA, dos guardias civiles de Palma de Mallorca. Murieron el 30 de julio de 2009, por lo que conforme a la ley en vigor entonces el delito prescribiría en 2029. Con la interpretación reflejada en el auto de ayer sobre Blanco, no prescribirá nunca. 55 asesinatos impunes que no prescribirán La tesis del ' caso Blanco' permitiría perseguir sin límite los últimos atentados de ETA En el Congreso. El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, comunicó al Congreso cuando se sometió al examen para su nombramiento que llevaría a la Junta de Fiscales de Sala el debate sobre la prescripción en la causa del concejal de Ermua Miguel Ángel Blanco.
Esperando a la Sala
El asunto llegó a estar en el orden del día de la Junta que reúne a la cúpula de la carrera. Finalmente se aplazó, a la espera de la decisión de la Sala de lo Penal. La decisión ya está y es contraria a la que sostenía el fiscal general. JUNTA DE FISCALES 1997 El secuestro. ETA raptó al concejal ' popular' de Ermua el 10 de julio de ese año. El día 13 apareció con 2 tiros en la cabeza.
Opinión:
Todos los delitos deben ser investigados hasta el final. Hasta que, a ser posible, se localice a los denominados presuntos autores, se les juzgue y si hay pruebas, se les condene.
Pero de todos los delitos. Y por ello también, de todos los atentados.
Y en la palabra “todos” no estaría de más que también se incluyeran los atentados anteriores a 1990. Y en esos atentados estarían incluidos todas las víctimas que figuran en el listado que aporté a la Subdirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo en marzo de 2014 y que merecieron las siguientes palabras, textuales: “Quien quiera algo que venga a vernos”. Luego ya debería explicar lo que sucedió después con la “promesa” de trabajar para encontrarlas pero lo dejo para otro día…
Al menos, la “Fundación Internacional Olof Palme” lo intentó.
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