El Supremo avala la excarcelación de etarras tras
el fallo de Estrasburgo contra la 'doctrina Parot'
El pleno de la
sala penal pide al Gobierno que regule "con claridad y precisión" la
aplicación de la sentencia del tribunal europeo
El pleno de la sala penal
del Tribunal Supremo ha avalado la excarcelación de presos
etarras como consecuencia de la aplicación de la reciente anulación de la
llamada 'doctrina Parot' por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con
sede en Estrasburgo. Los magistrados han adoptado este acuerdo por 12 votos a
favor y cuatro en contra. Los togados han decidido que los etarras y los presos
peligrosos vuelvan al sistema anterior que existía antes de que este tribunal
acordara la 'doctrina Parot' en el 2006. Es decir, que los beneficios
penitenciarios del Código Penal de 1973 se apliquen sobre un máximo de 30 años.
Asimismo, el alto tribunal ha
decidido dejar en manos de la Audiencia Nacional y de las Audiencias
Provinciales la excarcelación de los etarras y de los reos peligrosos. De este
modo, avala la decisión tomada por la Audiencia el pasado viernes que liberó a nueve
etarras tras ordenar la excarcelación de Inés del Río, cuyo
recurso fue admitido por el tribunal de Estrasburgo, en el que se declaró nula
la aplicación retroactiva de la 'doctrina Parot', y Juan Manuel Piriz.
En cualquier caso, el Tribunal
Supremo ha pedido al Gobierno que "regule con la necesaria claridad y
precisión el cauce procesal adecuado" para que se introduzca en el
ordenamiento jurídico español la doctrina del tribunal europeo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario