El final de la violencia terrorista
Bronca de Marlaska a Fiscalía por
recurrir los permisos a los presos etarras arrepentidos
Autoriza la
salida de la cárcel durante 6 días de un condenado por el atentado de Hipercor
vapuleando los argumentos utilizados por el Ministerio Público para oponerse a
ella.
La paciencia tiene un límite y la de los tres jueces de la Sección
Primera de la Sala
de lo Penal de la Audiencia Nacional
está a punto de alcanzarlo. Así se desprende del auto que este tribunal,
encabezado por el magistrado Fernando Grande Marlaska, ha
redactado para dar su visto bueno a un permiso penitenciario a Rafael Caride Simón preso de ETA condenado a 790 años de cárcel por el atentado de Hipercor. En el escrito, Marlaska y sus dos compañeros, Javier
Martínez Lázaro y Ramón
Sáez Valcárcel, no sólo rechazan el recurso que había
presentado la Fiscalía
para impedir la salida de prisión del etarra arrepentido, sino que vapulean
los argumentos esgrimidos por
ésta. El documento, al que ha tenido acceso Vozpópuli, critica implícitamente la decisión
del Ministerio Público de oponerse de modo sistemático al que los internos de la banda acogidos a la llamada "Vía Nanclares" disfruten de beneficios penitenciario aún cuando
cumplen todos los requisitos que impone
la ley.
El tribunal presidido por Marlaska recuerda a la Fiscalía que ya en anteriores
ocasiones ha fallado en el mismo sentido en casos similares
En
el auto, fechado el pasado 16 de septiembre aunque no se ha conocido hasta
ahora, los tres magistrados echan por tierra uno tras otros los cuatro argumentos que la Fiscalía había esgrimido
para negarse a la concesión del permiso. En concreto, el Ministerio Público
aseguraba que el etarra no tenía cumplidas tres cuartas partes de su condena,
que no colaboraba con la
Justicia , que el pago que había hecho de la responsabilidad
civil a la que fue condenado era "simbólico" y que "no
consta el perdón de las víctimas". Cuatro razones que los
jueces rechazan de plano en su escrito. Así, aseguran que el etarra está clasificado
en segundo grado penitenciario y que, por tanto, con que "haya
cumplido la cuarta parte de la condena" y "observe
buena conducta" puede
acceder a permisos ordinarios de salida.
En
este sentido, el tribunal destaca que los informes de la Junta de Tratamiento de la
prisión donde cumple condena son muy favorables después de que desde 2010 el
terrorista arrepentido haya manifestado de modo reiterado su
rechazo a la violencia de ETA y
haya reconocido "el daño causado por sus delitos y el
dolor infligido a las víctimas". Además, recalca que
participa "en talleres de reflexión" sobre
el terrorismo y "ha intervenido en programas de reparación con víctimas de
ETA". En concreto, en dos encuentros "restaurativos" con sendos
heridos en el atentado de Hipercor, Los jueces incluso destacan
como ejemplo de su reinserción que está ingresado en los llamados "módulos de respeto" de la prisión, reservados a los
reclusos con mejor comportamiento entre rejas.
Colaborador con la
Justicia
El
auto también rechaza que Caride Simón no colabore con la Justicia , como asegura la Fiscalía , y recuerda que "en
el expediente consta que ha declarado como testigo las veces que ha sido
llamado". También considera infundado que el resarciendo
económico que ha hecho hasta ahora a las víctimas sea meramente simbólico, ya
que los tres magistrados consideran que su situación, tras permanecer de manera
ininterrumpida en prisión desde finales de febrero de 1993,
no le permite hacer otra cosa que pequeños pagos. De hecho, recalcan que fue el
propio etarra quien "solicitó que se detrajera de su peculio
[dinero con el que cuentan los presos para sus gastos dentro de la cárcel] una
cantidad mensual" para
hacer frente a dicha responsabilidad.
La Audiencia Nacional destaca que Caride Simón ha participado en dos "encuentros restaurativos" con sendas víctimas de sus atentados
Finalmente,
el escrito de los tres jueces de la Sección Primera destaca que el perdón o no de las
víctimas "no depende del condenado",
sino que "es un acto graciable" de aquella. Por lo tanto, recalcan
quelo que "importa es la actitud
del condenado" a
la hora de concederle permisos carcelarios. En este sentido, insisten que, como
ya se sabe, Caride Simón "ha
admitido sus delitos y el daño irrogado con sus actos, ha
asumido su responsabilidad y solicitado perdón". Por todo ello, los
magistrados fallan desestimar en recurso de apelación que había interpuesto la Fiscalía contra el
permiso de seis días que le había concedido el pasado mes de junio el juez
central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis de Castro.
El
tribunal acompaña la decisión con una observación directa la Ministerio Público :
"Una vez concedidos diez permisos
por este tribunal y el juez, el Centro [penitenciario] deberá
asumir el criterio de la autoridad judicial y normalizar la situación del interno
en cuanto a disfrute de permisos por la cuota legal semestral que le
corresponde hasta la progresión de grado, en su caso, sin
dar lugar a nuevas quejas y recursos". En este sentido,
los tres magistrados recuerdan que ya en anteriores ocasiones han fallado en el
mismo sentido dejando entrever que no entienden por qué la Fiscalía insiste en
recurrir los permisos concedidos a presos de la banda arrepentidos que cumplen
todos los requisitos.
18
permisos en un año
Desde
octubre de 2013, ya son 18 las salidas de prisión de miembros de ETA
arrepentidos que ha permitido la Audiencia Nacional..
Así, además de Caride Simón, han disfrutado en el último año de este beneficio
penitenciario, algunos en varias ocasiones, Luis María Carrasco Aseguinolaza (autor
material de la muerte de un directivo de 'El
Diario Vasco'), Ibon
Echezarreta Echaniz (compañero en el comando Buruntza del anterior y que
ya ha disfrutado de cuatro permisos), Valentín Lasarte (con penas que suman los 340 años por su implicación en siete asesinatos) y el
histórico miembro de la banda Joseba Urrusolo Sistiaga. El verano pasado, el número de permiusos, la mayoría de 18 días de duración, se incrementó. Así,
el día 7 de julio el beneficiado fue Aitor Bores Gutierrez, que cumple condena por colocar
dos artefactos explosivos. Siete días después, lo beneficiados eran Jesús García Corporales (miembro
del comando Madrid y
condenado a 83 años de cárcel) y Carmen Guisasola Solozabal (quien llegó
a ser la responsable de los comandos liberados de
la banda y a la que la organización terrorista expulsó en 1998). El 15 de julio
se concedía uno a Kepa Picabea
Ugalde (acusado de participar en más de veinte muertes). Ya en agosto, les tocó el turno a Jorge uruñuela Mollinero, condenado a 16 años de cárcel en 2005 por
quemar una sucursal bancaria y una concesionario de coches, y José Luis Álvarez Santacristina, 'Txelis',
considerado durante muchos años ideólogo de la organización terrorista.
Opinión:
Tantos años de contactos y colaboraciones con los medios de
comunicación me permiten disfrutar de excelentes amistades en ese mundillo y,
lo mas agradable, sin importar lo mas mínimo la orientación ideológica de
cualquiera de los medios. Como muestra, decir que estoy escribiendo esta
opinión sobre la noticia publicada en Vozpopuli mientras voy en metro hacia los
estudios de otro medio de ideas radicalmente opuestas en Barcelona.
Hago esta introducción porque es una pena que ciertos personajes solo
sean requeridos por ciertos medios de cierta ideología muy enrocada hacia una
posición política muy concreta... es lo que tiene la ignorancia y el
desconocimiento, que algun@s jamás se ganaran la confianza y el respeto
general.
Por ello agradezco al buen amigo Oscar que me llamara ayer para
informarme de la primicia que hoy publica en Vozpopuli... de hecho, Oscar fue
uno de los 29 periodistas que contacto conmigo en las 24 horas posteriores al
comentario del Sr. Ministro de Interior el 6 de junio de 2012. Oscar fue uno de
los muchos amigos (y amigas) a los que tuve que esconder la información real
con evasivas y excusas varias. Y lo comprendió, como el resto de
"engañad@s". Gracias Oscar.
Entrando en materia, voy a explicar mi opinión por pasos, para que
aquell@s que no tienen demasiado conocimiento ni experiencia sobre el tema lo
entiendan… aunque especialmente lo dirijo a aquell@s que hablarán del tema como
si fueran expertos (al menos les ruego que expliquen que han obtenido la
información de este humilde blog). De paso, aprovecho a "retar" a
quien crea de manera diferente a que me demuestre que gestiones ha realizado al
respecto desde 1990:
Empiezo por decir que decir que como victima de uno de los atentados
cometidos por Rafael Caride es duro saber que se le otorgan permisos
penitenciarios, pero es obligatorio entender que si se trabaja para exigir el
cumplimiento de la legislación hay que, primero conocerla y luego aceptar
aquellos momentos en que la legislación no sea del agrado personal.
Vamos por partes:
1) en mi etapa como delegado en Cataluña de la antigua AVT (1990 -
2002) tenia como labor, entre otras muchas, explicar a las victimas la realidad
jurídica de las sentencias que se imponían a los terroristas. Labor complicada
al mezclarse y/o solaparse los Códigos Penales de 1973 y 1995 con los
sentimientos que cada victima, en su justo derecho, mostraba tras ser informada.
2) No me consta que nadie, ni desde el poder jurídico ni político ni
legislativo, hiciera gestión alguna a este respecto. Es decir, fuimos unas
pocas víctimas las que nos dedicamos en cuerpo y alma a realizar ese arduo y
duro trabajo.
3) Esa labor PEDAGÓGICA fue difícil y, al contrario de lo que algun@s
cuentan ahora, entonces si fue necesaria la labor psicológica constante y
periódica. Los que participamos en aquellos difíciles años en el Proyecto Fenix
sabemos muy bien la complicación de aquella labor informativa.
4) Evidentemente es doloroso saber que un asesino (terrorista o de
cualquier otra índole) goza de unos permisos previo obligado cumplimiento de
unos requisitos. También es doloroso saber que, a efectos de practicidad penal,
el castigo real solo se cumplirá por causar la primera victima...el resto solo serán
años de condena añadidos pero que nunca se cumplirán de modo efectivo. Para que
lo entiendan l@s "nuev@s especialistas" que ahora se dedican a hacer
la pedagogía contraria: el mismo tiempo real de cárcel cumplirá quien asesine a
una persona o a 24. No es ético ni moral abrir esperanzas vanas en que los
terroristas cumplirán mas años de condena de los que marque el correspondiente
Código Penal.
5) Recordar que en el ordenamiento jurídico español no existe la cadena
perpetua ni la pena de muerte.
6) Recordar que en el ordenamiento jurídico español no existe el
concepto de retroactividad. Es una pena pero es la legislación que los propios
políticos aprobaron en su momento.
7) durante años se había conseguido explicar esta situación legislativa
a muchas victimas del terrorismo añadiendo a la explicación aquello de que
"se juzga al asesino con el Código Penal vigente en el momento de la comisión
del atentado" y con un ejemplo claro: asesinar el 31 de diciembre de 1994
tenia menos condena que hacerlo el 1 de enero de 1995. Y eso, aunque
lógicamente no fuera compartido en muchos casos, fue aceptado porque así lo
decía la legislación.
8) Recordar que en 1994 la antigua AVT inició una campaña de recogida
de firmas bajo el lema “A FAVOR DEL CUMPLIMIENTO INTEGRO DE LAS CONDENAS
IMPUESTAS A LOS TERRORISTAS” que consiguió modificar el Código Penal a partir
de 1995 para que los terroristas NO tuvieran beneficios penitenciarios, los
cuales SI recogía la legislación anterior que databa del año 1973 (en época de
dictadura franquista). Por lo tanto, los terroristas que atentaran a partir de
1995 no se beneficiarían de esos permisos que permitía el Código Penal de 1973
para salir en 23 años sino que cumplirían los 30 máximos obligados por ley.
Ganábamos siete años mas de condena y no se trataba de esos siete años como
tales sino de anular los beneficios penitenciarios que, reitero, otorgaba la
legislación franquista
9) Los ocho puntos anteriores se repitieron constantemente en numerosas
reuniones agotadoras y muy delicadas con cientos de víctimas en toda España y
no recuerdo a ninguno e los actuales “portavoces” y similares realizando
aquella labor. A nin-gu-no. Y a nin-gu-na.
10) Es evidente que algunos intentos jurídicos para ampliar las
condenas han sido muy importantes pero desgraciadamente han sido infructuosas…
y ello pese a la enorme pericia y experiencia de los abogados que las
presentaron. Tribunales superiores denegaron esas solicitudes y, por mi parte, nada
tengo que decir. Si exijo respeto a la legislación que me beneficia debo al
menos acatar la que no me agrada.
11) Recuerdo haber conversado el año 2009 con el Juez Castro sobre la
posibilidad de que podríamos vivir una situación como la actual
si las víctimas no eran informadas, con detenimiento, de la realidad jurídica.
Me consta que el Juez Castro realizó unas intentonas para promover esa
información entre el colectivo de víctimas pero está muy claro que no se ha
hecho. Podría haberse hecho a través de alguna revista que muchas víctimas
recibimos, o a través de las asociaciones (al menos las afiliadas tendrían la
información)
12) Reitero, por si alguien no lo ha captado todavía o desea
disimularlo con excusas abogando a la “educación”, que no fui yo quien le dio
la mano al asesino de 24 personas. Solo doy la mano a mis amig@s y,
evidentemente, a Rafael Caride, por mucho arrepentimiento que pueda mostrar,
nunca le consideraré mi amigo. Tanto por el daño cometido contra mi y como
consecuencia a mi familia como por el insuperable respeto que me merecen la
inmensa mayoría de víctimas que causó con sus atentados.
13) Finalizo recordando que yo no participé en ningún encuentro “restaurativo”.
Pero ello no fue obstáculo para aceptar el encuentro bajo el concepto “reparador”.
La explicación es muy simple: yo no tengo nada que restaurar con Rafael Caride
Simón (y muchas de las víctimas que conozco tampoco). Pero si durante años he
exigido a ETA y a los miembros de ETA que, cumpliendo con la legislación,
reparen o intenten reparar el daño causado, era ilógico por mi parte no dar al
terrorista la posibilidad de reparar o intentar reparar el daño que nos causó a
mi y a mi familia.
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