09 marzo 2020
El fiscal rebate a “Josu Ternera”: “Nunca fue juzgado en Francia por el ataque terrorista a la casa cuartel”
Pide a la Audiencia Nacional que le juzgue por el atentado porque la condena en Francia no fue por los mismos hechos
La Fiscalía de la Audiencia Nacional se opone a que José Antonio Urrutikoetxea “Josu Ternera”, no sea juzgado por el atentado contra la casa cuartel de Zaragoza el 11 de diciembre de 1987, en el que fueron asesinadas once personas, seis de ellas menores de edad. En un escrito al que ha tenido acceso LA RAZÓN, el fiscal Pedro Rubirarebate los argumentos de la defensa del ex dirigente de ETA –para quien la Fiscalía pide 2.354 años de cárcel–, que esgrimió al tribunal que no podía ser juzgado al haber sido ya condenado en Francia a ocho años de cárcel por asociación de malhechores.
Pero el Ministerio Público considera -al igual que la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) y el resto de acusaciones- que no puede beneficiarse de la excepción de cosa juzgada “por la simple razón que las autoridades judiciales francesas nunca juzgaron a Josu Ternera por el ataque terrorista al cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza”.
De ahí que solicite a los magistrados de la Sección Segunda de lo Penal -que el próximo 31 de marzo celebrará una vista para escuchar los argumentos de las partes respecto a la pretensión del ex jefe de ETA- que desestime el artículo de previo pronunciamiento planteado por la defensa de “Josu Ternera” como último intento de evitar el juicio.
El ex dirigente de ETA se encuentra actualmente en libertad en Anglet, en el País Vasco francés, a la espera de que las autoridades francesas decidan sobre su entrega a España para ser juzgado por causas pendientes, una de ellas, precisamente, la del atentado contra la casa cuartel.
No ve una doble condena por un hecho ya juzgado
El fiscal Rubira argumenta que “tampoco se puede recoger el argumento de homologar la calificación jurídica realizada por las autoridades judiciales francesas en su sentencia condenatoria” (por asociación de malhechores con miras a la preparación de un delito de carácter terrorista) “con la realizada en el escrito de calificación de las acusaciones y del Ministerio Fiscal en este procedimiento”. Al reflejar en su escrito de calificación las diversas modificaciones legislativas del Código Penal, lo que pretende la Fiscalía -señala- es aplicarle la ley penal más beneficiosa, algo que según su criterio no habilita a la defensa del ex dirigente etarra a “aprovechar todas las modificaciones legislativas al mismo tiempo, cogiendo de cada una de ellas lo más beneficioso y obviando lo que puede perjudicar”.
En cuanto a la posible vulneración del principio de non bis in idem, subraya que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que se vulnera solo “cuando existe un pronunciamiento firme de un tribunal de la Unión Europea, bien sea sentencia condenatoria, absolutoria o sobreseimiento sobre unos hechos que se encuentren siendo investigados por los tribunales de otro estado de la Unión Europea”. Y todo ello, añade, con independencia de la calificación jurídica (los delitos que se imputen al acusado en cada uno de los procedimientos). Algo que, defiende, no se da en este caso.
Únicamente “una doble condena o un proceso posterior por un hecho ya juzgado”, recalca, violaría el derecho a un proceso con todas las garantías y el principio de legalidad. “El hecho -asegura- viene fijado por el relato histórico por el que se acusó y condenó o absolvió en el proceso anterior, comparándolo con el hecho por el que se acusa o se va a acusar en el proceso siguiente”. Y en el caso de “Josu Ternera”, pone de relieve que en ningún caso el Tribunal de Gran Instancia de París le condenó por el atentado contra la casa cuartel de Zaragoza.
La orden, del comité ejecutivo de ETA
El abogado de Urrutikoetxea defiende sin embargo que no se le puede “castigar doblemente por un mismo delito” una vez fue condenado en Francia el 26 de noviembre de 1990 como autor, entre otros, de un delito de participación en una asociación de malhechores de carácter terrorista “equivalente al delito de pertenencia a organización terrorista en el derecho español”. Habiendo sido condenado por un delito “homólogo”, argumenta Gonzalo Boye en su recurso, “concurre la excepción de cosa juzgada”.
La Fiscalía imputa a “Josu Ternera”, en calidad de inductor y cooperador necesario, once delitos de asesinato consumado y otros 88 en grado de tentativa (tantos como heridos en el atentado), una calificación que AVT y AEGC elevan a 94, por lo que su petición de condena se sitúa en 2.776 años de prisión.
El fiscal sostiene en su escrito de acusación que fue el comité ejecutivo de ETA -integrado en esa fechas por “Josu Ternera”, Francisco Múgica Garmendia, “Pakito”, y José María Arregui (estos dos últimos ya condenados)- el que tomó la decisión de llevar a cabo “una acción terrorista de gran envergadura” como respuesta a la detención del dirigente de ETA Santiago Arróspide, “Santi Potros”, el 30 de septiembre de 1987 en Anglet (Francia). Urrutikoetxea perteneció “ininterrumpidamente al máximo órgano decisor de ETA”, el comité ejecutivo, desde 1975 hasta su detención en Bayona el 12 de enero de 1989.
Rubira sostiene que la orden partió de la cúpula etarra teniendo en cuenta además que fue “la primera vez que ETA realizaba una acción terrorista contra una casa cuartel de la Guardia Civil que albergaba a las familias de los agentes mediante la utilización de un coche-bomba, cargado además con un volumen ingente de explosivos”.
“No ha mostrado arrepentimiento”
La AVT respalda la postura de la Fiscalía y mantiene que el hecho de haber sido condenado en Francia “no debe impedir el enjuiciamiento”» de Urrutikoetxea por este atentado “al tratarse de hechos diferentes que suponen un daño añadido”. Según el abogado de la AVT Antonio Guerrero “se comete otro delito de la misma naturaleza, pero a través de actos diferentes que, en relación al procesado, no se han enjuiciado hasta ahora”, sostiene.
El abogado de la AEGC, Jorge Piedrafita (que también defiende a dos de las víctimas), también se ha opuesto a la pretensión de la defensa de “Josu Ternera” porque considera que al ex dirigente etarra “se le está acusando por los once crueles asesinatos de la casa cuartel de Zaragoza y los 96 asesinatos en grado de tentativa, que son los heridos que causo el choche-bomba ordenado colocar por Josu Ternera”. Unos delitos, mantiene, que son “objetivamente distintos al juzgado en Francia, que era de pertenencia a banda armada”.
Para el letrado se trata de una “artimaña” más de su defensa que “sólo busca evitar que este asesino responda ante la Justicia”, por lo que pide que sea juzgado pronto en España para que “los guardias civiles y sus familias se vean resarcidos del dolor que les ocasionó este asesino que a día de hoy no ha mostrado ningún signo de arrepentimiento”.
Opinión:
Si “Urrutikoetxea perteneció “ininterrumpidamente al máximo órgano decisor de ETA”, el comité ejecutivo, desde 1975 hasta su detención en Bayona el 12 de enero de 1989” veo que se confirma mi teoría, comentada en muchas ocasiones en este blog, de que también sería responsable de (entre muchos) los atentados cometidos en Catalunya en todos esos años.
Una teoría que expuse en su momento en diferentes foros y a la que nadie hizo mucho, por no decir, ningún caso.
Ahora parece que algunos se despiertan. Ojalá tengan (tengamos) éxito.
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