13 julio 2024
El
caso de Nahuel: cuando al Estado le sale barato confundir a anarquistas con
terroristas y tenerlos 16 meses en la cárcel
El
joven, del movimiento anarquista y vegano Straight Edge, absuelto de
terrorismo. Había solicitado una indemnización de 266.000 euros por pasar un
año y cuatro meses en prisión en un régimen penitenciario severo, pero la
Justicia le ha concedido solo 54.650.
Noviembre
de 2015, Madrid. La Policía Nacional detiene a seis jóvenes de entre 19 y 25
años en el marco de una operación denominada Ice. Los seis son miembros de un
movimiento cultural denominado Straight Edge, que se caracteriza por su
ideología de corte anarquista y por un modo vida en el que se destaca la
alimentación vegana y el absoluto rechazo al consumo de todo tipo de drogas,
ilegales y legales, especialmente el alcohol.
Es,
en definitiva, un movimiento antiviolencia, antidrogas, vegano y
anticapitalista, pero que para un cuerpo policial sin preparación sobre los
movimientos sociales y para una jueza, Carmen Lamela, obsesionada con las
causas por terrorismo, aquellos integrantes de Straight Edge eran presuntamente
miembros de una organización terrorista dedicada a reventar cajeros automáticos
con explosivos.
Uno
de los jóvenes detenidos, Juan Manuel Bustamante, conocido como Nahuel, se
llevó la peor parte. La Policía entró de madrugada en su casa y encontró
tornillos y herramientas del montaje de una cama de Ikea, varias bebidas con
gas, col lombarda y videojuegos como Red Dead Redemption, ambientado en el
oeste americano. Y con ese material inofensivo, la Policía construyó un relato
de terrorismo en el que la col y las bebidas y algún producto de limpieza
incautado a Nahuel podían servir para fabricar artefactos explosivos.
Nahuel,
que por entonces tenía 26 años, pasó 16 meses en prisión provisional, entre el
4 de noviembre de 2015 y el 8 de marzo de 2017, por una acusación de terrorismo
y, por lo tanto, fue clasificado en primer grado y en régimen FIES 3 (Ficheros
de Internos de Especial Seguimiento).
Su
abogado, Eduardo Gómez Cuadrado, del despacho Red Jurídica, explica el periplo
carcelario de Nahuel: "FIES 3 es el régimen carcelario más severo y supone
una cárcel dentro de la cárcel. En dicho régimen se pueden intervenir todas las
comunicaciones con el exterior (salvo con el abogado del recluso); también se
realizan constantes registros y cambios de celda o de centro penitenciario
(política de dispersión). En el caso de Nahuel, estuvo hasta en cinco centros
penitenciarios en apenas año y medio, cuatro de la Comunidad de Madrid y uno de
Sevilla".
Derecho
a un menú vegano
"Pasó
temporadas en aislamiento, que implica 22 o 23 horas al día en la celda, y
todo, por el conflicto que tenía cada vez que llegaba a un centro penitenciario
y se negaban a facilitarle una dieta vegana en el interior de la cárcel. Este
hecho tuvimos también que lucharlos y la Audiencia Nacional acabó reconociendo
su derecho a que le proporcionaran un menú vegano", rememora el letrado de
Red Jurídica.
Y
a los tres años, la absolución
Nahuel
fue puesto en libertad provisional en marzo de 2017, a la espera de juicio.
"Con el paso del tiempo y ante la falta de evidencias de que fuesen los
peligrosos terroristas que decía la Policía en sus informes, a la jueza no le
quedó más remedio que ponerle en libertad", recuerda el abogado.
Un
poco más de un año después, tras el juicio, la Audiencia Nacional absolvió, en
julio de 2018, a los seis miembros de Straight Edge Madrid. La causa se había
desinflado tras la instrucción de la jueza Lamela, en aquel momento al frente
del Juzgado Central de Instrucción 3, que no logró recabar indicios del delito
de terrorismo que imputaba a los chavales.
Juicio
con acusaciones forzadas
Finalmente
no fueron juzgados por un delito de terrorismo sino por uno de enaltecimiento
del terrorismo por sus mensajes de ideología anarquista revolucionaria en las
redes sociales, en la web del movimiento y en vídeos, como "Muerte al
capital", "Capitalismo asesino", "Fuego y muerte al Estado
y que viva la anarquía".
El
escrito de acusación indicaba que algunos de los acusados vendían camisetas en
el Rastro con mensajes tales como "La resistencia no es violencia, es
autodefensa"; o tuits que parecen una broma en una causa por terrorismo,
como "Goku vive, la lucha sigue", en referencia al personaje de la
serie de manga Dragon ball, que la jueza consideró como un miembro de ETA; los
procesados también reproducían citas del filósofo de origen alemán Hervert
Marcuse, muy crítico con el capitalismo.
La
Fiscalía les acusó de difundir en sus mensajes "la licitud de la lucha
activa y esencialmente violenta contra el orden constitucional y contra
cualquier tipo de autoridad, tratando siempre de erosionar el prestigio y la
credibilidad del Estado y, en particular, de sus Fuerzas de Seguridad",
por lo que solicitó para ellos dos años de prisión.
El
abogado Eduardo Gómez recuerda el momento del juicio. "Llegamos al juicio
con la causa totalmente desinflada, en el sentido de que habían sido detenidos
por la Policía bajo una grave acusación de organización criminal con fines
terroristas, tenencia de explosivos, desordenes públicos y daños agravados, que
podían suponer decenas de años de prisión; y la acusación final de la Fiscalía,
y por lo que se celebró el juicio, fue solo por enaltecimiento del terrorismo
en redes sociales con una petición de condena de apenas dos años de cárcel. Y
hasta de eso fueron absueltos".
La
jueza Lamela, ascendida al Supremo
La
jueza Carmen Lamena fue ascendida y nombrada magistrada del Tribunal Supremo a
la vez que se conocía la sentencia absolutoria de Nahuel y sus compañeros. La
Audiencia Nacional consideró que los mensajes por los que fueron juzgados eran
una muestra del rebeldía, pero que no atacaban al Estado.
"Es
evidente que de lo actuado en el presente procedimiento se advierte cómo de la
difusión en abierto de los vídeos e imágenes mediante la común denominación de
Straight Edge Madrid, no consta haya generado el riesgo de acometer actos de
terrorismo, siquiera en abstracto, que venimos estableciendo", consta en
la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de 26 de julio de
2018.
La
operación Ice y la causa contra los seis de Straight Edge, en especial la
represión contra Nahuel, fue una respuesta desmedida e injustificada, como
quedó demostrado, del Estado contra el activismo anarquista, equiparando este
movimiento político con el terrorismo.
Reclamación
al Ministerio de Justicia
"Una
vez que la sentencia absolutoria fue firme, y a la vista del despropósito que
había supuesto todo el proceso de detención, encarcelamiento, instrucción y
enjuiciamiento, es evidente que había que buscar alguna manera de resarcir el
daño causado", cuenta a este diario el letrado Eduardo Gómez Cuadrado.
Así,
Nahuel y su abogado presentaron una reclamación por mal funcionamiento de la
Administración de Justicia, que el Ministerio de Justicia desestimó por
silencio administrativo. La víctima solicitó una indemnización de 266.000 euros
por los daños y perjuicios derivados de la prisión provisional.
"Como
jueces y policías son intocables y la reclamación de responsabilidades
individuales no iba a tener ningún recorrido, decidimos acudir a la vía de
hacer esa reclamación al propio Ministerio de Justicia a través del mecanismos
de responsabilidad patrimonial de la Administración por mal funcionamiento, en
este caso de la Administración de Justicia, el cual viene establecido en el
artículo 294.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial", explica el abogado
de Nahuel.
Finalmente
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dado la
razón a la defensa del joven y ha estimado parcialmente su recurso, ordenando
al Estado a indemnizar con 54.650 euros a Nahuel y no con los 266.000
reclamados. El letrado destaca que la sentencia haya tenido en consideración el
hecho de que el afectado haya estado en un régimen penitenciario tan severo
como el FIES 3.
Detenciones
polémicas
Para
este abogado especializado en derechos humanos, el caso de Nahuel se llegó a
producir porque "en ocasiones la Policía, digamos, hincha los informes y
atestados que presenta a los jueces. Algunas veces los atestados policiales
sobredimensionan determinadas circunstancias o malinterpretan algunos datos, de
manera que se justifica la detención y, al mismo tiempo, se propicia que el
juez instructor, muchas veces con cierto automatismo y poco rigor, pueda
acordar una medida cautelar tan gravosas para la libertad como es el ingreso en
prisión preventiva".
La
sentencia indemnizatoria pone punto final al caso de Nahuel. "Queda
demostrado que es posible que resarzan de alguna manera el daño que han
provocado --dice Eduardo Gómez--. Nadie te va devolver el tiempo que has pasado
en prisión, y el dinero tampoco suple esa pérdida, pero al menos se puede
conseguir que se reconozca la injusticia cometida y que de alguna manera no
quede impune".
Opinión:
Hace un tiempo me decía un magistrado que “si todo es terrorismo, nada es
terrorismo”… y tenía toda la razón.
Para acusar a alguien de un delito tan grave como es el terrorismo
y proceder a su ingreso en prisión se han de tener muchas pruebas… porque sino puede
ocurrir lo que ha ocurrido en el caso de Juan Manuel Bustamante
Algunas víctimas, cada vez más, exigimos que no se banalice
el delito de terrorismo con decisiones que son más un argumento político que no
un argumento judicial. Y muchas personas que hemos sufrido verdaderamente las
consecuencias de lo que SI es un atentado terrorista tenemos criterios mas
jurídicos que políticos.
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