lunes, 10 de enero de 2022

10 enero 2022 El Mundo del Siglo XXI (opinión)

10 enero 2022 


 

Indemnizan a la hija de una víctima de ETA por el extravío de su sumario

La Audiencia Nacional revoca una decisión del Ministerio de Justicia y la compensa con 10.000 euros.

«La pérdida del sumario le ha privado del derecho a saber», sostiene.

La nula colaboración de sus responsables no es el único obstáculo para resolver los asesinatos de ETA no aclarados. En ocasiones, el largo tiempo transcurrido dificulta seguir el rastro de los documentos de la investigación. A veces, hasta el extremo.

Eso es lo que le sucedió a la hija de un guardia civil asesinado, que durante años buscó el sumario hasta que se dio por perdido. Ahora la Audiencia Nacional ha ordenado indemnizarla con 10.000 euros, revocando así la negativa del Ministerio de Justicia a concederle una compensación a la hija de Antonio de Frutos.

El cabo primero falleció el 3 de mayo de 1976 en Legazpi (Guipúzcoa) por la explosión de una bomba que ETA colocó en el lateral de un camión e hizo estallar al paso de su vehículo. El juzgado de instrucción número 2 de Madrid – aún no existía la Audiencia Nacional – activó el sumario 57/ 1977, del que ya no existe «una mínima constancia».

«Procede indemnizar por daño moral por el hecho de que la pérdida del sumario ha privado a la demandante del derecho a saber y conocer los datos que contenía», afirma el tribunal.

La resolución reconoce que el atentado, cuya autoría nunca se conoció, no podría haber llegado a juicio, porque resultó afectado por la Ley de Amnistía de 1977. Pero añade que, para una víctima, eso no es todo. Y cita un informe de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU: «Independientemente de las acciones que puedan entablar ante la Justicia, las víctimas y sus familias tienen el derecho imprescriptible a conocer la verdad acerca de las circunstancias en que se cometieron las violaciones y, en caso de fallecimiento o desaparición, acerca de la suerte que corrió la víctima».

«Esa pérdida del sumario», señala la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Lucía Acín, «determinó que durante varios años trabajara sin descanso, intentando, sin éxito, encontrar el expediente en diversos órganos e instituciones, lo que evidentemente agrava el daño».

El tribunal recuerda que la hija buscó en la Audiencia de Madrid, a donde hay constancia de que se envió el sumario, así como en los tribunales militares, en el archivo judicial de Alcalá, en la Comandancia de la Guardia Civil y en la Brigada Provincial de la Policía Nacional de Guipúzcoa. Siempre sin éxito.

«Difícilmente una hija puede comprender que un expediente, referente a la muerte de su padre por su condición de agente de la guardia civil por atentado terrorista, se pueda perder en vez de estar debidamente custodiado para guardar memoria de estos crímenes que han acaecido en la historia de España y dar la reparación a las víctimas conforme a los principios de memoria, dignidad, justicia y verdad, tal como establece la Ley 29/ 2011 de 22 de septiembre de reconocimiento y protección integral a las víctimas de terrorismo».

Pese a estimar que se ha producido un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la cifra concedida queda lejos de los 159.000 euros reclamados. Entre las circunstancias que llevan a rebajar la cantidad está el efecto de la ley de Amnistía sobre el caso y que llegó a haber una investigación penal, por lo que no se vulneró el derecho de la hija a una tutela efectiva de los tribunales.

Se rechazan sin embargo varios de los argumentos que empleó el Ministerio para denegar la compensación. Entre ellos, que la entrega de algo más de 37.000 euros como víctima del terrorismo cubría el daño. Tampoco acepta la tesis de Justicia de que el asunto estaba prescrito y no se podía investigar. El tribunal recuerda que no hubo archivo formal hasta 2015 y que fue provisional, lo que permitía la reapertura en caso de surgir nuevos datos.

Los magistrados consideran significativo el criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional sobre la prescripción de las causas más antiguas de ETA: el derecho a la verdad no prescribe y se puede intentar arrojar luz sobre un atentado, aunque se acabe cerrando por prescripción.

Opinión:

Durante mucho tiempo compartí muchas horas de trabajo en la antigua AVT con las hijas de Antonio de Frutos y aún recuerdo las conversaciones que manteníamos sobre este tema y las enormes dificultades que suponía encontrar información de tantos expedientes en aquellos difíciles años de la década de los 90… veo que, finalmente, la legalidad se ha impuesto a la justicia.

Con la cantidad de expedientes que pudimos encontrar y, en cambio, ahora veo que no se ha podido encontrar el suyo… sin comentarios.

Un abrazo para ellas…

 

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