09 enero 2018
El Supremo no ve
víctima de terrorismo a un hombre que perdió manos en explosión
Luis Serrano Calleja perdió
las manos en diciembre de 1961, al explotar una de las dos granadas que
encontró envueltas en papel de periódico mientras jugaba en el entorno del
Canal Imperial.
El Tribunal Supremo ha rechazado considerar
víctima de terrorismo a un hombre que perdió sus dos manos el 26 de diciembre
de 1961, al explotar una de las dos granadas que encontró envueltas en papel de periódico
mientras jugaba con unos amigos en el entorno del Canal Imperial
de Zaragoza.
La
sentencia rechaza el recurso interpuesto por la víctima, el abogado zaragozano
Luis Serrano Calleja, al entender los magistrados que
no existen indicios de que la explosión pueda encuadrarse en un acto terrorista y que las alegaciones presentadas son "meras
conjeturas e hipótesis".
La
petición, hecha al amparo de la
Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas
del Terrorismo de 2011, fue desestimada inicialmente por el ministro del
Interior y, más tarde, por la sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional.
El propio Tribunal Supremo ya rechazó en 2005 una primera reclamación hecha por el abogado
zaragozano de
acuerdo a una normativa legal de solidaridad con las víctimas del terrorismo
del año 1999.
En su nuevo recurso ante el alto
tribunal, el letrado argumentó que el hecho de dejar dos
bombas en el entorno del Canal Imperial debía de considerarse un "hecho
anormal" que debería encuadrase en
la nueva ley de protección a las víctimas del terrorismo, con el derecho añadido a ser
indemnizado por las lesiones y secuelas sufridas.
Recordaba, además, que la banda terrorista cometió su
primer atentado en la estación de Amara (San Sebastián) en 1960, con el
resultado de una niña muerta al explotar una bomba en una papelera.
A juicio de los magistrados del
Supremo, no existe, sin embargo,
"ni una sola prueba objetiva" que acredite que los hechos sufridos
por el demandante pudieran ser considerados un atentado terrorista.
Añaden que las investigaciones
llevadas a cabo no probaron que los artefactos que provocaron la explosión
pertenecieran a una banda armada ni que se hubieran colocado o abandonado en el
Canal Imperial con la finalidad de "alterar gravemente" la paz y
seguridad ciudadanas.
En sus fundamentos de derecho, el tribunal considera que la
petición del recurrente en primera instancia de incorporar como prueba el
sumario original de los hechos de 1961 no era posible al no estar ni en
dependencias judiciales, ni en el Archivo Histórico Provincial de Zaragoza ni
en el de la empresa especializada Iron Mountain.
Descarta, por lo tanto, que la
denegación de la prueba por parte del juzgado instructor fue "debidamente
justificada", sin que el demandante pueda alegar indefensión.
Luis Serrano Calleja fue operado
mediante el sistema Krukenberg, que le dotó a sus brazos de sendas pinzas de
materia viva que le han permitido desarrollar una vida social y laboral
normalizada.
Serrano preside desde 2013 la Asociación Krukenberg
España (Akrues) con el fin de situar a Zaragoza como punto de
referencia mundial para los doble amputados y cualquier otro amputado de
antebrazo unilateral.
Opinión:
Sin entrar a valorar la realidad de los fundamentos en los
que se basa la sentencia, casos como el que comenta la noticia me recuerdan que
del mismo modo que hay personas que no serán nunca reconocidas como víctimas
del terrorismo también están esas otras que llevan años inventándose historias,
secuelas y heridas basadas en relatos que han escuchado en boca de víctimas
reales.
Como dice el refrán, “pagan justos por pecadores” y lo peor
de todo es que ningún estamento oficial se dedica a perseguir a esos impostores
pese a que algunos incluso reciben indemnizaciones y pensiones por incapacidad del erario público.
¿Podría ser una manera de pagarles los favores?
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