06 julio 2015 (02.07.15)
La ONU sigue dividida
sobre qué es un acto de terrorismo
- El asesinato de nueve fieles
afrodescendientes por un racista blanco dentro de una iglesia en el sudoriental
estado de Carolina del Sur desató el debate en Estados Unidos de si el hecho
fue un “crimen de odio” o un “acto de terrorismo”. ¿O ambos?
Poco después del tiroteo en la
localidad de Charleston, una portavoz del estadounidense Departamento de
Justicia dijo que los asesinatos fueron “sin duda, pensados para infundir miedo
y terror en esta comunidad, y el departamento (los) está estudiando… desde
todos los ángulos, incluso como crimen de odio y como un acto de terrorismo
nacional”.
Pero Nihad Awad, director ejecutivo del Consejo sobre Relaciones Estadounidenses-Islámicas considera
que “fuimos condicionados para aceptar que si la violencia la comete un musulmán,
entonces es terrorismo”.
“Si la misma violencia la comete un
defensor de la supremacía blanca o simpatizante del apartheid y no es musulmán,
empezamos a buscar excusas. Es posible que sea un demente o que lo hayan
presionaron demasiado”, comentó.
La definición del término
“terrorismo” sigue siendo esquiva para los gobiernos, las organizaciones
de derechos humanos, los medios de comunicación e incluso la Organización de
las Naciones Unidas (ONU).
Estados Unidos e Israel siguen
considerando al movimiento palestino Hamás como una organización terrorista,
pero gran parte de los medios de comunicación lo definen como “una organización
combatiente”.
En 2014, la Corte Europea de
Justicia confirmó una apelación por parte de Hamás, en la que el grupo sostenía
que su designación de “terrorista” por la Unión Europea se “basaba no en hechos
examinados y confirmados por las decisiones de las autoridades competentes,
sino en imputaciones fácticas derivadas de comunicación y de Internet”.
Desde el año 2000, el Comité Especial
de la ONU sobre Medidas para Eliminar el Terrorismo Internacional no logró que
el foro mundial adopte el último de sus instrumentos contra el problema, el
Convenio General sobre el Terrorismo Internacional (CGTI), auspiciado por
India.
“No deberíamos analizar al
terrorismo por sus placas de identificación: a qué grupo pertenece, cuál es su
ubicación geográfica y quiénes son sus víctimas”, recomendó el primer ministro
indio Narendra Modi, en una entrevista que
le realizó en mayo la revista estadounidense Time.
Esos grupos o nombres individuales
o nombres seguirán cambiando, dijo. “Hoy en día están el Talibán o el EI
(Estado Islámico), mañana podría ser otro nombre”, aseguró.
Modi dijo que la ONU debería
aprobar el CGTI. “Por lo menos, establecerá con claridad a quién se considera
terrorista y a quién no”, dijo.
Sin embargo, el Comité Especial de
la ONU sigue sin avanzar al respecto, en gran parte por el problema de las
definiciones, porque “terroristas” y “combatientes por la libertad” son en
ocasiones intercambiables, según quién tenga la palabra.
El embajador de Sri Lanka ante la
ONU y presidente de la Comisión Especial, Rohan Perera, dijo a IPS que la labor
de su comisión dio lugar a la adopción de tres convenios internacionales para
la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas (1997), la
financiación del terrorismo (1999) y los actos de terrorismo nuclear (2005).
La Asamblea General de la ONU facultó al comité para que
brinde “el marco jurídico general que llene las posibles lagunas en los
convenios sectoriales existentes sobre el terrorismo”, explicó.
Mientras que las negociaciones
alcanzaron una etapa avanzada en 2001 y la inminente adopción del convenio era
probable, en el período inmediatamente posterior a los atentados del 11 de
setiembre de ese año en Estados Unidos faltó la voluntad política necesaria
para llegar a un consenso, señaló Perera.
El proyecto del CGTI, al igual que
los convenios sectoriales precedentes, incluye una definición “operativa” de
derecho penal de los actos de terrorismo.
El CGTI adquirió una mayor
importancia debido a los asesinatos y la destrucción provocados por grupos
considerados “organizaciones terroristas”, incluido EI, Boko Haram, Al Qaeda,
Al Shabaab y Al Nusra.
“No podemos esperar y ver cómo se
extiende este fenómeno”, advirtió el subsecretario general de la ONU para
Asuntos Políticos, Jeffrey Feltman.
“Con su mensaje de odio, los
extremistas violentos directamente agreden la legitimidad de la Carta de la ONU
y los valores de paz, justicia y dignidad humana en los que se basan ese
documento y las relaciones internacionales”, añadió Feltman, que también es el
director ejecutivo del Centro contra el Terrorismo del foro mundial.
El funcionario observó que EI tiene
50.000 cuentas en la red social Twitter que respaldan a la organización
extremista, con un promedio de 1.000 seguidores cada una.
Perera dijo a IPS que el principal
asunto pendiente es cómo debe abordar el CGTI ciertas inquietudes que expresan
distintos Estados, como la cuestión de los actos cometidos en la lucha por la
liberación nacional contra la ocupación extranjera, los actos de las fuerzas
militares en tiempos de paz, y el terrorismo de Estado.
Para los diplomáticos árabes,
Israel tiene que ser destacado por lo que ellos llaman “terrorismo de Estado”.
Pero los partidarios de Israel, como Estados Unidos y la
mayoría de los países occidentales, rechazan el uso de ese término.
Cuando se le preguntó al respecto,
el portavoz adjunto de la ONU, Farhan Haq, respondió a los medios de
comunicación en febrero que “la definición de terrorismo y qué comprende un
grupo terrorista o entidad terrorista permanece en manos de los Estados
miembros y en el texto del tratado que manejan”.
“Ellos tienen que decidir”, declaró
entonces.
Mientras tanto, la estrategia que
adoptó el Comité Especial fue abordar algunas de esas inquietudes mediante la
exclusión de los regímenes legales aplicables del ámbito de la Convención, en
lugar de tratar de excluir a determinados actos.
En consecuencia, una propuesta
presentada para que sirviera de base para la negociación aclaró que la presente
Convención no abarcará a las actividades de las fuerzas armadas, que se rigen
por el derecho internacional humanitario, y que el CGTI se adoptará sin
perjuicio de las normas del derecho internacional aplicable en los conflictos
armados.
Esto ofrece una “excepción” a los
actos cometidos en las luchas de liberación nacional, al señalar a la
legislación aplicable.
“Se dispone además que, en el caso
de las actividades realizadas por las fuerzas militares de los Estados, ya que
se rigen por otras normas de derecho internacional, eso actos no se rigen por
el convenio”, dijo Perera.
Este enfoque reconoce el hecho de
que el CGTI, una vez adoptado, no funcionará en el vacío, sino junto a otros
regímenes jurídicos.
“Y sería competencia de los
tribunales nacionales de los Estados miembros definir cuál régimen se aplicará
en una situación dada”, añadió.
Opinión:
¿Para
qué sirven entonces tantas visitas de personas relacionadas con el “terrorismo”
en España? Si la respuesta ha de ser “la definición de terrorismo y qué comprende un grupo
terrorista o entidad terrorista permanece en manos de los Estados miembros y en
el texto del tratado que manejan” y “Ellos tienen que decidir” me parece que
alguna cosa está fallando, al menos a nivel de información y de entendimiento.
Mal vamos si no
tenemos claro todavía lo que debería considerarse terrorismo… ello me hace
pensar en lo que nunca he querido pensar: que puedan existir algunos intereses
que se nos escapan para la existencia de esta lacra.
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