07 octubre 2024
Los
cambios legales que los presos de ETA demandan y el PP quiere frenar
Política
penitenciaria
Los
populares y Vox critican al Gobierno por un cambio legal que salió adelante con
sus votos y modifica el cómputo de las penas de presos de ETA
La
modificación de la ley 7/2014, aprobada por unanimidad, elimina la cláusula por
la que no se computaban los años cumplidos en Francia
El
PP y Vox han puesto el grito en el cielo tras enterarse, a través de una
información periodística, de que un cambio legal que se aprobó con sus votos el
pasado 18 de septiembre conllevará una rebaja en el cumplimiento efectivo de
las penas de alrededor de 40 presos de ETA. Estas formaciones han exigido al
Ejecutivo de Pedro Sánchez que retire la ley, habida cuenta de que, tras su
aprobación por unanimidad en el Congreso y después de que no hayan presentado
enmiendas, la votación en el Senado es testimonial. De momento, los populares
han apostado por retrasarla, retirando del orden del día de este martes este
apartado.
La
reforma en cuestión es un cambio de la ‘Ley orgánica 7/2014, de 12 de
noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y
consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea’. Ni PP ni
Vox, ni ninguna otra formación, presentaron enmiendas al mismo. Este cambio
legal, sin embargo, tiene un efecto en relación con el cómputo de penas de los
presos que hayan cumplido parte de la condena en Francia y, de hecho, atañe a
una de las reivindicaciones fundamentales del colectivo de presos de ETA en los
últimos años.
Básicamente,
una vez se apruebe este cambio legal se deberá computar el tiempo previo en
prisión de aquellos reclusos que iniciaron el cumplimiento de su condena en
Francia y después fueron extraditados a España, algo que no ocurría en base al
texto legal vigente.
La
clave es que cuando se aprobó esta ley, en los tiempos de Mariano Rajoy como
presidente, se añadió la siguiente disposición: “En ningún caso serán tenidas
en cuenta para la aplicación de la presente Ley las condenas dictadas por un
Tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de
agosto de 2010”.
El
efecto era que, si un preso había cumplido, por ejemplo, siete años de condena
en Francia y después había sido extraditado, los años de cumplimiento en el
país galo no serían tenidos en cuenta a la hora de computar el tiempo total en
prisión. La disposición fue introducida pensando en los presos de ETA que
habían cumplido parte de su condena en Francia.
La
modificación legal que el mes pasado fue al Congreso incluía la supresión de
esa disposición adicional. Y salió adelante por unanimidad. El cambio legal
afectaría, en mayor o menor medida, al cómputo de las penas de unos 40 presos
condenados por terrorismo. La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha
señalado que 7 de ellos saldrían a la calle de manera inmediata con el nuevo
cómputo.
Una
reivindicación histórica
Este
cambio legal cumple una reivindicación que el colectivo de los presos de ETA y
las agrupaciones cercanas demandaban desde hace una década, desde que el
Congreso aprobó la ley 7/2014 con la citada disposición adicional.
Estas
agrupaciones, en particular la Red ciudadana en defensa de los derechos de los
presos Sare, viene denunciando que medio centenar de presos “padecen” un
cómputo “injusto” de su tiempo en prisión “al no haberse tenido en cuenta los
años cumplidos en Francia”.
Según
señalan, esta situación choca con lo que es la norma en los Estados de la Unión
Europea, que a través de la Decisión Marco 2008/675/JAI y la Decisión Marco
2008/315/JAI, buscaba que el cómputo de penas en los diferentes países de la
Unión fuera calculado de manera conjunta. España, no obstante, apostó en 2014
por introducir la citada disposición.
La
Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) lleva dos años denunciando que el
Gobierno preparaba un cambio legal para modificar la disposición que aún
permite legalmente que no se tengan en cuenta los años cumplidos en Francia.
Terceros
grados
La
modificación de la ley 7/2014 viene siendo una de las reivindicaciones
principales de los colectivos cercanos a los presos de ETA, aunque hay otras
modificaciones relevantes sobre las que vienen incidiendo.
Una
de esas demandas tiene que ver con las progresiones a tercer grado. Desde Sare
señalan que se está vulnerando el requisito fundamental para acceder al tercer
grado (régimen de semilibertad): el cumplimiento de la mitad de la condena, en
base al artículo 36 del Código Penal.
Hay
que subrayar, no obstante, que la ley 7/2003, aprobada en la segunda
legislatura de José María Aznar, endureció los requisitos para acceder al
tercer grado “en los casos de delitos de terrorismo o cometidos en el seno de
organizaciones criminales”. De un lado, se añadió que “el juez de vigilancia
penitenciaria podrá acordar la concesión de un tercer grado cuando quede por
cumplir una quinta parte del límite máximo de cumplimiento de la condena
impuesta”, de manera que se exigiría el cumplimiento de cuatro quintas partes
de la condena.
Además,
esta norma recogía la exigencia de “una declaración expresa de repudio de sus
actividades delictivas y de abandono de la violencia y una petición expresa de
perdón a las víctimas de su delito”.
Los
terceros grados son propuestos por las Juntas de Tratamiento de las respectivas
prisiones, que dependen del Gobierno vasco (gestiona Prisiones desde septiembre
de 2021).
Las
progresiones de grado, no obstante, están sometidas al control judicial del
Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, y Sare
denuncia que son revocadas de manera recurrente, en base a la ley 7/2003.
Asimismo,
desde los colectivos del ámbito de los presos de ETA vienen demandando que los
reclusos “gravemente enfermos” puedan cumplir su condena en su domicilio, “en
los mismos términos que los presos comunes”, algo que, según denuncian, no
siempre se cumple.
Máximo
de 40 años
Más
allá de los cambios relativos a las progresiones de grado, la ley 7/2003
introdujo la reforma del artículo 76 del Código Penal, para “modificar el
límite máximo de cumplimiento de las penas, elevándolo a 40 años para los
supuestos en que se cometan dos o más delitos de terrorismo”.
Desde
Sare, Etxerat y otros colectivos del ámbito de los presos de ETA denuncian que
se trata de una “cadena perpetua encubierta”. En este sentido, demandan la
derogación de la ley 7/2003 porque afecta a cuestiones como los “beneficios
penitenciarios, permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el
cómputo de tiempo para la libertad condicional en los supuestos de crímenes
especialmente graves”.
Fin
de la dispersión
Estos
colectivos vienen priorizando las citadas demandas después de que la pasada
legislatura el Gobierno terminase con la dispersión de presos de ETA. En este
momento de los 148 presos que contabiliza Sare, 142 están en prisiones de la
Comunidad Autónoma de Euskadi y la Comunidad Foral de Navarra, mientras que
seis están encarcelados en Francia.
En
2011, año del fin de la violencia, los únicos presos condenados por terrorismo
en cárceles vascas eran aquellos que se habían acogido a la vía Nanclares,
desvinculándose de ETA. Andalucía seguía siendo la comunidad con más reclusos
de ETA: 156 de 527. Además, de los 137 reclusos en cárceles francesas, solo 6
se encontraban en las prisiones más cercanas, las de Lammezan y Mont de Marsan.
En
noviembre de 2020, el 27% de los presos de ETA seguía estando en cárceles
andaluzas, aunque el año después se aceleró el fin de la dispersión. "La
dispersión era una política antiterrorista, no una política penitenciaria. Con
ETA disuelta y derrotada por la sociedad no tiene sentido”, señaló el ministro
del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ya en enero de 2019.
Está
visto, no obstante, que la política penitenciaria con respecto a los presos de
ETA continúa siendo un asunto espinoso, tal y como demuestra lo ocurrido
alrededor del cambio legal que ahora enfrenta a PP y Vox con el Gobierno.
Las
reacciones
El
Gobierno dice que obedece a una directiva europea y el PP habla de “error
generalizado”
PP
y Vox sostienen que el cambio de la ley 7/2014 objeto de polémica no aparecía
detallado en la exposición de motivos del informe de ponencia que la Comisión
de Justicia envió a los diputados. El portavoz del PP, Borja Sémper, ha
señalado que se produjo un “error generalizado” en el que incurrió todo el
Congreso y ha insistido en que ante esta “jugarreta” del Gobierno su formación
hará todo lo que esté en sus manos desde el punto de vista político y jurídico.
“Para nosotros es un tema crítico, no va a quedar así”, ha sentenciado.
Más
duro ha sido el president de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón (PP),
quien ha dicho este lunes que quien marca al Gobierno la política
penitenciaria, igual que las de seguridad, de memoria e incluso de la moralidad
pública, es EH Bildu. “Ya lo hizo con los violadores ¿no?, por tanto, el patrón
sigue siendo el mismo, el patrón sigue siendo el de rebajar las penas a los
delincuentes, el patrón sigue siendo que Bildu está marcando la política de
este país”, ha indicado.
El
ministro de Justicia, Félix Bolaños, mientras, ha señalado que se trata de una
modificación de una ley que “lo que hace es garantizar que se aplique la
directiva europea y la normativa europea, también en España”. “Es una
tramitación parlamentaria absolutamente pacífica. Fíjese que en el Congreso se
votó por todos los grupos parlamentarios, por el PP, por VOX... por todos los
grupos sin excepción. La tramitación ha continuado en el Senado, donde ni
siquiera ha habido enmiendas a ese proyecto de ley”, ha indicado.
La
vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz,
ha señalado que esta ley es “la transposición de una Directiva europea” que fue
“aprobada por unanimidad”, incluso por “la extrema derecha”.
A
preguntas de los medios tras visitar las instalaciones de Inditex en Arteixo (A
Coruña), Díaz ha asegurado que la reforma de la ley 7/2014 sobre intercambio de
información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales
penales en la UE “tiene que ver con los derechos fundamentales” que el Gobierno
defiende.
“Es
una Directiva y, por tanto, fuente de derecho europeo y español. La hemos
traspuesto y fue aprobada en Europa por unanimidad”, ha insistido Díaz, que ha
dicho que, aunque no suele ser frecuente, la norma fue también apoyada por la
“extrema derecha”.
Colectivo
de víctimas
La
AVT: “¿De verdad nadie se ha dado cuenta?”
La
Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha exigido al PP que use su mayoría
en el Senado para tumbar la modificación de la ley sobre intercambio de
información de antecedentes penales, con la que, según calculan, hasta 44
miembros de ETA podrán descontar la condena que ya han cumplido en Francia y
hasta siete etarras podrían ser excarcelados en los próximos meses. “¿De verdad
nadie se ha dado cuenta de que la modificación de la ley orgánica 7/2014, sobre
intercambio de información de antecedentes penales y consideración de
resoluciones penales en la Unión Europea, afectaba también a los etarras?”, se
ha preguntado la AVT en un comunicado de prensa. Los populares, sin embargo, no
podrán tumbar esta ley en el Senado, tras su aprobación en el Congreso y
después de no haber presentado enmiendas.
Opinión:
Aparte del fondo de la información, en la que se ha aprobado
(¿modificado?) una legislación que ya hacía años se iba arrastrando… me
sorprende (o no) que ninguna de las víctimas del terrorismo o adláteres que
están en los partidos mencionados en el titular se hayan dado cuenta de lo que
estaba ocurriendo… siempre había pensado que para ejercer de político se precisaba
también tener cierto nivel jurídico…
Del mismo modo que tantos callaron cuando se iban
realizando “puestas en libertad” de terroristas dependiendo del momento y de
quien ejercía la gobernabilidad en España. Sí, allá por los finales de los 90 y
principios del siglo XXI.
Pero eso ya sería otro tema…
Y también es otro tema que digan que esta legislación se
ajusta a la que se aplica en Europa. Sinceramente, este tema lo que tengo que revisar
y consultar con los expertos en materia jurídico penal derivada de actos de
terrorismo.
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