25
abril 2024
La
Audiencia Nacional procesa a cuatro exjefes de ETA por el asesinato de Miguel
Ángel Blanco
El
juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón sentará en el banquillo a
cuatro exdirigentes de la organización terrorista ETA por su supuesta
responsabilidad en el secuestro y asesinato del exconcejal del PP en Ermua
(Vizcaya) Miguel Ángel Blanco en julio de 1997.
Se
trata de Soledad Iparraguirre, Anboto; Miguel Gracia Arregui, Iñaki de
Rentería; José Javier Ruiz Arizkuren, Kantauri; y Mikel Albisu, Mikel Antza,
todos miembros del comité ejecutivo de ETA aquel año y a quienes procesa por
los delitos de secuestro y asesinato terrorista con agravante de alevosía y les
impone el pago de una fianza solidaria de dos millones de euros.
l
magistrado concluye en un auto que la decisión de secuestrar al concejal vasco
requirió el consenso de todos los integrantes de la dirección de ETA y que los
cuatro exjefes pudieron haber impedido el asesinato del joven edil pero no lo
hicieron, lo que evidencia "una voluntad inequívoca en la producción del
resultado".
Manuel
García-Castellón, el mismo juez que hace casi 27 años comenzó a investigar este
atentado, ve improbable que los miembros del comité ejecutivo de ETA no
ordenasen un atentado como este ni que lo perpetrase un comando sin mediar
planificación previa, órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal
estructura directiva de la banda terrorista.
La
jerarquía de ETA: los comandos seguían órdenes del comité ejecutivo
A
lo largo de más de 100 folios el juez analiza la actuación de ETA desde sus
comienzos en los años 70 y explica que se trata de una organización terrorista
altamente jerarquizada, con una cadena de mando de tipo vertical y
"militar" en la que las órdenes emanadas desde su "Comité
Ejecutivo" llegaban a los integrantes de los comandos para ser cumplidas.
Cada
miembro de un comando "obedecía las órdenes que le transmitía su enlace o
responsable directo porque sabía que detrás de esa orden estaba la 'dirección'
de ETA, su 'Comité Ejecutivo'".
Era
el núcleo de dirección de ETA el que adoptaba, explica el juez, las decisiones
estratégicas de especial y mayor relevancia que los integrantes de los comandos
ejecutaban sin formular objeción; si alguno lo hacía era reemplazado.
El
asesinato requirió del consenso del Comité Ejecutivo
En
este contexto, en 1997, en el marco de su "estrategia de
desestabilización", el Comité Ejecutivo de ETA decidió la comisión de
acciones terroristas contra miembros del PP mediante "un nuevo
procedimiento": el secuestro de un militante bajo la amenaza de asesinato
si el Gobierno no accedía a las exigencias de la banda terrorista.
Tras
meses de una investigación que se reabrió en 2022 tras admitir a trámite una
querella de la asociación Dignidad y Justicia, el magistrado ha concluido que
la decisión del secuestro de Miguel Ángel Blanco requirió el consenso de la
dirección de ETA, pues la repercusión y las consecuencias de un atentado como
ese "así lo requería”.
El
auto incluye los documentos incautados a ETA que demostrarían, según García
Castellón, que los procesados pudieron haber evitado el asesinato del concejal
de Ermua.
"Autoría
mediata por dominio de la organización"
El
juez sostiene que concurren "todos los requisitos" para aplicar la
llamada "autoría mediata por dominio de la organización": existía una
"jerarquía con férrea disciplina dentro de una organización", en la
que un órgano de dirección ejercía "un poder de mando sobre unos autores
inmediatos fungibles" que ejecutaban "las acciones ordenadas"
dentro de la línea estratégica de la organización, "sin capacidad de
discusión" y quienes se limitaban a cumplir órdenes.
Y
en este punto alude al reciente auto del Tribunal Supremo que abría causa al
expresidente catalán Carles Puigdemont por el caso Tsunami, en el que los
magistrados explicaban la doctrina de los "hombres de atrás": quienes
ordenan delitos con mando autónomo, pudiendo evitarlo, pueden ser responsables
como autores mediatos, aun cuando los ejecutores inmediatos sean castigados
como plenamente responsables.
La
autoría del secuestro y asesinato es, explica además el juez, por omisión ya
que los cuatro exjefes de ETA procesados "ostentaban" suficiente
capacidad de mando y de decisión sobre la actividad terrorista al haber podido
dar al comando Donosti de ETA "la orden expresa y concreta de poner en
libertad" a Miguel Ángel Blanco. A pesar de ello y de las
"movilizaciones" de la sociedad, subraya el juez, "no lo
hicieron".
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