29 mayo 2015
No planteará una cuestión prejudicial sobre la aplicación de la
normativa europea
La decisión ha sido adoptada por 11 votos frente a nueve por el Pleno
de lo Penal
Las peticiones de acumulación de penas pendientes serán rechazadas
El Pleno de lo Penal de
la Audiencia Nacional
ha zanjado la polémica que mantenía abierta desde el pasado mes de diciembre,
cuando dos de sus Secciones discreparon sobre la acumulación de penas impuestas
en otro país a miembros de ETA. Hoyo
ha decidido por 11 votos frente a nueve no plantear ante el Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea una
cuestión prejudicial sobre la aplicación de la normativa europea sobre
reconocimiento de sentencias penales.
Tras una
discusión de más de tres horas, los magistrados han decidido mayoritariamente
que plantear la cuestión prejudicial era innecesario una vez que ya se había
pronunciado el Tribunal Supremo. El pasado mes de enero, el Alto Tribunal ya
rechazó que se pudiera producir la acumulación en España de las condenas
impuestas en Francia a miembros de ETA al resolver el recurso relativo a la
situación de Kepa Pikabea. El pasado 10 de marzo, revocó la decisión de la Sección Primera de
lo Penal de la
Audiencia Nacional de excarcelar a Santiago Arróspide Sarasola, Santi Potros, y a Alberto Plazaola. El primero ya
había vuelto a prisión por otras causas, pero Plazaola huyó al conocer la
decisión del Alto Tribunal.
Con la
decisión adoptada hoy por el Pleno de la Audiencia Nacional
las peticiones de acumulación de penas solicitadas por otros miembros de ETA,
aún pendientes de resolver, serán también rechazadas.
Opinión:
Lo dice un Tribunal, punto. De la misma manera que exigimos que se cumpla la ley también deberemos acatarla.
Lo dice un Tribunal, punto. De la misma manera que exigimos que se cumpla la ley también deberemos acatarla.
Aviso: si alguien organiza una manifestación
por este tema, a mi no me representan.
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