14 abril 2015
Penas leves a la red
de extorsión de ETA gracias al chivatazo
Dos años y medio y
cuatro años de cárcel por colaboración y pertenencia a banda armada
La Audiencia Nacional saldó ayer con dos condenas menores
la investigación sobre la trama de extorsión etarra del bar Faisán que recibió
el chivatazo policial. La sentencia es la consecuencia de aquel soplo,
que según los investigadores impidió arrestar por sorpresa a los miembros de la
red e incautarse de documentos incriminatorios.
"Nada se pudo encontrar en los registros", dice
la sentencia dictada por la Sección Primera, corroborando así el lamento que
siempre repitieron los agentes que el 4 de mayo de 2006 vieron cómo una filtración a Joseba
Elosúa, dueño del Faisán daba al traste con la operación Urogallo.
El cambio en la rutina de los etarras aplazó más de un mes
los arrestos. El informe final del equipo que investigó el chivatazo detalla
las consecuencias. No sólo no aparecieron ya los 54.000 euros procedentes de
una extorsión que la red iba a trasladar a Francia el día del soplo:
"Tampoco se hallaron los esperados y
previsibles datos complementarios referidos
a listas y claves de extorsión, cartas, sellos de ETA, contabilidad, notas de
la transmisión de fondos a los aparatos, e información financiera del aparato
de extorsión, vía para lograr el verdadero objetivo final de la
investigación".
Pese a todo, la sentencia de los magistrados Manuela
Fernández Prado (ponente), Nicolás Poveda y Fermín Echarri sostiene, en
referencia al soplo, que "esas circunstancias no han impedido que se pueda
estimar acreditado que el bar Faisán era el lugar utilizado por la organización
ETA para, a través de su propietario Joseba Elosua, materializar la exigencia
del impuesto revolucionario".
Los condenados son Jean
Pierre Harocarene, Txa,mpi, que cumplirá cuatro años por pertenencia a
ETA; y Emilio castillo González, condenado
a dos años y medio por colaboración con la trama.
La prueba contra Harocarene la aportó el mismo, porque
reconoció sus actividades ante la Policía y el juez. No le ha servido desdecirse
en el juicio y alegar que confesó falsedades porque
estaba desorientado.
También Castillo reconoció al juez haber repartido cartas
de extorsión en una ocasión. En el juicio lo negó y dijo que visitaba el bar
para vender embutido pero se va con una condena que, al superar los dos años, supone el ingreso efectivo en prisión.
En el banquillo se sentaron cinco acusados, para los que el
fiscal Carlos Bautista, la AVT y Dignidad y Justicia reclamaban hasta 12 años de
cárcel, el máximo legal por pertenencia a un grupo terrorista.
Parte de la rebaja se debe a las dilaciones indebidas en el procedimiento,
debida entre otras cosas a la lentitud francesa en responder a las comisiones
rogatorias. La sentencia llega casi nueve años después de que se produjeran los
arrestos.
Entre los tres absueltos se encuentra el histórico etarra
Ramón Sagarzazu y Carmelo Luquin, yerno de Elosua y persona a la que el dueño
del Faisán confesó el soplo mientras
iban a Francia a alertar a otro etarra.
La Policía escuchó esa conversación porque había instalado
un micrófono en el coche. Hace unos meses el Tribunal Constitucional declaró nulo este
tipo de grabaciones, lo que supuso otro obstáculo a las
acusaciones del caso Faisán, que no han podido emplear el contenido de esas
conversaciones.
El Constitucional está pendiente de decidir si la nulidad
de esas grabaciones debe beneficiar a los dos policías condenados. Es decir, si
tras la modesta sentencia contra la red de extorsión del Faisán debe estimar
los recursos de amparo y dejar también en nada
las condenas del chivatazo.
Los
argumentos
Soplo en el momento
clave.
"El 4 de mayo de 2006, cuando se esperaba encontrar dinero de las
extorsiones se produjo una filtración (...). Las detenciones se llevaron a cabo
finalmente en el mes de junio de 2006 y nada se pudo encontrar en los
registros.
Era un centro etarra
de extorsión. "Estas circunstancias no han impedido que se
pueda estimar acreditado, a los solos efectos de analizar la conducta de los
acusados, que el bar Faisán era el lugar utilizado por ETA para, a través de su
propietario Joseba Elosua, materializar la exigencia del impuesto
revolucionario".
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