16 febrero 2016
La fiscalía
se opone a la querella contra Carmena y Mayer por los titiriteros
En su informe considera que ni la alcaldesa de Madrid ni
la concejal de Cultura "han ejectuado actos o vertido expresiones"
delictivas
La Fiscalía de la
Audiencia Nacional se ha opuesto este lunes a la
admisión a trámite de la querella de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) contra la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena;
la concejal de Cultura, Celia Mayer, y el director artístico Ramón Ferrer Prada por el caso de los titiriteros.
En
su informe, dirigido al juez Ismael Moreno, el fiscal Pedro Rubira considera que no se
pueden pedir responsabilidades penales a los cargos políticos y administrativos
contra los que se dirige la AVT
porque "no han ejecutado actos o vertido expresiones" constitutivos
de un delito de enaltecimiento del terrorismo.
Por
ello, solo acepta tramitar la querella de la AVT en lo que se refiere a los titiriteros Raúl García Pérez y Alfonso Lázaro de la
Fuente , contra los que también se ha
querellado Dignidad y Justicia, "al existir identidad tanto en
los hechos, los autores investigados en la instrucción judicial, como en la
calificación jurídica".
Pese
a ello, el fiscal también rechaza imponer a los titiriteros una fianza como
reclamaban los querellantes, ya que el procedimiento existente contra ellos
procede de una denuncia que dio lugar a la apertura en el juzgado de Ismael Moreno de unas diligencias "anteriores a
las querellas".
En
su querella, la AVT
se dirigía contra Carmena, Mayer y Ferrer con el argumento de que debido a los
cargos que ocupan en el Ayuntamiento de Madrid "tenían que conocer el
contenido de la obra que se iba a representar", por lo que les consideraba
autores y copartícipes de un delito de enaltecimiento del terrorismo.
Doctrina del
Supremo
Para rechazar la querella con respecto a estos tres
cargos municipales, el fiscal recuerda que el Tribunal Supremo en
"numerosas sentencias" ha establecido que el delito de enaltecimiento
"requiere un comportamiento activo, que excluye la comisión por omisión,
tanto propia como impropia, siendo un delito de mera actividad y carente de
resultado material, y de naturaleza esencialmente dolosa e intencional".
De
esa doctrina del Supremo, que es reflejo de sentencias del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos, el fiscal interpreta que ni Carmena, ni
Mayer, ni Ferrer "han ejecutado actos o vertidos expresiones que permitan
considerarlos como responsables del delito de enaltecimiento del
terrorismo".
A
juicio de la AVT ,
los responsables del contenido de la representación teatral eran tanto los
miembros de la compañía como los representantes de cultura del Ayuntamiento de
Madrid, "perfectamente conocedores del contenido de la obra", así
como la alcaldesa de Madrid por ser la "responsable última de todas las
actividades que organiza el consistorio madrileño".
De
este modo, los dos titiriteros, a los que el juez dejó en libertad el miércoles
tras pasar cinco días en prisión, continuarán siendo los dos únicos
investigados en esta causa, en la que el juez les ha impuesto medidas
cautelares: comparecencias diarias en el juzgado más próximo a su domicilio,
retirada del pasaporte y prohibición de abandonar el territorio nacional.
Opinión:
Pues parece que no era todo tan
grave como parecía, aunque ahora alguien (con recursos para presentar
constantes demandas) podría pensar que hacer ante las noticias que se publican
de un presunto desvío de dinero destinado a seguridad contra el terrorismo para
hacer obras en alguna sede de algún partido político.
No parece una buena manera de
gastar los recursos públicos en la llamada lucha contra el terrorismo, aunque hay
tanta gente que lo de usar los recursos correctamente no sabe lo que significa
que mejor se estarán todos “quietos paraos”.
Es solo una idea
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