viernes, 31 de marzo de 2017

31 marzo 2017 El Periódico de Catalunya (opinión)

31 marzo 2017 



Deroguemos las leyes de excepción
El PP endureció la legislación antiterrorista para atornillar al entorno de ETA. Extinta la banda, aplicársela a tuiteros y raperos carece de todo sentido

La linde entre el humor negro y el mal gusto es tan tenue que, las más de las veces, quienes practican el primero acaban incurriendo en el segundo. Se viertan en Twitter, en los escenarios o en artículos de opinión, los chistes macabros pueden herir sensibilidades individuales o colectivas, máxime cuando ofenden a todo un pueblo, a una raza o a las personas de determinado género o tendencia sexual.

Por eso las democracias modernas se han dotado de instrumentos penales para perseguir la incitación al odio, el racismo o la homofobia, pero procuran aplicarlos con sumo tiento. El humorista francés Dieudonné fue repetidamente multado por sus provocaciones antisemistas, pero solo fue condenado a prisión por apología del terrorismo al solidarizarse con uno de los autores de la matanza del 'Charlie Hebdo'. La pena, de dos meses, ni siquiera le llevó a pisar la cárcel.

En España, en cambio, el legislador ha ido mucho más allá. Los gobiernos del PP han endurecido el tratamiento penal de algunos delitos de opinión, ahora tipificados como «enaltecimiento del terrorismo» y «humillación a las víctimas». Reformas que han permitido a la Audiencia Nacional juzgar los tuits de Cassandra Vera y los versos del rapero César Strawberry, sin duda zafios, e imponerles a ambos  condenas de prisión. 

Paradójicamente, las gracietas de Cassandra sobre el asesinato de Luis Carrero Blanco a manos de ETA ofendieron más al tribunal que a la nieta del almirante franquista, quien pidió su absolución. Quizá porque los chistes a cuenta de la voladura del coche de Carrero vienen de antaño: «De todos mis ascensos, el último fue el más rápido», escribieron Tip y Coll... en 1984. Hoy podrían estar sentados en el banquillo.

El Estado blandió el Código Penal para atornillar al entorno de ETA, pero tras haberla derrotado policialmente carece de sentido seguir aplicando 'urbi et orbe' unas leyes de excepción que deberían ser derogadas o abandonadas en un cajón. Porque el yihadismo no se combate con estas armas.

Opinión:

Que desde octubre de 2011 la banda terrorista ETA haya cesado su actividad no debería ser la razón para derogar ninguna legislación. Lo que debería hacerse de una vez por todas es tener absolutamente definido cual es el concepto al que nos referimos cuando se habla de “terrorismo” y, por extensión, de lo que sería humillación a “las” víctimas, porque lo que para una víctima puede ser motivo de humillación para otra puede no serlo o a una tercera no importarle lo más mínimo.
Por ello, lo más práctico sería conocer la opinión de la víctima a la que se menciona en los tuits o en los comentarios que pueden suponerse delictivos. Si la víctima directamente mencionada no se siente atacada ni humillada ¿para qué tienen que entrar otros estamentos en el tema?
Evidentemente, para corregir estas cuestiones habrá que revisar la legislación y por ello hay quien se olvida que la legislación aplicable a estos temas la crearon y votaron los Diputados… por lo tanto, las quejas deben dirigirse a ellos y no a los que solo aplican la ley, en este caso los jueces.

Por cierto, lo del tuit de Alfonso Rojo ¿alguien lo va a investigar?

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