24 abril 2018 (15.04.18)
Joaquín Giménez
(exmagistrado del Tribunal Supremo): «Lo de Puigdemont no es rebelión. Pero
vulnerar la Constitución
es delito y no sale gratis»
Giménez, cuya vacante
ocupa hoy Pablo Llarena, piensa que su compañero ha cometido «un error táctico»
en la euroorden
Si siempre fue una 'rara avis' en el universo judicial por
su disposición a explicarse ante los periodistas, Joaquín Giménez (Orihuela,
1945) disfruta hoy de la libertad de análisis y opinión que le permite su
jubilación, hace apenas siete meses, como magistrado de la Sala Segunda del
Supremo, la élite del penalismo español. Cuarenta y tres años de ejercicio dan
para mucho. También para que las circunstancias hagan que su vacante en el alto
tribunal la haya ocupado Pablo Llarena, el juez del procés independentista
algunas de cuyas decisiones Giménez contradice en esta entrevista con DV.
-¿Han protagonizado Puigdemont y el
resto de los líderes secesionistas la rebelión por la que les procesa Llarena?
-El delito de rebelión exige un alzamiento violento y público. Y se ha creado
una especie de dicotomía según la cual o es rebelión o no es nada, cuando no es
esto. Aquí hay un conflicto político que ha ido creciendo desde 2012, ante la
vista, ciencia y paciencia del Gobierno central, que no ha hecho políticamente
nada. Y si el problema tiene una raíz política, pues resuélvase en esa
instancia. Pero aparte, y esto es verdad, ha habido una vulneración del
ordenamiento jurídico en la que se han cometido hechos penales. Ahora, no hay
que tirar con pólvora del rey: esto no es una rebelión, ni por asomo un golpe
de Estado. Golpe de Estado fue el 23-F, con el Congreso secuestrado y los
tanques en Valencia. Esto no. Búsquense, por tanto, otros tipos penales, que los
hay.
-¿Cuáles?
-Hay que
distinguir las cosas. Tenemos lo que ocurrió en un momento determinado, que fue
el cerco en septiembre a la consejería de Economía de la Generalitat sometida a
registro por una comisión judicial. En ese cerco, dos personas muy concretas,
hoy en prisión, llamaron a un tumulto que reunió a miles de personas. Después,
desde el techo de los coches de la Guardia Civil , destrozados, estuvieron alardeando
y actuando como intermediarios sobre las condiciones en las que podía salir o
no la comisión judicial. Y todo se prolongó varias horas. Esto, a mi modo de
ver, puede encuadrarse en el delito de sedición, que implica un alzamiento
tumultuario, no violento en origen. ¿Autores? Los dos Jordis. ¿Había un acuerdo
para ello de todos los demás, del Parlamento...? Eso ya me parece de aurora
boreal. No todo es terrorismo, no todo es rebelión, no todos son autores, no
todo está consumado. Si algo ha de definir el Derecho Penal es la ponderación,
la serenidad, la reflexión, la proporcionalidad. Palabras que están ausentes en
todo este conflicto.
-La mayoría independentista acaba
de volver a proponer a uno de esos dos Jordis -Sànchez- como candidato a
presidir la Generalitat.
-Es que
estamos ante un enrocamiento... A mí me recuerda lamentablemente el 'cuanto
peor, mejor', que tuvo unos tintes muy sangrientos en Euskadi. Las fuerzas
independentistas tienen la mayoría para proponer un candidato. Pero un
candidato idóneo, que no tenga responsabilidades penales. Ahora, si lo que se
quiere crear es una situación de cortocircuito, estaremos donde estamos. ¿Que
cómo se pueden calificar hechos como la aprobación de las leyes de desconexión
en el Parlamento? Aquí se han vulnerado resoluciones precisas del Tribunal
Constitucional que han sido comunicadas, una a una, a todos los miembros de la Mesa y del Gobierno. Y
vulnerarlas no sale gratis. No puede ser que quienes tienen que ser garantes de
la legalidad constitucional y estatutaria busquen atajos.
-¿Sugiere desobediencia?
-Me cuadra,
como también la posible malversación de caudales públicos. ¿En el caso del
referéndum del 1 de octubre? Pues fue una pantomima en la que se regaló a toda
Europa, donde la 'marca España' ha sido un silencio que ha llenado la 'marca
independentista catalana', las imágenes de la Policía cargando contra
quienes iban a votar. Lo que ocultó las irregularidades y falta de garantías de
la consulta.
-Si el Derecho Penal es
ponderación, reflexión y serenidad, ¿no están actuando con ninguna de esas tres
cualidades sus excompañeros del Supremo?
-Con
respecto a la calificación de rebelión, no la comparto en absoluto, ni siquiera
como juicio de probabilidad. El auto de procesamiento dictado por Llarena hace
un relato de un proceso de 2012
a 2017 que justificaría la rebelión. Lo cual equivale a
decir, poco menos, que se ha estado cometiendo rebelión durante cinco años.
¿Por qué chirría este argumento? Porque había un problema político que va
creciendo y su derivada penal aparece con la aprobación de las leyes de
desconexión, en aquellas sesiones del pasado septiembre en el Parlamento
verdaderamente bochornosas.
-¿Prevarica Llarena? Es decir,
¿está tomando decisiones a sabiendas de que pueden ser injustas?
-No.
Estamos en un tremendismo punitivo que opera también lingüísticamente. La
querella del Parlamento sigue el camino de las frases y las actuaciones
gruesas, y por ahí no vamos a resolver esto. El terreno penal es muy concreto,
muy preciso, y en el que hay que actuar en las antípodas del 'a por ellos, a
por ellos'.
-¿Se ha ganado el Supremo que se le
considere el brazo armado, jurídicamente hablando, del poder político español?
-No, no,
no. El Supremo es un singular que, en realidad, es un plural. Tiene cinco salas
con 80 magistrados, sin dependencia jerárquica ni cadena de mando. La Sala Segunda del
Supremo sí ha tenido algunas resoluciones vinculadas al terrorismo de ETA, con
las que yo he estado en abierto desacuerdo, que han generado una imagen
perjudicial en Europa tras recibir el correctivo del Tribunal de Derechos
Humanos. Hablo, por ejemplo, de la doctrina Parot. El terrorismo lo tensiona
todo. Hasta el punto de que ahora hemos pretendido convertir en terrorismo las
actuaciones de los llamados Comités en Defensa de la República en Cataluña.
-¿La denuncia de los eventuales
excesos judiciales en la calificación de los delitos está derivando en
tolerancia o condescendencia hacia los episodios de violencia que se vienen
registrando?
-Hay un
problema con eso de 'o es rebelión o no es nada'. Yo creo, y lo digo con toda
claridad, que ha habido una vulneración del ordenamiento jurídico, con
incidencia en el ámbito penal, en las actuaciones del Parlamento y el Gobierno
de la Generalitat. Y
hay que analizar cada una de esas actuaciones concretas sin intención ni de
asustar ni de complacer. En el Derecho Penal hay que actuar con bisturí, no con
el cuchillo jamonero. Y si terrorismo es todo, sobra entonces casi todo el
Código Penal.
-¿Deberían estar en libertad, a la
espera del juicio, los dirigentes del procés hoy presos?
-No
encuentro la reiteración delictiva, sobre la que se está haciendo un juicio de
intenciones. Especialmente en el caso de las personas a las que se envió a
prisión, se las dejó posteriormente en libertad y ahora han vuelto a ser
encarceladas. No solo no encuentro esa reiteración delictiva, sino que ha
habido manifestaciones concretas en sentido contrario, como sostener que la
declaración unilateral de independencia no tenía efecto o incluso haber
renunciado al escaño.
-Vayamos a Alemania. ¿Se han
extralimitado sus colegas de Schleswig-Holstein en la tramitacón de la
euroorden contra Puigdemont, al entrar a analizar si hubo o no rebelión cuando
no les correspondería hacerlo?
-De
entrada: como no comparto que estemos ante un caso de rebelión, limitar la
euroorden a ese delito constituye, a mi juicio, un error táctico de Llarena al
no incluir subsidiriamente la sedición o la desobediencia grave. Cuando el
Supremo admitió la querella de la
Fiscalía , esta no solo citaba la rebelión, sino que el
abanico indiciario era más amplio. Ese abanico ha quedado reducido en el auto
de procesamiento de Llarena y en su euroorden posterior a rebelión y
malversación. Puede haber una explicación, que es metajurídica aunque no digo
que esté en el fondo de la calificación. Porque hay una consecuencia
automática: si te procesan por rebelión y estás en la cárcel, quedas
inhabilitado políticamente. Si es sedición y no estás en la cárcel, podrás ser
condenado en su momento, pero no estás inhabilitado. Esta clave puede haber
jugado su papel.
-No existe ni siquiera un consenso
mínimo. Hay juristas que acusan a los magistrados alemanes de estar provocando
un grave daño a la colaboración europea en materia judicial y quienes
argumentan todo lo contrario.
-La
euroorden ha supuesto un avance clarísimo para la consolidación de ese espacio
de justicia, libertad y seguridad de la Unión Europea , con
una confianza común. Hay un máximo común denominador dentro de la diversidad.
Yo creo que no se ha explicado muy bien lo de la euroorden. La ley 3/2003 que
la regula desglosa en su artículo 9 un catálogo de 32 delitos, en los que
acordará la entrega de la persona reclamada sin control de la doble
tipificación de los hechos en el país que pide la entrega y el que tiene que
ejecutarla. En ese catálogo no está la rebelión. ¿Y qué dice la ley sobre los
supuestos no contemplados? Que la entrega podrá supeditarse al requisito de que
los hechos sean constitutivos de un delito conforme a la legislación del país
que recibe la euroorden; en este caso, Alemania. Y mientras que la Fiscalía alemana ha hecho
una equiparación meramente formal entre nuestro delito de rebelión y el de alta
traición de su país, el tribunal ha optado por un análisis distinto. Con una
aclaración: cada país elige el órgano ejecutor de las euroordenes. En España es
la Audiencia
Nacional y en Alemania, el tribunal del lander
correspondiente. Así que no cabe desautorizarlo.
-Si fuera Llarena, ¿se arriesgaría a presentar una cuestión prejudicial
ante el Tribunal de Luxemburgo?
-No lo veo
desacertado, dadas las circunstancias.
-Y si finalmente ninguno de los
procesados que han huido son entregados a España por rebelión, ¿es factible
juzgar por ese delito a los que sí están en prisión?
-Pues
hombre, sería una situación que haría chirriar al sistema penal. Se podría
retirar esta euroorden y sustituirla por otra, con otro posible abanico
delictivo. Pero habría sido más conveniente un ejercicio más intenso de la
ponderación. Cada vez que escucho que los procesados pueden ser condenados
hasta a 30 años de prisión, me hago la siguiente pregunta: ¿alguien en su sano
juicio puede creer que dentro de dos, tres o cuatro años alguno de esos
implicados va a seguir en prisión? Si esto fuera a ser así, no quiero ni
imaginar el cuadro político que tendríamos en España. El Supremo ya ha dejado
escrito que la proporcionalidad es el principio rector de cualquier resolución
judicial.
-¿Qué precio está pagando la
credibilidad del Estado de Derecho por el desafío secesionista?
-No me
atrevería a cuantificarlo. Pero sí se está pagando un cierto precio. Puigdemont
ha ido divulgando, intencionadamente y con éxito, la especie de que España no
es un Estado de Derecho. Habría que recordarle que en la España franquista ni se
habría podido fugar ni habría sido nunca candidato a elección alguna. Y en los
Países Bajos todavía se asusta a los niños con el duque de Alba. Esta situación
tiene dos responsables políticos, los dos parte del problema y ninguno parte de
la solución: Puigdemont y Rajoy.
Opinión:
Agradecer a una víctima amigo y compañero del País Vasco el
envío de la presente información. Es un honor saber que hay muchas víctimas que
siguen el blog y, cuando les es posible, colaboran con sus envíos.
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