miércoles, 25 de abril de 2018

24 abril 2018 (15.04.18) Diario Vasco (opinión)

24 abril 2018 (15.04.18) 




Joaquín Giménez (exmagistrado del Tribunal Supremo): «Lo de Puigdemont no es rebelión. Pero vulnerar la Constitución es delito y no sale gratis»

Giménez, cuya vacante ocupa hoy Pablo Llarena, piensa que su compañero ha cometido «un error táctico» en la euroorden

Si siempre fue una 'rara avis' en el universo judicial por su disposición a explicarse ante los periodistas, Joaquín Giménez (Orihuela, 1945) disfruta hoy de la libertad de análisis y opinión que le permite su jubilación, hace apenas siete meses, como magistrado de la Sala Segunda del Supremo, la élite del penalismo español. Cuarenta y tres años de ejercicio dan para mucho. También para que las circunstancias hagan que su vacante en el alto tribunal la haya ocupado Pablo Llarena, el juez del procés independentista algunas de cuyas decisiones Giménez contradice en esta entrevista con DV.

-¿Han protagonizado Puigdemont y el resto de los líderes secesionistas la rebelión por la que les procesa Llarena?

-El delito de rebelión exige un alzamiento violento y público. Y se ha creado una especie de dicotomía según la cual o es rebelión o no es nada, cuando no es esto. Aquí hay un conflicto político que ha ido creciendo desde 2012, ante la vista, ciencia y paciencia del Gobierno central, que no ha hecho políticamente nada. Y si el problema tiene una raíz política, pues resuélvase en esa instancia. Pero aparte, y esto es verdad, ha habido una vulneración del ordenamiento jurídico en la que se han cometido hechos penales. Ahora, no hay que tirar con pólvora del rey: esto no es una rebelión, ni por asomo un golpe de Estado. Golpe de Estado fue el 23-F, con el Congreso secuestrado y los tanques en Valencia. Esto no. Búsquense, por tanto, otros tipos penales, que los hay.
-¿Cuáles?
-Hay que distinguir las cosas. Tenemos lo que ocurrió en un momento determinado, que fue el cerco en septiembre a la consejería de Economía de la Generalitat sometida a registro por una comisión judicial. En ese cerco, dos personas muy concretas, hoy en prisión, llamaron a un tumulto que reunió a miles de personas. Después, desde el techo de los coches de la Guardia Civil, destrozados, estuvieron alardeando y actuando como intermediarios sobre las condiciones en las que podía salir o no la comisión judicial. Y todo se prolongó varias horas. Esto, a mi modo de ver, puede encuadrarse en el delito de sedición, que implica un alzamiento tumultuario, no violento en origen. ¿Autores? Los dos Jordis. ¿Había un acuerdo para ello de todos los demás, del Parlamento...? Eso ya me parece de aurora boreal. No todo es terrorismo, no todo es rebelión, no todos son autores, no todo está consumado. Si algo ha de definir el Derecho Penal es la ponderación, la serenidad, la reflexión, la proporcionalidad. Palabras que están ausentes en todo este conflicto.
-La mayoría independentista acaba de volver a proponer a uno de esos dos Jordis -Sànchez- como candidato a presidir la Generalitat.
-Es que estamos ante un enrocamiento... A mí me recuerda lamentablemente el 'cuanto peor, mejor', que tuvo unos tintes muy sangrientos en Euskadi. Las fuerzas independentistas tienen la mayoría para proponer un candidato. Pero un candidato idóneo, que no tenga responsabilidades penales. Ahora, si lo que se quiere crear es una situación de cortocircuito, estaremos donde estamos. ¿Que cómo se pueden calificar hechos como la aprobación de las leyes de desconexión en el Parlamento? Aquí se han vulnerado resoluciones precisas del Tribunal Constitucional que han sido comunicadas, una a una, a todos los miembros de la Mesa y del Gobierno. Y vulnerarlas no sale gratis. No puede ser que quienes tienen que ser garantes de la legalidad constitucional y estatutaria busquen atajos.
-¿Sugiere desobediencia?
-Me cuadra, como también la posible malversación de caudales públicos. ¿En el caso del referéndum del 1 de octubre? Pues fue una pantomima en la que se regaló a toda Europa, donde la 'marca España' ha sido un silencio que ha llenado la 'marca independentista catalana', las imágenes de la Policía cargando contra quienes iban a votar. Lo que ocultó las irregularidades y falta de garantías de la consulta.
-Si el Derecho Penal es ponderación, reflexión y serenidad, ¿no están actuando con ninguna de esas tres cualidades sus excompañeros del Supremo?
-Con respecto a la calificación de rebelión, no la comparto en absoluto, ni siquiera como juicio de probabilidad. El auto de procesamiento dictado por Llarena hace un relato de un proceso de 2012 a 2017 que justificaría la rebelión. Lo cual equivale a decir, poco menos, que se ha estado cometiendo rebelión durante cinco años. ¿Por qué chirría este argumento? Porque había un problema político que va creciendo y su derivada penal aparece con la aprobación de las leyes de desconexión, en aquellas sesiones del pasado septiembre en el Parlamento verdaderamente bochornosas.
-¿Prevarica Llarena? Es decir, ¿está tomando decisiones a sabiendas de que pueden ser injustas?
-No. Estamos en un tremendismo punitivo que opera también lingüísticamente. La querella del Parlamento sigue el camino de las frases y las actuaciones gruesas, y por ahí no vamos a resolver esto. El terreno penal es muy concreto, muy preciso, y en el que hay que actuar en las antípodas del 'a por ellos, a por ellos'.
-¿Se ha ganado el Supremo que se le considere el brazo armado, jurídicamente hablando, del poder político español?
-No, no, no. El Supremo es un singular que, en realidad, es un plural. Tiene cinco salas con 80 magistrados, sin dependencia jerárquica ni cadena de mando. La Sala Segunda del Supremo sí ha tenido algunas resoluciones vinculadas al terrorismo de ETA, con las que yo he estado en abierto desacuerdo, que han generado una imagen perjudicial en Europa tras recibir el correctivo del Tribunal de Derechos Humanos. Hablo, por ejemplo, de la doctrina Parot. El terrorismo lo tensiona todo. Hasta el punto de que ahora hemos pretendido convertir en terrorismo las actuaciones de los llamados Comités en Defensa de la República en Cataluña.
-¿La denuncia de los eventuales excesos judiciales en la calificación de los delitos está derivando en tolerancia o condescendencia hacia los episodios de violencia que se vienen registrando?
-Hay un problema con eso de 'o es rebelión o no es nada'. Yo creo, y lo digo con toda claridad, que ha habido una vulneración del ordenamiento jurídico, con incidencia en el ámbito penal, en las actuaciones del Parlamento y el Gobierno de la Generalitat. Y hay que analizar cada una de esas actuaciones concretas sin intención ni de asustar ni de complacer. En el Derecho Penal hay que actuar con bisturí, no con el cuchillo jamonero. Y si terrorismo es todo, sobra entonces casi todo el Código Penal.
-¿Deberían estar en libertad, a la espera del juicio, los dirigentes del procés hoy presos?
-No encuentro la reiteración delictiva, sobre la que se está haciendo un juicio de intenciones. Especialmente en el caso de las personas a las que se envió a prisión, se las dejó posteriormente en libertad y ahora han vuelto a ser encarceladas. No solo no encuentro esa reiteración delictiva, sino que ha habido manifestaciones concretas en sentido contrario, como sostener que la declaración unilateral de independencia no tenía efecto o incluso haber renunciado al escaño.
-Vayamos a Alemania. ¿Se han extralimitado sus colegas de Schleswig-Holstein en la tramitacón de la euroorden contra Puigdemont, al entrar a analizar si hubo o no rebelión cuando no les correspondería hacerlo?
-De entrada: como no comparto que estemos ante un caso de rebelión, limitar la euroorden a ese delito constituye, a mi juicio, un error táctico de Llarena al no incluir subsidiriamente la sedición o la desobediencia grave. Cuando el Supremo admitió la querella de la Fiscalía, esta no solo citaba la rebelión, sino que el abanico indiciario era más amplio. Ese abanico ha quedado reducido en el auto de procesamiento de Llarena y en su euroorden posterior a rebelión y malversación. Puede haber una explicación, que es metajurídica aunque no digo que esté en el fondo de la calificación. Porque hay una consecuencia automática: si te procesan por rebelión y estás en la cárcel, quedas inhabilitado políticamente. Si es sedición y no estás en la cárcel, podrás ser condenado en su momento, pero no estás inhabilitado. Esta clave puede haber jugado su papel.
-No existe ni siquiera un consenso mínimo. Hay juristas que acusan a los magistrados alemanes de estar provocando un grave daño a la colaboración europea en materia judicial y quienes argumentan todo lo contrario.
-La euroorden ha supuesto un avance clarísimo para la consolidación de ese espacio de justicia, libertad y seguridad de la Unión Europea, con una confianza común. Hay un máximo común denominador dentro de la diversidad. Yo creo que no se ha explicado muy bien lo de la euroorden. La ley 3/2003 que la regula desglosa en su artículo 9 un catálogo de 32 delitos, en los que acordará la entrega de la persona reclamada sin control de la doble tipificación de los hechos en el país que pide la entrega y el que tiene que ejecutarla. En ese catálogo no está la rebelión. ¿Y qué dice la ley sobre los supuestos no contemplados? Que la entrega podrá supeditarse al requisito de que los hechos sean constitutivos de un delito conforme a la legislación del país que recibe la euroorden; en este caso, Alemania. Y mientras que la Fiscalía alemana ha hecho una equiparación meramente formal entre nuestro delito de rebelión y el de alta traición de su país, el tribunal ha optado por un análisis distinto. Con una aclaración: cada país elige el órgano ejecutor de las euroordenes. En España es la Audiencia Nacional y en Alemania, el tribunal del lander correspondiente. Así que no cabe desautorizarlo.
-Si fuera Llarena, ¿se arriesgaría a presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo?
-No lo veo desacertado, dadas las circunstancias.
-Y si finalmente ninguno de los procesados que han huido son entregados a España por rebelión, ¿es factible juzgar por ese delito a los que sí están en prisión?
-Pues hombre, sería una situación que haría chirriar al sistema penal. Se podría retirar esta euroorden y sustituirla por otra, con otro posible abanico delictivo. Pero habría sido más conveniente un ejercicio más intenso de la ponderación. Cada vez que escucho que los procesados pueden ser condenados hasta a 30 años de prisión, me hago la siguiente pregunta: ¿alguien en su sano juicio puede creer que dentro de dos, tres o cuatro años alguno de esos implicados va a seguir en prisión? Si esto fuera a ser así, no quiero ni imaginar el cuadro político que tendríamos en España. El Supremo ya ha dejado escrito que la proporcionalidad es el principio rector de cualquier resolución judicial.
-¿Qué precio está pagando la credibilidad del Estado de Derecho por el desafío secesionista?

-No me atrevería a cuantificarlo. Pero sí se está pagando un cierto precio. Puigdemont ha ido divulgando, intencionadamente y con éxito, la especie de que España no es un Estado de Derecho. Habría que recordarle que en la España franquista ni se habría podido fugar ni habría sido nunca candidato a elección alguna. Y en los Países Bajos todavía se asusta a los niños con el duque de Alba. Esta situación tiene dos responsables políticos, los dos parte del problema y ninguno parte de la solución: Puigdemont y Rajoy.

Opinión:

Agradecer a una víctima amigo y compañero del País Vasco el envío de la presente información. Es un honor saber que hay muchas víctimas que siguen el blog y, cuando les es posible, colaboran con sus envíos.

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