Barcelona, a 19 de agosto de 2019
Ante las informaciones y opiniones
expresadas recientemente en diversos medios de comunicación, entre las que
destacamos las pronunciadas por la Dirección General de Apoyo a Víctimas del
Terrorismo del Ministerio del Interior y las del presidente de la Asociación Catalana
de Víctimas de Organizaciones Terroristas –ACVOT-, la Unitat d’Atenció i Valoració a Afectats per
Terrorisme (UAVAT), emite el siguiente comunicado:
En base al convenio firmado por la
UAVAT con el Ajuntament
de Barcelona, y atendiendo a su finalización en mayo de 2019, nuestra Unidad hizo públicos en rueda de
prensa algunos de los datos obtenidos, análisis y consideraciones de su memoria de trabajo.
Forma parte de nuestros objetivos específicos la difusión y la sensibilización,
así como, destilar propuestas de mejora.
Reiteramos que la cifra reflejada
de que un 82% de los afectados que han
enviado solicitud de reconocimiento por daños psicológicos han obtenido
respuesta denegatoria por parte de la Dirección General
de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior, corresponde
únicamente a personas atendidas en nuestra Unidad de las que tenemos esa
información; quedando esta cifra objetiva, obviamente, integrada en el número
total de denegaciones expresadas por el Ministerio del Interior en su nota de
prensa.
Es totalmente errónea la afirmación de que existe contradicción entre
los datos presentados por la
UAVAT y los datos emitidos por la Dirección General
de Apoyo a Victimas del Terrorismo. A este respecto, se señala que en su nota de prensa, el Ministerio del Interior no aporta la
cifra de los heridos –únicamente- psicológicos, sino el número total de
víctimas reconocidas. El número de ayudas psicológicas otorgadas (que
incluye también las prestadas a heridos físicos y familiares de víctimas) se ha
confundido en numerosos medios de comunicación con el número de heridos
psicológicos, dato que no ha sido facilitado en ningún caso. Esta información,
entre otras, ha sido recientemente solicitada por la UAVAT a la propia Dirección
General de Apoyo a Victimas del Terrorismo en aras de poder analizar, con la
mejor perspectiva posible, la atención a todas las personas afectadas por los
atentados de Catalunya de agosto de 2017.
Las personas afectadas han
tramitado sus solicitudes aportando la información disponible requerida en legítimo ejercicio de sus derechos,
no siendo competencia de nuestra asociación determinar su condición de víctima
o testigo, sino la de informar de dichos derechos prestando un soporte
continuado desde una perspectiva jurídica y psicológica. Para mejor proceder,
se estableció comunicación y coordinación previa con la Dirección General.
En este sentido, la
Dirección General de Apoyo a Victimas del Terrorismo tenía
pleno conocimiento de la tipología de personas afectadas a las que se dirigía
fundamentalmente la UAVAT
-seguimiento iniciado por el CUESB-, de nuestra labor y objetivos, así como, de
la común preocupación porque las personas con afectación psicológica, debido a
su mayor dificultad de localización y filiación, pudieran realizar
convenientemente y en plazo, sus solicitudes.
Es de pleno conocimiento también, y
así se manifiesta, que la UAVAT
insta a las administraciones competentes a una reflexión profunda en cuanto a los criterios de valoración del nexo
causal de las lesiones psíquicas postraumáticas, por no adecuarse ni al
protocolo de filiación (ausencia significativa en los listados de heridos) ni a
la naturaleza y curso de las mismas. Aún más, si cabe, atendiendo al hecho de
la existencia de casos en los que la Dirección General
de Apoyo a Victimas del Terrorismo del Ministerio del Interior (a través de su
Unidad Médica competente) no ha establecido un nexo causal mientras éste sí
queda establecido por la valoración forense realizada a instancias de la Audiencia Nacional
en algunos de los afectados con respuesta denegatoria. En este sentido, esta
contradicción genera gran perplejidad y confusión en las personas afectadas y
sintoniza con la reflexión solicitada por nuestra Unidad.
En relación a este último punto,
recordamos que una persona afectada, actualmente no reconocida como Víctima del
Terrorismo por el Ministerio del Interior, también puede obtener dicho
reconocimiento posteriormente en una sentencia judicial. Por ello, instamos a ser prudentes ante los
prejuicios y opiniones expresadas ya que pueden causar desprestigio en las
personas que ejercen este derecho. La propia sentencia del juicio penal
sobre los atentados de agosto de 2017 en Catalunya además de determinar los hechos probados,
puede determinar distintas calificaciones en las víctimas que causaron.
Firmado,
Junta directiva de la UAVAT
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