viernes, 9 de junio de 2017

09 junio 2017 (2) Colpisa (artículo) (opinión)

09 junio 2017



¿Qué pasará con el entorno de la víctima?

Desgraciadamente el terrorismo ha vuelto a actuar y, en este caso, ha asesinado a un ciudadano español. La esperanza se ha desvanecido y la búsqueda de Ignacio Echevarría ha terminado al descubrir su muerte y aunque la autopsia determinará como se produjo su asesinato, ver, escuchar y leer las noticias sobre el atentado y las continuadas apariciones de diversos testigos, incluyendo a algunos familiares de Ignacio y su encomiable reacción ante hechos tan luctuosos, nos hacen recordar que no debemos bajar la guardia ante las consecuencias de un atentado terrorista.

Los abajo firmantes llevamos acumulados casi 30 años de experiencia en la asistencia a víctimas del terrorismo, como víctima inválida del atentado en Hipercor y como psicóloga clínica y forense experta en PTSD y emergencias.
Por ello mostramos especial interés en revisar con suma atención las reacciones y los relatos tanto de familiares como de amigos o de testigos presenciales y, como consecuencia, presentamos varias preguntas: si el paso del tiempo produce algún tipo de secuela psicológica ¿cómo reaccionará la administración competente? ¿se reconocerán esas (probables) secuelas como derivadas de atentado terrorista? ¿o, por el contrario, la respuesta será que no son reconocidas como atentado “por no encontrarse en el lugar de los hechos o en riesgo de muerte”?

Al contrario de lo que se conoce en la información a nivel público, la legislación española en materia de asistencia a víctimas del terrorismo no es tan completa como cuentan. Hay que explicar que ser ciudadano español y sufrir un atentado en el extranjero incluye ciertas diferencias en relación a ser español (o incluso un ciudadano de cualquier otra nacionalidad) y sufrirlo en territorio nacional. Que se lo expliquen a varias de las víctimas de los atentados en Casablanca (2003), Londres (2005), Shar el Shaik (2005), Yemen (2007) o Tunez (2015)...

Y si nos vamos al siglo pasado (qué lejos nos queda ya...) podríamos hablar de Enrique y Nuria, quienes sufrieron el asesinato de su hija Silvia y su hijo Jordi en el atentado de Hipercor. Tenían 13 y 9 años u¡y habían ido a comprar un bañador con su tía Merçè (también asesinada). Las secuelas de carácter psicológico que tal crimen les produjo afloraron años después pero, al no estar presentes en el lugar de los hechos, son consideradas exclusivamente como enfermedad común. La administración considera que el hecho de no presenciar “in situ” el asesinato de tus hijos implica negar que esas secuelas reconocidas como incapacitantes a nivel de enfermedad común se derivan realmente del atentado. Aunque los informes médicos de especialistas en la materia certifiquen lo contrario. Lo mismo podríamos decir de varias víctimas de atentados del presente siglo, incluidos algunos del maldito jueves 11 de marzo de 2004.

Del mismo modo, ¿alguien podría dudar que las secuelas que padece un ciudadano tras intentar localizar a su cónyuge visionando quince cadáveres en una sola noche no le producirá algún tipo de trastorno? Una vez certificadas esas secuelas ¿quién es la administración para decir que para otorgar legitimidad a estas secuelas, éstas deben aparecer en el primer año tras el atentado? Son casos reales, con nombres y apellidos que no merecen la sensibilidad ni la mínima atención por parte de la administración que después lanzará el mensaje “estamos con las víctimas”. ¿Con cuáles? Con “las” no, si acaso con algunas. Es la misma administración que no muestra interés alguno en encontrar a 280 víctimas pese a tener nombres, apellidos, fecha y lugar del atentado, banda terrorista autora....

Más reflexiones. ¿Podría ser víctima una persona que, tras ocurrir un atentado cerca de su domicilio, se personara en una comisaría explicando su versión sobre lo ocurrido? Sí, en algunos casos. ¿Puede alguien así aparecer en una sentencia?. Sí, en algunos casos. ¿Se le deniega el reconocimiento de las secuelas psicológicas como derivadas de atentado terrorista a los familiares que no estuvieran presentes en el lugar del atentado? Sí, en todos los casos. Sutil diferencia de criterios.

Llevamos años denunciando esta anómala situación porque no se corresponde con la realidad, ni médica ni asistencial ni humana, pero eso no puede ser razón para que, al solicitar el reconocimiento de las secuelas psicológicas, desde la administración se responda “es que si aceptamos a esta víctimas saldrán otras de debajo de las piedras”.

Pero ocurrió en 2005 y, desgraciadamente, podrá volver a ocurrir en todos aquellos casos en los que se vea envuelta la problemática mental que se genera cuando se sufre un atentado terrorista.
Y pensemos que el dolor causado por una muerte no entiende ni del país donde ocurre el atentado ni de la nacionalidad ni, por encima de cualquier otra razón, de estar o no estar presente en el lugar del asesinato.

Sara Bosch Carretero, psicóloga clínica y forense
Robert Manrique Ripoll, víctima atentado en Hipercor

Opinión:

Qué bien se trabaja con aquellas personas que tienen una experiencia demostrable que, por mucho que algunos ineptos lo intenten, jamás podrán borrar ni mucho menos esconder. Hacía tiempo que no escribía un artículo con Sara Bosch en menos de un cuarto de hora, mientras picábamos unas croquetas y un poco de ensaladilla rusa...
Esos momentos en los que no pasa el tiempo...
En cuanto al artículo, decir que los amigos de Colpisa contactaban conmigo para preparar unas entrevistas por el cercano 30 aniversario del atentado en Hipercor pero, como ocurre cuando se habla con antiguas amistades, un tema llevó al otro y el siguiente paso fue la típica pregunta: ¿”escribirías algo sobre este tema en un par de horas”?
Pues esta es la respuesta, un artículo que hoy se puede leer en decenas de periódicos del grupo Vocento bajo varios titulares:

¿Qué pasará con el entorno de la víctima?

¿Quién se acuerda de los familiares de las víctimas?

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