29 julio 2017
Los tuits son opiniones y no
enaltecen el terrorismo, según en Tribunal Supremo
Los tuits
realizados por un usuario no constituyen delito de enaltecimiento del
terrorismo según ha confirmado el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha confirmado hoy la absolución de un acusado de enaltecimiento del terrorismo al considerar
que los tuits por los que se le acusaba eran opiniones. El alto
tribunal considera los mensajes de mal gusto pero están amparados por la
libertad de expresión.
¿De qué estamos hablando?
En concreto, el acusado
había difundido una imagen del logotipo de Askatasuna junto con una foto de la bandera de la
organización ilegalizada sugiriendo a otro usuario de Twitter a usarlas para
protestar por la dispersión de los presos de ETA.
Otro de los mensajes
era una foto de la salida de prisión del miembro de ETA Txomin Lessende
Aldekoa con el mensaje en euskera: "Txomin Lessende, libre,
bienvenido". Otro de los mensajes contenía el siguiente
texto: "EH BILDU condena el ataque a un cajero de Kutxabank ¿Cómo
quieren que se defienda a la ciudadanía de la
banca?, ¿pidiéndolo por favor? Fariseos".
El Tribunal también
considera que los mensajes de otros usuarios que el acusado compartió también
son opiniones y no enaltecimiento. Pero matiza que hay que tener cuidado a la hora de retuitear ya que "la reflexión, desde el punto de vista
del elemento subjetivo, puede quedar más desvanecida". Finalmente concluye
que los mensajes "se limitan a pedir amnistía para los presos de ETA y
celebrar la libertad de los mismos".
Opinión:
pues si los tuits son opiniones y no enaltecen el
terrorismo, me gustaría saber cómo acabaría el asunto del repugnante tuit de
Alfonso Rojo de hace unos meses si la Fiscalía hubiera actuado de oficio...
aunque tal y como está la justicia ya me imagino el resultado...
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