20 marzo 2015
El Gobierno
indemnizará con 200.000 euros a los familiares del matrimonio fallecido
Será la
primera vez que españoles víctimas de atentados en el extranjero reciban ayuda
El Gobierno deberá
indemnizar a la familia del matrimonio
catalán fallecido este miércoles en el atentado terrorista de Túnez con una cantidad de 100.000 euros por persona,
según lo establecido en la Ley de Reconocimiento
y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. Será la primera vez que españoles
civiles que han sido víctimas de atentados terroristas en el extranjero reciban
esta ayuda estatal.
La norma aprobada en la pasada legislatura e
impulsada por el entonces ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, incorporó las
indemnizaciones a las víctimas civiles en los atentados que tuvieran lugar en
el exterior, extremo sobre el que había un vacío legal en la anterior legislación.
Según el artículo 22 de la
norma, "si el español no tuviera su residencia en el país en que se
produzca la acción terrorista, percibirá el 40% de las cantidades"
establecidas en la ley.
En el anexo que recoge las indemnizaciones por
fallecimiento en un atentado terrorista, se fija que la cuantía asciende a
250.000 euros si el ataque se produce en España, de manera que la ayuda en caso
de muerte violenta en el extranjero, para no residentes, será de 100.000 euros.
La familia de Antonio Cirera y Dolors Sánchez, el matrimonio
catalán fallecido en el ataque al Museo Nacional del Bardo de Túnez, será la primera en ser
indemnizada en aplicación de la ley.
Desde el atentado de Yemen en 2007 en el que
fallecieron ocho turistas españoles, ningún civil nacional había perdido la
vida fuera de las fronteras nacionales como consecuencia de un acto terrorista.
La compañía de cruceros en la que viajaron Cirera y
Sánchez, MSC Cruceros, recoge en su contrato asociado a la
reserva que "quedan excluidas de las garantías aseguradas los daños,
situaciones, gastos y consecuencias" derivadas de, entre otras
situaciones, "actos de terrorismo". Igualmente, la póliza advierte de
que no está incluida la repatriación de cadáveres.
Opinión:
Siempre me ha gustado ofrecer
información contrastada y tengo la ventaja de tener excelentes amigos en la
infinita mayoría de medios de comunicación. Como me decía ayer un periodista de
Madrid, no hay mucha gente que pueda decir que lleva mas de media vida dedicada
a colaborar con los medios...
Pero esta relación creada a lo
largo de los años no impide que, cuando un medio de información DESinforma, no
pueda ofrecer mi opinión. Y me duele decir lo siguiente, pero esta información
publicada por el diario El Mundo es una muestra mas del nulo contraste que
algunos periodistas realizan, aunque sea de vez en cuando.
Me explico: dice el subtítulo que
“será la primera vez que españoles víctimas de atentados en el extranjero
reciban ayuda”. Falso, rotundamente falso. He preparado (y de hecho todavía
estoy con algunos pendientes) muchos expedientes de víctimas que han sufrido su
atentado en el extranjero y son muchas las víctimas que han recibido las
indemnizaciones correspondientes. De hecho y para no fiarme de mi memoria, en
el día de hoy he hablado con varias de ellas y todas me han confirmado tal
situación. No aportaré datos personales de las víctimas en cuestión pero no hay
mas que revisar los atentados en el extranjero con víctimas españolas desde
2003 para hacerse una idea de cuántas pueden estar en esta tesitura.
De hecho, tengo el contacto con
una familia afectada por un atentado en la década de los 1990 (sí, el siglo
pasado) para conocer la realidad los trámites que entonces se siguieron. Lo que
voy viendo, no me gusta nada pero no hay ninguna administración interesada en
conocer y ayudar en lo que esa familia pueda necesitar.
Otro tema: Dice la noticia que “desde
el atentado de Yemen en 2007 en el que fallecieron ocho turistas españoles, ningún
civil nacional había perdido la vida fuera de las fronteras nacionales como
consecuencia de un acto terrorista”. Otro error de bulto, que muestra el
desconocimiento de quien redacta la noticia. Por lo que parece, no recuerdan el
atentado de junio de 2011 en Kabul, en el que resultó asesinado un piloto de
aviación español que se encontraba en el mostrador del hotel. Se llamaba
Antonio Planas y dejó viuda y una hija de muy corta edad.
Para terminar... dice que “la
familia de Antonio Cirera y Dolors Sánchez,
el matrimonio catalán fallecido en el ataque al Museo Nacional del Bardo de Túnez, será la primera en ser
indemnizada en aplicación de la ley”... eso es verdad en cierto modo, porque la
legislación se aprobó en el BOE del miércoles 18 de septiembre de 2013. Pero lo
que no aparece en la noticia de un diario que dice dedicarse a la “investigación”
es información relacionada con la extraña decisión de los políticos de que la
vida de un ciudadano español fuera de España (siento la expresión, pero es la
que utilizan) “no se valore” del mismo modo que la vida de un español en
España. Comparada con una víctima española o extranjera en España, una víctima
española en el extranjero es valorada al 50 o al 40 por ciento dependiendo de
si trabajaba en el país extranjero o se encontraba en periodo de ocio o de
turismo.
Cuando hay políticos que se
dedican a repartir y exigir “españolidad” a cualquier ciudadano, esta situación
se me antoja, cuanto menos, anómala por no decir directamente ruin. Por ello,
porque el tiempo da la oportunidad de explicar todo con datos y señales y pone
a cada uno en su sitio, es un placer explicar ahora que en octubre de 2010,
mientas era coordinador del SIOVT del Departament de Justicia, tuve la ocasión
de exigir la “equiparación absoluta” de las indemnizaciones por muerte o por los
tres grados de incapacidad permanente en la Comisión de Interior del Congreso de los
Diputados, justo cuando empezaban a preparar la nueva legislación. Solo recibí
el apoyo de la Asociación
“11M Afectados por Terrorismo”. El resto de asociaciones y fundaciones no
ofrecieron opinión alguna mientras defendía la equiparación y la igualación de
la vida o las secuelas incapacitantes de un ciudadano español dentro o fuera de
“territorio nacional” a causa de atentado terrorista
Por eso, tres años después de
aquel octubre de 2010, se aprobó una legislación que para mi, sinceramente, aún
hoy puede ser motivo de anticonstitucionalidad, porque presenta y permite
diferencias al valorar la vida de un ciudadano español dependiendo del lugar
donde sea víctima de un atentado terrorista.
Y si no, que esos políticos
responsables de la aprobación de esa legislación de 2013 se lo pregunten a las
víctimas y familiares de los españoles asesinados o heridos en atentados en
Casablanca, Bombay, Yemen, Londres, Afganistán, Egipto... Dudo que tengan la
valentía de descolgar el teléfono y preguntarles la opinión al respecto. Lo de
la visita personal ya ni me lo planteo.
Ah, son las 18:30 de la tarde del
viernes 20 de marzo… justo cuatro horas después de haber estado en la redacción
de El Mundo en Barcelona para explicarles lo que acabáis de leer. Los responsables
estaban comiendo y todavía no me han llamado para contrastar la información.
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